Juzgado de Garantía de Loncoche.

MINISTERIO PUBLICO C/ GABRIEL ALEJANDRO CEVALLOS URIBE

Rol

O-1117-2023

Fecha

7 de mayo de 2024

Materia

AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos establecidos: Se tuvo por acreditado que, don Gabriel Alejandro Cevallos Uribe, cédula nacional de identidad Nº 20.3 6.17 -K, domiciliado en calle Los Hualos Nº 2013, Brisas de Guacamayo, comuna de Valdivia, 2 años, cesante, chileno, soltero. Incurrió en los siguientes hechos: Con fecha 30 de diciembre del 2023, alrededor de las 01:50 horas, los acusados Gabriel Ceballos Uribe y Raúl Galdames Hermosilla, concurrieron hasta el domicilio ubicado en calle San Martín Nº 0330 de la comuna de Loncoche, de propiedad de la víctima Belén García González, al llegar a dicho domicilio se dirigieron hacia una dependencia que se ocupa de cocina, que se mantenía sin seguro, lugar desde donde sustraen un cilindro de gas marca Abastible, de color naranjo de 5 kilos, avaluado en la suma de $32.000 mil pesos, para luego darse a la fuga del lugar con la especie en su poder. El rápido aviso a personal policial permitió que fueran detenidos a pocos metros del lugar los acusados, encontrando la especie sustraída en las cercanías de su detención. Así las cosas don Gabriel Ceballos Uribe, fue detenido en calle Bulnes N° 37 por carabineros, y cuando es detenido, procede a amenazar a personal de carabineros indicándoles: ustedes son de aquí, donde te pille te voy a cagar paco concha de tu madre, y te voy a cagar donde te pille. Parte resolutiva: Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 3, 7, 11 Nº , 15, 21, 30, , 50, 5 , 61, 62, 67, 6 , 70, 6 Nº 3 y bis del código penal; artículos 5, 2 5, 2 7, 3 0, 3 2, 3 3, 3 , 06, 3 y siguientes del código procesal penal, se resuelve: I.- Que se condena a don Gabriel Alejandro Cevallos Uribe, cédula nacional de identidad Nº 20.3 6.17 -K, ya individualizado, como autor, en grado de consumado, del delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 6 Nº 3 del código penal, hecho cometido el día 30 de diciembre de 2023 en la comuna de Loncoche, a las penas de: cuarenta y un días, de prisión en su gr

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 3, 7, 11 Nº , 15, 21, 30, , 50, 5 , 61, 62, 67, 6 , 70, 6 Nº 3 y bis del código penal; artículos 5, 2 5, 2 7, 3 0, 3 2, 3 3, 3 , 06, 3 y siguientes del código procesal penal, se resuelve: I.- Que se condena a don Gabriel Alejandro Cevallos Uribe, cédula nacional de identidad Nº 20.3 6.17 -K, ya individualizado, como autor, en grado de consumado, del delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 6 Nº 3 del código penal, hecho cometido el día 30 de diciembre de 2023 en la comuna de Loncoche, a las penas de: cuarenta y un días, de prisión en su grado máximo, multa ascendente a un tercio de unidad tributaria mensual a beneficio fiscal y, la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que se condena a don Gabriel Alejandro Cevallos Uribe, cédula nacional de identidad Nº 20.3 6.17 -K, ya individualizado, como autor, en grado de consumado, de dos delitos de amenazas a carabineros, previstos y sancionados en el artículo 17 del código de justicia militar, hecho cometido el día 30 de diciembre del año 2023, en la comuna de Loncoche, a dos penas de cuarenta y un días, de prisión en su grado máximo, cada una de Código: BWCNXNXMTZK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ellas, y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas. III.- En cuanto al

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Loncoche, siete de mayo de dos mil veinticuatro. Conforme al artículo 62, inciso 3º, del Acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. Los hechos establecidos: Se tuvo por acreditado que, don Gabriel Alejandro Cevallos Uribe, cédula nacional de identidad Nº 20.3 6.17 -K, domiciliado en calle Los Hualos Nº 2013, Brisas de Guacama

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