MP C/ ELIZABETH ANDREA SUÁREZ RIVEROS
Rol
O-1251-2022
Fecha
9 de mayo de 2024
Materia
POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Que el día 09 de junio de 2022, alrededor de las 17:45 horas, bajo el contexto de una orden de entrada y registro en el domicilio ubicado en Raúl Fuica N° 4564, Población La Victoria, comuna de Pedro Aguirre Cerda, el imputado JAVIER MAURICIO AGUIRRE SUÁREZ fue sorprendido guardando y manteniendo en su poder, sin autorización competente, las siguientes especies: 01 bolsa tipo ziploc, contenedora de 307,12 gramos bruto de marihuana; 01 bolso contenedor, a su vez, de 35 bolsas pequeñas, tipo ziploc, contenedoras de un total de 22,46 gramos bruto de marihuana; 01 bolsa pequeña plástica contenedora de 1,11 gramos bruto de ketamina; además de 01 pistola de fogueo modificada, marca Ceonic, modelo ISSC M22, adaptada para percutir municiones convencionales, calibre 9. Santiago, nueve de mayo de dos mil veinticuatro.- Vistos, oídos los intervinientes y teniendo presente: Lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11, 14, 15, 30, 31 del Código Penal, Ley 20.000, Ley 19.970, Ley 17.798 se declara: l.- Que se condena a JAVIER MAURICIO AGUIRRE SUÁREZ, ya individualizado, como autor del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, previsto y sancionado en el Código: XXSCXNJEQQL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl artículo 3 en relación al artículo 1° de la Ley N° 20.000, cometido el día 09 de junio de 2022 en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y multa de tres unidades tributarias mensuales. II.- Que se condena a JAVIER MAURICIO AGUIRRE SUÁREZ, ya individualizado, como autor del delito de TENENCIA DE ARMA PROHIBIDA, previsto y sancionado en el artículo 13 en relación con art. 3° Ley N° 17.798, cometido el día 09 de junio de 2022 en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a la acc
Fallo
se declara: l.- Que se condena a JAVIER MAURICIO AGUIRRE SUÁREZ, ya individualizado, como autor del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, previsto y sancionado en el Código: XXSCXNJEQQL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl artículo 3 en relación al artículo 1° de la Ley N° 20.000, cometido el día 09 de junio de 2022 en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y multa de tres unidades tributarias mensuales. II.- Que se condena a JAVIER MAURICIO AGUIRRE SUÁREZ, ya individualizado, como autor del delito de TENENCIA DE ARMA PROHIBIDA, previsto y sancionado en el artículo 13 en relación con art. 3° Ley N° 17.798, cometido el día 09 de junio de 2022 en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, comiso del arma para posterior destrucción. III.- Ambas penas corporales deberán cumplirse de manera real y efectiva, y de forma sucesiva y sin solución de continuidad, sirviéndole de abono el tiempo que el condenado estuvo privado de libertad por esta causa, esto es desde el 09 de junio de 2022 hasta la fecha. IV.- Para el pago de la multa impuesta se le conceden 10 parcialidades mensuales, iguales y sucesivas,
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RUC : 2200062523-3 RIT : 1251 - 2022 MAGISTRADO : ANGÉLICA MARÍA PALACIOS RIOSECO NOMBRE IMPUTADO : JAVIER MAURICIO AGUIRRE SUÁREZ CEDULA DE IDENTIDAD : 0019188362-4 DOMICILIO : Calle RAUL FUICA Nº 4564, comuna de Pedro Aguirre Cerda. FISCAL : FRANCISCO CARRASCO JARA DEFENSOR PRIVADO : SANTIAGO BARRA ROJAS TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : nueve de mayo de dos mi
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