12º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ RENÉ FERNANDO MOYA GUAITIAO

Rol

O-2990-2023

Fecha

8 de mayo de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Hechos: “El día 24 de Agosto de 2023, alrededor de las 03:35 horas, en circunstancias que personal policial se movilizaba por la intersección de las calles Tacora con caletera de Américo Vespucio, comuna de La Granja, se percatan de un vehículo que transitaba a exceso de velocidad perdiendo el control y colisionando las vallas peatonales, ante lo cual fiscalizaron al tipo furgón, marca Citroën, modelo Berlingo, placa patente única WJ-6386 conducido por el imputado RENE FERNANDO MOYA HUATIAO quien lo hacía en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir, constatando dicha situación ya que el imputado, ya individualizado, mantenía un fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, por lo que se le practicó el examen de alcoholemia pertinente, el cual arrojó un resultado de 1.30 gr/mil de alcohol en la sangre.” Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7,11N°9, 15 N°1, 67, y siguientes del Código Penal; artículos 297 al 340 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216; Ley 18.290 se declara: I.- Que, se acoge el requerimiento formulado por el Ministerio Público y en consecuencia SE CONDENA a RENÉ FERNANDO MOYA GUAITIAO, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, al pago de una multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a Código: YMTPXNLEHXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la prohibición de obtención de licencia de conducir por el término de dos años, por la responsabilidad que le cabe en calidad de autor de un delito de MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS, hecho acontecido en territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 24 de Agosto de 2023.- II.-Que, la pena de multa se dar

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7,11N°9, 15 N°1, 67, y siguientes del Código Penal; artículos 297 al 340 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216; Ley 18.290 se declara: I.- Que, se acoge el requerimiento formulado por el Ministerio Público y en consecuencia SE CONDENA a RENÉ FERNANDO MOYA GUAITIAO, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, al pago de una multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a Código: YMTPXNLEHXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la prohibición de obtención de licencia de conducir por el término de dos años, por la responsabilidad que le cabe en calidad de autor de un delito de MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS, hecho acontecido en territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 24 de Agosto de 2023.- II.-Que, la pena de multa se dará por cumplida con el mayor término que este imputado permaneció ininterrumpidamente privado de libertad en razón de esta causa, es decir, entre del monto del accidente día el 24 de agosto de 2023 y su posterior control de detención, dandose por cumplida la multa. III.- Que reuniéndose respecto del sentenciado los presupuestos del artículo 1 y 4 de la Ley 18.216, se le sustituirá la pena privativa de libertad p

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RESUMEN RIT : 2990 - 2023 RUC : 2300915883-9 MATERIA : MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS IMPUTADO : RENÉ FERNANDO MOYA GUAITIAO C.I. N° : 14.180.211-9 DOMICILIO : CALLE 3 NORTE Nº 0933, LA GRANJA FISCAL : LUIS BARRAZA ALARCON DEFENSOR : BARBARA CHANDIA BENAVIDES ATENUANTES : ARTÍCULO 11 N°9 DEL CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : NO CONCURREN RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO Santiago

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