Juzgado de Letras y Garantía de Pucon.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ ÍTALO ADRIÁN ABARCA RIQUELME

Rol

O-2432-2023

Fecha

8 de mayo de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: OIDOS LOS INTERVINIENTES Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, JORGE CALDERARA GONZALEZ , Abogado, Fiscal del Ministerio Público de Pucón, domiciliado en Ansorena N° 260, Pucón, en Proceso Rol Único de Causa Nº 2301244454-0, RIT Nº 2432 - 2023, sobre el delito de ROBO CON INTIMIDACIÓN Y OTRO, en representación del Ministerio Público formuló de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 407 del Código Procesal Penal acusación, en contra del imputado ÍTALO ADRIÁN ABARCA RIQUELME, cédula nacional de identidad N° 0018673207-3, domiciliado en CALLE RIO CORRENTOSO 15, de la comuna de PUCÓN, forma legal de notificación CÉDULA; LEONARDO ANDRÉS SÁEZ BARRÍA, cédula nacional de identidad N° 0020711256-9, domiciliado en CALLE RAMON GUIÑEZ S/N, de la comuna de PUCÓN, forma legal de notificación ARTÍCULO 29 POR ENCONTRARSE PRIVADO DE LIBERTAD POR ESTA CAUSA legalmente representado por los defensores penales privados don ALEJANDRO COX BETANCOURT y JORGE BELTRÁN MUÑOZ , en los siguientes términos: HECHOS El día 04 de noviembre de 2023 en horas de la noche, el imputado ITALO ABARCA RIQUELME concurrió hasta el supermercado LIDER ubicado en calle O’Higgins Nº 964 y desde el interior procedió a sustraer un empaque de carne y botella de Ron, avaluadas en la suma de $47.280 de Pucón, dirigiéndose hasta la línea de cajas, traspasándolas sin pagar el valor de ls especies, siendo detenido por guardias de seguridad y entregado a Carabineros. El día 14 de noviembre de 2023 cerca de las 23:45 horas, previamente concertados, los imputados ITALO ABARCA RIQUELME y LEONARDO SAEZ BARRIA, concurrieron hasta el servicentro COPEC ubicado en calle Fresia Nº 547 de Pucón, y una vez allí ambos imputados ingresaron hasta la tienda Punto Copec, donde se encontraba la víctima de iniciales TBMA, vendedora de dicho lugar, junto con la segunda víctima de iniciales BIOP quien era atendedor del recinto. Ya en el interior de la tienda, el imputado ITALO ABARCA se acercó a la vendedora de la tienda y mientras le señaló en forma amenazante “señorita la voy a asaltar” tomándola de la cintura y empujándola hacia donde Código: BWNXXNQXKZK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl se encontraba la caja y ante la negativa de la víctima abriera la caja, le volvió a señalar “abre la caja y a ti no te va a pasar nada” logrando que la víctima abriera la caja aprovechando ese momento el imputado ITALO ABARCA para sustraer la suma de $62.300 y una cajetilla de marca Pall Mall. Mientras esto ocurría el imputado LEONARDO SAEZ BARRIA siguiendo las instrucciones del coimputado, se acercó a la víctima de iniciales BIOP que se encontraba en el lugar, empujándolo, señalándole en todo momento “no te muevas o te disparo” manteniendo el imputado una de sus manos en el bolsillo de parca, aparentando tener un arma. Luego de lo anterior, y con las especies en su poder, ambos imputados se dan a la fuga en dirección desconocida. CALIFICACION JURIDICA, GRADO DE DESARROLLO Y PARTICIPACIÓN HURTO SIMPL

Fallo

se resuelve: I.- Que se condena a ÍTALO ADRIÁN ABARCA RIQUELME ya individualizado, como autor del delito de ROBO CON INTIMIDACIÓN , perpetrado en esta jurisdicción, el día 14 de noviembre de 2023, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, y la inclusión de su huella genética en el registro nacional que para estos efectos mantiene el Servicio de Registro Civil e Identificación. II.- Que se condena a ÍTALO ADRIÁN ABARCA RIQUELME ya individualizado, como autor del delito de HURTO SIMPLE DEL ARTICULO 446 N° 3 DEL CÓDIGO PENAL , perpetrado en esta jurisdicción, el día 04 de noviembre de 2023, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión cargos y oficios públicos durante el lapso de la condena, multa de CINCO unidades tributarias mensuales. III- Que, cumpliéndose, a juicio de este Juez, con los requisitos del artículo 14 y siguientes de la ley 18.216, se le concede POR LAS PENAS IMPUESTAS la pena sustituta de libertad vigilada intensiva con un periodo de observación DE MIL DIAS atendido el tiempo que permaneció privado de libertad por esta causa, descontando el tiempo que se utilizará en el acápite siguiente, quedando sometido a las obligaciones del artículo 17 de esa ley, en sus letras b y c, a fin de que cumpla conforme lo dispone el artículo 1

Texto Completo (Preview)

RUC : 2301244454-0 RIT : 2432 - 2023 MATERIA : ROBO CON INTIMIDACIÓN Y OTRO. IMPUTADO : ÍTALO ADRIÁN ABARCA RIQUELME Y OTRO RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : ABREVIADO Pucón, ocho de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que, JORGE CALDERARA GONZALEZ , Abogado, Fiscal del Ministerio Público de Pucón, domiciliado en Ansorena N° 260,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica