MP C/ BALTAZAR NABIH MORALES ALARCÓN
Rol
O-5977-2023
Fecha
7 de mayo de 2024
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por el Fiscal don Jorge Mandiola De La Fuente, domiciliado en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 2300948731-K, RIT 5977 - 2023, ha requerido en procedimiento simplificado a Baltazar Nabih Morales Alarcón, RUN 21.840.039-6, 19 años, trabaja en mecánica, domiciliado en calle O’higgins 1730, Lautaro, representado por abogado defensor penal don Enoc Sáez Salazar, con domicilio en calle Portales N° 361, Temuco. 2° Que con el mérito probatorio de los antecedentes que fundamentan la acción Fiscal, en especial, Parte policial, declaraciones de testigos, actas de rigor, entre otros antecedentes, a los que se suma la admisión de responsabilidad en los hechos por parte del imputado, el tribunal tiene por establecidos los hechos del requerimiento, esto es que el día 31 de agosto de 2023, alrededor de las 15:55 horas, ingresó a la tienda Corona, ubicada en calle Manuel Montt N°658 de la ciudad de Temuco, donde con ánimo de lucro, sustrajo las siguientes especies: un pantalón jeans marca Scanning, dos pantalones jeans marca Straight College y un pantalón Jean Skin Color. Especies que fueron avaladas en la suma total de $106.689 (ciento seis mil seiscientos ochenta y nueve pesos), para luego traspasar caja recaudadora y panel de seguridad sin pagar su valor. Que, según indica el Ministerio Público, a lo que está el tribunal atendida la naturaleza del procedimiento, estos hechos constituyen un hurto tentado, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en el que corresponde a la persona requerida Baltazar Nabih Morales Alarcón participación en calidad de autor. 3° Que se considera favorece al requerido la circunstancia atenuante del número 9 del artículo 11 del Código Penal, por admitir responsabilidad, y le favorece también la atenuante del artículo 11 N° 6 del mismo cuerpo legal, por no registrar condenas previas, por lo que se aplica la sanción privativa de libertad
Fallo
se declara: I.- Que se condena a Baltazar Nabih Morales Alarcón, RUN 21.840.039-6, a una pena de un día de prisión en su grado mínimo y multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual, por la calidad de autor que le corresponde en un hurto tentado en perjuicio de tienda Corona, cometido en Temuco el día 31 de agosto de 2023. II.- Que no se condena en costas a la persona sentenciada por haber admitido responsabilidad, lo que permitió dictar sentencia de inmediato, evitando la realización de un juicio oral, con el consiguiente ahorro de recursos para el Estado. III.- Que tanto la pena privativa de libertad como la de multa impuestas a la persona sentenciada se le tienen por cumplidas con el tiempo que estuvo detenida con motivo del procedimiento de rigor y control de detención, los días 31 de agosto y uno de septiembre de 2023. Quedan notificados personalmente los intervinientes y, en especial, la persona sentenciada. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. El Servicio de Registro Civil tendrá presente lo dispuesto en el artículo 38 de la ley 18.216. Sirva la presente sentencia de suficiente oficio. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RUC 2300948731-K, RIT 5977 - 2023 Dictada por don Luis Alberto Olivares Apablaza, Juez Titular, Juzgado de Garantía de Temuco. Código: XJLGXNDHZXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XJLGXNDHZXJ Este documento t
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Temuco, siete de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por el Fiscal don Jorge Mandiola De La Fuente, domiciliado en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 2300948731-K, RIT 5977 - 2023, ha requerido en procedimiento simplificado a Baltazar Nabih Morales Alarcón, RUN 21.840.039-6, 19 años, trabaja en mecánica, domicil
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