VERGARA/ROENSA S.A
Rol
O-7664-2021
Fecha
27 de mayo de 2022
Materia
Cotizaciones de Salud, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, comparece MARCELA DE LOURDES VERGARA BARRIA, secretaria, domiciliada para estos efectos en Catedral 1233, oficina 404, Santiago, e interpone demanda en procedimiento de Aplicación General por cobro de prestaciones e incrementos y recargos legales más intereses, reajustes y costas, en contra de la empresa ROENSA S.A. RUT: 96.656.480-6, legalmente representada por doña ROSA CATALINA SAUMA SANTIS, 6.976.407-K, desconoce otros antecedentes, ambas domiciliadas en Rio Palena N° 9668, Pudahuel. Expone que ingresó a prestar servicios para la demandada, bajo el vínculo de subordinación y dependencia con fecha 19/03/2013, mediante contrato debidamente escriturado. En dicho contrato se estableció que el mismo tendría una duración de 3 meses. Sin embargo, adquirió en carácter de indefinido, con el correr del tiempo. Las funciones que desempeñó para la empleadora fueron las de secretaria. Atendida la situación sanitaria que afecta el país, con fecha 5 de abril del año 2021, con el empleador suscribieron un pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo. Se estableció inicialmente que este pacto se extendería entre el 5 de abril de 2021, hasta el 6 de Junio de 2021, ambos días inclusivos. Posterior a la suscripción de ese pacto, con fecha 22 de junio 2021 suscribieron entre las partes un nuevo pacto, esta vez de “suspensión temporal de los efectos del contrato”. Sus efectos se extendieron desde el 22 de junio de 2021, hasta el 30 de Septiembre de 2021. Habiendo llegado a su término ambos pactos celebrados con el ex empleador, no se incorporé inmediatamente a funciones, debido a que fruto de ciertas dolencias de salud, se encontraba con licencia médica, y regresó a trabajar el día Viernes 22 de Octubre de 2021. El día Lunes 25 de Octubre de 2021, fue despedida en horas de la mañana. Durante el periodo de reducción de jornada y suspensión de la relación laboral, el pago de la AFC y las cotizaciones previsionales le fueron descontadas todos los mes
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 7°, 41, 63, 73 162, 163, 168, 173, 453, 454, y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda, declarándose injustificado el despido de la actora, condenándose a la demandada al pago de: a) $898.715 por indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $7.189.720 por indemnización por 8 años de servicios. c) $2.156.916 por recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio. d) $1.081.448 por feriado. II.- Que los montos precedentemente señalados se deberán pagar más los reajustes e intereses legales que correspondan, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según sea el caso. IV. Que, resultando el demandado completamente vencido, se lo condena en costas, las que se regulan en $1.000.000 (un millón de pesos) Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT : O-7664-2021 RUC : 21- 4-0375805-9 Pronunciada por doña ANDREA LEONOR SILVA AHUMADA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veintisiete de mayo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veintidós. VISTOS: PRIMERO: Que, comparece MARCELA DE LOURDES VERGARA BARRIA, secretaria, domiciliada para estos efectos en Catedral 1233, oficina 404, Santiago, e interpone demanda en procedimiento de Aplicación General por cobro de prestaciones e incrementos y recargos legales más intereses, reajustes y costas
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