1º Juzgado de Letras de Santa Cruz

LIRA/MUÑOZ

Rol

M-6-2022

Fecha

27 de mayo de 2022

Materia

Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS DEMANDA X · CONTESTA DEMANDA X · CONCILIACION X · HECHOS PACÍFICOS X · HECHOS A PROBAR X · INCORPORA PRUEBA DEMANDANTE Documental Exhibición de documentos Confesional Testimonial X · INCORPORA PRUEBA DEMANDADA X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X “La Presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario encargado de acta, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertido por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 61 y 62 del Acta 71-2016, del Auto Acordado que regula el funcionamiento de Tribunales que tramitan electrónicamente”. Atendida la vigencia de la Alerta Sanitaria que afecta el normal funcionamiento del Tribunal, a raíz de la enfermedad denominada COVID-19, decretada por Decreto Supremo N° 4 de 05 de febrero del año 2020, prorrogado por el Decreto Supremo N° 24 de 18 de junio del año 2021, N° 39 de 15 de septiembre del año 2021 y N° 52 de 16 de diciembre del año 2021, todos del Ministerio de Salud, y lo dispuesto en la ley 21.379 que modifica y complementa la ley 21.226, se celebra la presente audiencia en forma virtual, mediante la plataforma Zoom.- I.- INICIO DE LA AUDIENCIA: Siendo las 11:30 horas, se da inicio a la audiencia única decretada en autos, asistiendo la demandante debidamente representada por su abogado don ROBERTO MUJICA RAMÍREZ y la parte demandada representada por su abogado don JUAN CARLOS HERRERA ADASME.- II.- RELACIÓN SOMERA DE LA DEMANDA Traslado, la parte demandada que contesta en audiencia de forma verbal. III.- CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a Conciliación, el Tribunal propone como base la suma de $600.000 que comprende la indemnización sustitutiva de aviso previo, feriado proporcional y cotizaciones previsionales. Atendida la negativa de la parte demand

Fundamentos

CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: -Los registros de la fundamentación han quedado vertidos en los registros de audios correspondientes.- Atendido lo expuesto, las prestaciones solicitadas y lo actuado en sede administrativa según acta de fecha 21 de enero 2022 y teniendo presente los artículos 7, 9, 162, 168, 172, 425 y siguientes, 446 y siguientes, 453, 454, 456, 458, 459, artículo 144 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se resuelve: 1.- Ha lugar a la demanda en Procedimiento Monitorio por Despido injustificado, Nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, interpuesta con fecha 30 de marzo 2022, por Marjorie Andrea Lira Moreno, RUN N° 19.222.298-2, domiciliada en Avenida Millahue de Apalta, Pasaje Roberto Contreras sin número, comuna de Santa Cruz, en contra de su ex– empleadora Lorena del Pilar Muñoz Gaete, RUN N° 15.114.298-2, con domicilio en Rafael Casanova N° 487, comuna de Santa Cruz y declarándose en consecuencia.- I.- Que respecto del despido ocurrido el 03 de enero del 2021 como injustificado al tenor de lo dispuesto en el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo, al no haberse invocado causa legal alguna para poner término a la relación laboral. Que se declara que existió relación laboral entre la trabajadora Marjorie Andrea Lira Moreno y la empleadora Lorena del Pilar Muñoz Gaete entre el 27 de agosto del 2021 al 31 de diciembre del 2021. Que se declara la nulidad del despido por el no pago de cotizaciones previsionales por todo el tiempo en que duró la relación laboral. II.- Que la demandada deberá pagar como indemnización sustitutiva de aviso previo la suma de $519.061.- Que la demandada deberá pagar a la actora el feriado proporcional adeudado correspondiente al período trabajado entre el 27 de agosto del 2021 al 31 de diciembre del 2021, por la suma de $70.000. Las remuneraciones devengadas desde la fecha del despido 03 de enero del 2022 hasta

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA FECHA viernes, 27 de mayo de 2022 RUC 22-4-0393486-4 RIT M-6-2022 CARATULADO LIRA/MUÑOZ MAGISTRADO JULIO CACERES NICOLAY ADMINISTRATIVO DE ACTAS EDGARDO VÁSQUEZ GONZÁLEZ Nº REGISTRO DE AUDIO 22-4-0393486-4-0117 DEMANDANTE -NO COMPARECE- MARJORIE ANDREA LIRA MORENO ABOGADO ROBERTO ANDRÉS MUJICA RAMÍREZ FORMA DE NOTIFICACION rmujica.abogado@gmail.com DEMANDADA

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