HUGO ANTONIO ALEGRIA ALVEAR C/ LUIS GUILLERMO ALVEAR PEZOA
Rol
O-2852-2022
Fecha
4 de mayo de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: El día veintinueve de abril pasado, ante este Juzgado de Garantía de San Fernando, se desarrolló audiencia de juicio oral en procedimiento simplificado seguido en contra de LUIS GUILLERMO ALVEAR PEZOA, cédula de Identidad N° 17.470.759-6, se ignora profesión u oficio, domiciliado en Julio Fernández S/N, Agua Buena, comuna de San Fernando; y; asistido por el defensor penal público don Rodrigo Cabezas Droguett; en tanto que el Ministerio Público estuvo representado por el Sr. Fiscal GABRIEL MEZA PEÑA; ambos letrados con domicilio y forma de notificación establecida previamente ante este tribunal. OIDO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Requerimiento en procedimiento simplificado. Los hechos y circunstancias que fueron objeto del requerimiento en procedimiento simplificado del Ministerio Público son los siguientes: “Hecho 1: El día 19 de septiembre de 2022 a las 16:00 horas aproximadamente, la víctima Hugo Antonio Alegría Alvear, se desplazaba por el sector El Llano, Agua Buena, comuna de San Fernando y al llegar al Callejón San Ignacio pasó por el frontis del domicilio de su primo y hoy requerido Luis Guillermo Alvear Pezoa, quien se encontraba esperando a la víctima portando un objeto contundente de madera en sus manos, procediendo a insultarlo y amenazarlo de manera seria y verosímil, señalándole “ no te quiero ver pasar por la casa porque te mato a palos, perro culiao te mato, perro concha de tu madre conmigo te vay a pararte” retirándose la víctima rápidamente hasta su domicilio siendo seguido por el requerido, quien no logró su cometido, causando un fundado temor en Hugo. Código: KLVMXNXQBSJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juan Jiménez de León 1525 – San Fernando. Fono: 722718990 – 722718968 - 722718997 jgsanfernando@pjud.cl Hecho 2: El día 19 de octubre de 2022 a las 03:30 horas aproximadamente, la víctima Hugo Antonio Alegaría Alvear, se encontraba en su domicilio ubicado en San Ignacio S/N, Agua Buena, comuna de San Fernando, instante en que llegó en aparente estado de ebriedad su primo y hoy requerido Luis Guillermo Alvear Pezoa, quien desde el exterior del inmueble le profirió a viva voz amenazas de manera seria y verosímil a la víctima en el siguiente tenor “ que me andas sapeando con los pacos, donde te pille te voy a pegar”, causando un fundado temor en la víctima.” Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, constituyen dos delitos de AMENAZAS SIMPLES, prescrito y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal, en grado de ejecución consumado y en el que cabe al requerido su participación en calidad de autor, conforme lo estipula el artículo 15 N°1 del Código Penal y no invoca modificatorias de responsabilidad penal. Por tales consideraciones, la Fiscalía solicita que se aplique al requerido dos penas de 400 días de presidio menor en su grado mínimo, por el delito de AMENAZAS SIMPLES, más las accesorias legales y costas de la causa. 2°) Alegaciones de cargo. En la apertura, el Ministerio Público indicó que en el curso del juicio logrará acreditar los hechos señalados en el requerimiento, en especial, con la declaración de la víctima, por lo que requerirá una sentencia condenatoria. En su clausura, el Sr. Fiscal solicitó que con la prueba rendida se condene a los requeridos, pues los hechos se encontrarían en su concepto suficientemente acreditados, tanto respecto de la existencia del hecho, como en relación a la participación del encartado. Al efecto, argumentó que los hechos se encuentran debidamente probados con la declaración de la víc
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 1, 11 N°9, 15 N° 1, 30, 67, 69, 70, 74, 75, 76 y 296 N° 3 del Código Penal; artículos 1, 4 y 5 de la Ley 18.216; y artículos 1, 4, 36, 47, 295, 297, 340, 341, 342, 343, 348 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA que: Código: KLVMXNXQBSJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juan Jiménez de León 1525 – San Fernando. Fono: 722718990 – 722718968 - 722718997 jgsanfernando@pjud.cl I.- SE ABSUELVE al requerido LUIS GUILLERMO ALVEAR PEZOA, cédula de Identidad N° 17.470.759-6, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público como autor del delito de amenazas simples conforme a lo dispuesto en los artículos 296 N° 3 del Código Penal, por lo hechos presuntamente acaecidos el día 19 de septiembre de 2022 en esta comuna de San Fernando. II.- SE CONDENA al requerido LUIS GUILLERMO ALVEAR PEZOA, cédula de Identidad N° 17.470.759-6, ya individualizado; a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO; y suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena; por su responsabilidad como autor del delito consumado de AMENAZAS SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal; por el hecho ocurrido en esta comuna de San Fernando en fecha indeterminada entre los meses de septiembre y octubre de 2022, en perjuicio de la víctima Hugo
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Juan Jiménez de León 1525 – San Fernando. Fono: 722718990 – 722718968 - 722718997 jgsanfernando@pjud.cl AUDIENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA cuatro de mayo de dos mil veinticuatro Ruc: 2201041306-4 Rit: 2852 - 2022 Hora Inicio: 11:04 Hora Término: 11:09 Imputado: LUIS GUILLERMO ALVEAR PEZOA C.I. N° 0017470759-6 Comparece: SI Domicilio: Calle Julio Fernandez S/Nº, Agua Buena, San Fernando. Víctima: H
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