MP C/ ROLANDO FABIÁN ARIAS VERA
Rol
O-2781-2023
Fecha
6 de mayo de 2024
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Teniendo presente los siguientes hechos: “El día 27 de mayo del año 2023, alrededor de las 19:50 hrs, en circunstancias que la víctima Alex Huinao Flores, mantenía estacionada su camioneta marca Nissan, modelo D-21, PPU. YG.3080, en la via pública de calle Iquique número 775, sector Rahue Bajo, de la comuna de Osorno, el acusado ROLANDO FABIÁN ARIAS VERA, con el objeto de robar especies, procedió a quebrar el vidrio trasero del costado izquierdo de la camioneta desde donde sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño una caja con un serrucho eléctrico en su interior, además se apropió de una escalera metálica que se encontraba en el Pick Up de dicha camioneta, huyendo con las referidas especies, siendo posteriormente detenido por personal de carabineros. Especie avaluada en 1.500.000 (Un millón quinientos mil pesos)”. Y
Fundamentos
considerando además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 30, 50, 52 y 443 del Código Penal; 342, 388, 393, 394, 395 del Código Procesal Penal;
Fallo
se declara: I. Que, se condena a ROLANDO FABIÁN ARIAS VERA, cédula de identidad Nº 20800218-K, se ignora ocupación, domiciliado en Osorno, calle Punta Tajamar Nº 3146; como autor en el delito de robo de cosas que se encuentran en bien nacional de uso público, consumado, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal; cometido en esta comuna, en perjuicio de Alex Huinao Flores, el 27 de mayo de 2023, a las penas siguientes: Una pena de DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE DÍAS de presidio menor en su grado Código: JCWHXNGXVXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mínimo; y a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que, no concurriendo los requisitos de los artículos 4º, 8º, 11°, 15º o 15° bis de la Ley 18.216, no se le concede al condenado, sustitutiva alguna de dicho cuerpo legal, por lo que deberá cumplir efectivamente con la pena privativa de libertad impuesta, una vez que se presente o sea habido, en el recinto penitenciario que disponga Gendarmería de Chile, CCP Osorno. Tiene como abono los días que corren, ininterrumpidamente, entre el 27 de mayo al 15 de julio, ambas fechas de 2023 e inclusive. III. PROCÉDASE, atendida la naturaleza del ilícito por el que ha resultado condenado el imputado, al registro de su huella genética, de acuerdo a lo preceptuado en la Ley N°19.970 y su reglamento, una vez ejecutoriado el
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RUC 2300577285-0 RIT 2781-2023 DELITO Robo bien nacional uso público NOMBRE DEL IMPUTADO ROLANDO FABIÁN ARIAS VERA PROCEDIMIENTO Simplificado. OSORNO, seis de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Teniendo presente los siguientes hechos: “El día 27 de mayo del año 2023, alrededor de las
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