VIVANCO/SAUL
Rol
M-757-2022
Fecha
26 de mayo de 2022
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DE PRUEBAS X · INCORPORA PRUEBA DEMANDANTE X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓ DE SENTENCIA X · MEDIDA CAUTELAR X Llamado a conciliación: Este Tribunal realiza el correspondiente llamado a conciliación el cual queda frustrado, debido a la incomparecencia de las demandadas. Lo anterior consta en el correspondiente registro de audio. Los hechos a probar son los siguientes: 1. Efectividad de haber prestado servicios la demandante para la demandada de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7° del Código del Trabajo, fecha de inicio de los mismos 2. En su caso, remuneración pactada, rubros que la componían, monto percibido. 3. Forma y circunstancia en la cual se produce el término de los servicios. Formalidades. 4. Efectividad de adeudarse a la actora las siguientes prestaciones: a. Cotizaciones previsionales. b. Remuneración pendiente del mes de enero de 2022 (26 días). c. Licencia médica correspondiente al periodo de 26 de enero al 1 de febrero de 2022. d. Remuneración de un día del mes de febrero de 2022. e. Pago de evento realizado en el mes de enero de 2022. f. Pago del 1° de enero del 2022. g. Feriado proporcional. Medios de Prueba: La parte DEMANDANTE ofrece: Documental: 1. Impresión de Captura de Pantalla de Uniforme de Trabajo, de fecha 23 de diciembre de 2021. 2. Impresión de Captura de Pantalla, de fecha 23 de diciembre de 2021. 3. Acta de Actuación Remota de Conciliación, de fecha 01 de abril de 2022. 4. Certificado de Cotizaciones, emitido por FONASA, de fecha 23 de mayo de 2022. 5. Cartola Histórica, emitida por Banco Estado, correspondiente a don Mirko Ignacio Vivanco Garcia. 6. Copia de Chat de WhatsApp, con don Gonzalo Vidal. 7. Resultado examen PCR, emitido por VidaIntegra, de fecha 26 de enero de 2022. Confesional: · Se citó absolver posiciones a Alberto Javier Saúl Navarro, cédula nacional de identidad Nº 14.606.505-8, por sí, y en rep
Fundamentos
fundamentos constan en el correspondiente registro de audio. El Tribunal de oficio decreta: SENTENCIA En Santiago a veinticinco de mayo de dos mil veintidós Vistos, oídos y considerando Conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la E. Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Resolutivo
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 a 11, 21, 22, 35, 41, 42, 44, 54 a 58, 67, 71, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo; se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por doña VANESSA CRISTINA VIVANCO GARCÍA Rut: 21.411.978-1, en contra de sus ex empleadores INVERSIONES JACARANDA SPA. Rut: 77.119.577-6 y don ALBERTO JAVIER SAUL NAVARRO Rut: 14.606.505-8, ambos como co empleadores, declarando nulo e injustificado el despido del que fue objeto con fecha 02 de febrero del 2022 y, por tanto, se ordena el pago de las siguientes prestaciones: a. Indemnización sustitutiva de falta del aviso previo por la suma de $480.000. b. Remuneración correspondiente a los días de enero d 2022 $416.000. c. Licencia médica correspondiente al 26 de enero al 01 de febrero $96.000. d. Concepto de remuneración correspondiente a un día en el mes de febrero de 2022 $16.000. e. Pago de evento realizado en el mes de enero d 2022 150.000. f. Pago del día 01 de enero de 2022 $48.000. g. Feriado proporción 1.54 días $24.640. h. Además deberá enterar las cotizaciones en Fonasa desde el 23 de diciembre de 2021 al 02 de febrero de 2022 en base a una remuneración de $480.000. i. Las remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido, esto es, desde el 02 de febrero de 2022 hasta la fecha de su convalidación en razón de una remuneración de $480.000. II.- Que las cantidades ordenadas pagar deberán serlo
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ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 25 DE MAYO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO LUGAR SANTIAGO RUC 22- 4-0396057-1 RIT M-757-2022 SALA 10 MAGISTRADO CAROLINA LUENGO PORTILA ADMINISTRATIVO DE ACTAS SERGIO MARTINEZ TOLEDO HORA DE INICIO 10:42 HORA DE TERMINO 11:14 Nº REGISTRO DE AUDIO 2240396057-1-1349-220525-00 PARTE DEMANDANTE V
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