1º Juzgado de Letras de la Serena

PÉREZ/

Rol

V-156-2020

Fecha

17 de marzo de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

FOJA: 15 .-quince.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-156-2020 CARATULADO : P REZ/É La Serena, diecisiete de marzo de dos mil veintiuno. V I S T O S: 1º.- Que con fecha 28 de agosto de 2.020, don BENJAMIN PÉREZ ARRIETA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 13.882.943-K, domiciliado en Av. Vitacura N° 2939, piso 8, comuna de Las Condes, Santiago, solicitó la concesión de exploración denominada “PED 17A”, con una superficie total de 300 hectáreas. 2°.- Que con fecha 14 de septiembre de 2020, se inscribió el pedimento a fojas 537, Nº 230, Repertorio fojas 165 N° 834 del Registro de Descubrimientos de Minas de La Serena, año 2020. 3º.- Que con fecha 28 de septiembre de 2020, se publicó el pedimento en el Diario Oficial, Boletín Oficial de Minería. 4°.- Que con fecha 27 de noviembre de 2020, el peticionario solicitó que se dictara sentencia constitutiva en estos autos, indicando que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices de la concesión de exploración son las siguientes: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) P.M. 6.735.500,00 331.000,00 V1 6.737.000,00 330.500,00 V2 6.737.000,00 331.500,00 V3 6.734.000,00 331.500,00 V4 6.734.000,00 330.500,00 5°.- Que mediante ORD Nº 0658, de fecha 09 de marzo de 2021, el Servicio Nacional de Geología y Minería, informó que los aspectos técnicos relacionados con la Solicitud y Plano del referido 1 pedimento, se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes y la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de dicho pedimento, se ajustan a la ley y está comprendida dentro del terreno pedido.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que no existen ilegalidades o faltas sobre las que este Tribunal debe pronunciarse, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Código de Minería. SEGUNDO: Que no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento ni en caducidades que lo anulen. TERCERO: Que se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidas en tiempo y forma. CUARTO: Que conforme lo dispuesto en los artículos 57, 86 y 87 del Código de Minería, existiendo Informe Técnico favorable y no habiéndose deducido oposición, procede declarar constituida la concesión de exploración solicitada. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 56, 57, 86 y 87 del Código de Minería y 817, del Código de Procedimiento Civil, SE APRUEBA EL PLANO Y

Fallo

SE DECLARA CONSTITUIDA LA CONCESION DE EXPLORACION DENOMINADA “PED 17A”, Rol Nacional 04102-4152-8, con una superficie de 300 hectáreas, ubicada en la comuna de La Higuera, Provincia de Elqui, Cuarta Región Coquimbo, a favor de BENJAMIN PÉREZ ARRIETA, ya individualizado en autos. Inscríbase copia autorizada de la presente sentencia en el Conservador de Minas de esta ciudad y archívese copia del plano correspondiente. Remítase el original del plano al Servicio Nacional de Geología y Minería, conjuntamente con copia autorizada de la presente resolución. Extráctese la presente sentencia en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. 2 Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. ROL V-156-2020. Dictada por doña INGRID MARLENE EBNER ROJAS, Jueza Suplente del Primer Juzgado de Letras de La Serena. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, diecisiete de marzo de dos mil veintiuno. 3 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-03-17T14:25:00-0300

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FOJA: 15 .-quince.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-156-2020 CARATULADO : P REZ/É La Serena, diecisiete de marzo de dos mil veintiuno. V I S T O S: 1º.- Que con fecha 28 de agosto de 2.020, don BENJAMIN PÉREZ ARRIETA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 13.882.943-K, domiciliado en Av. Vitacura N° 2939, piso 8, comuna

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