CAJA DE COMP. DE ASIG. FAMILIAR LOS ANDES/FLORES
Rol
C-24124-2018
Fecha
16 de marzo de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: A trav s de presentaci n ingresada por Oficina Judicial Virtual, coné ó fecha 6 de agosto de 2018, rectificada con fecha 24 de agosto del mismo a o, comparece do a Daniela Margarita Fuentes Ormaz bal, abogada,ñ ñ á domiciliada en calle Mac Iver N 225, piso 16, comuna de Santiago, en° representaci n de Caja de Compensaci n de Asignaci n Familiar Losó ó ó Andes, del giro de su denominaci n, representada por don Nelson Mauricioó Rojas Mena, contador auditor e ingeniero comercial, con domicilio en calle Alonso de Ovalle N 1465, comuna de Santiago, quien interpone demanda° ejecutiva en contra de Rodrigo Enrique Flores Figueroa, cuya profesi n uó oficio ignora, domiciliado en pasaje Pedro Lira N 3617, comuna de Pedro° Aguirre Cerda, solicitando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de ó $1.497.204.- m s intereses y costas.á Funda su demanda en que el ejecutado suscribi a favor de suó representada, el pagar 68.0056107-6 de fecha 25 de junio de 2015, por laé suma de $3.327.098.- por concepto de mutuo m s los interesesá correspondientes, en que el capital e intereses se pagar an por el suscriptorí en cuotas mensuales iguales y sucesivas, con fecha de vencimiento los d así 30 de cada mes, con excepci n del mes de febrero, en que el vencimiento seó fij para el ltimo d a del mes, seg n las dem s condiciones en eló ú í ú á instrumento acordadas, pact ndose 60 cuotas cada una por el monto deá $107.196.-, cuyo primer vencimiento ser a el 31 de julio de 2015. Agregaí que el n mero de cuotas morosas es de 57, cada una por el monto deú $55.452.- (sin inter s), sumando un total de $3.160.743.-é Menciona que qued expresamente estipulado en el pagar , que seó é releva al beneficiario de la obligaci n de protesto. Asimismo, indica que eló retardo en el pago en m s de 30 d as corridos de todo o parte de unaá í cualesquiera de las cuotas, permitir a la Caja exigir la soluci n ntegra deá ó í la suma debida, consider ndose la obligaci n de plazo venc
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en autos, Caja de Compensaci n de Asignaci nó ó Familiar Los Andes, debidamente representada, deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é don Rodrigo Enrique Flores Figueroa, todos ya individualizados, a fin de que pague la suma de $1.497.204.-, correspondiente al saldo insoluto de un pagar en cuotas suscrito por elé ejecutado, descontadas las prescritas a la fecha de interposici n de laó demanda, del que se encuentra en mora de pagar desde la cuota que venc aí el 30 de septiembre de 2015, raz n por la que hace exigible por medio deó la demanda la cantidad mencionada, m s intereses y costas.á SEGUNDO: Que, el ejecutado, debidamente representado, opuso la excepci n contemplada en el N 17 del art culo 464 del C digo deó ° í ó Procedimiento Civil, argumentando que la acci n cambiaria emanada deló t tulo fundante de esta ejecuci n se encuentra prescrita conforme al plazo deí ó un a o establecido en el art culo 98 de la Ley N 18.092, de acuerdo a losñ í ° antecedentes rese ados al principio de esta sentencia.ñ TERCERO: Que, seg n lo dispone el art culo 2514 del C digoú í ó Civil, La prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige“ ó solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se hayaó hecho exigible , mientras que, por su parte, el art culo 98 de la Ley N” í ° 18.092, precept a que el plazo de prescripci n de las acciones cambiarias,ú ó que incluye al pagar por indicaci n expresa del art culo 107 de la leyé ó í aludida, es de un a o contado desde el d a de vencimiento del documento.ñ í CUARTO: Que, en este sentido, es preciso se alar que la actora enñ su demanda ha hecho exigible el total de la obligaci n adeudada, deó acuerdo a lo estipulado en el pagar fundante, en cuanto expresa que: é “El retardo del pago en m s de 30 d as corridos de todo o parte de unaá í cualesquiera de las cuotas, permitir a la Caja exigir la soluci n ntegra deá ó í la suma debida, siendo esta facultad privativa del acreedor, el que a su arbitrio podr ejercer o no, consider ndose la obligaci n de plazo vencido yá á ó capitalizados los intereses devengados no pagados . ” RIT« » Foja: 1 QUINTO: Que, si bien las partes estipularon que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualquiera de las cuotas en que se divide la obligaci n el acreedor tendr a derecho a hacer exigible de inmediato eló í pago total de la suma de la deuda o de su saldo, no es menos cierto que la mentada obligaci n de pagar se pact en parcialidades o diversas cuotas,ó ó estableci ndose fechas de vencimiento sucesivas para cada una de ellas,é constituyendo de esta manera una obligaci n que se hizo exigible desde laó fecha que, seg n el contrato, debi ser pagada.ú ó SEXTO: Que, encontr ndose redactada la llamada cl usula deá á aceleraci n en t rminos facultativos, es necesario que la ejecutanteó é manifieste formalmente su decisi n de hacer uso de la misma para q
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los art culos 144,í 160, 170, 434, 464 y 471 del C digo de Procedimiento Civil; art culos 1698ó í y 2514 del C digo Civil; Ley N 18.092, y dem s normas aplicables, seó ° á declara: I.- Que se acoge la excepci n de prescripci n de la acci n cambiariaó ó ó emanada del Pagar N 68.0056107-6, de fecha 25 de junio de 2015,é ° suscrito por don Rodrigo Enrique Flores Figueroa, a la orden de Caja de Compensaci n de Asignaci n Familiar Los Andesó ó , por la suma de $3.327.098.- enerv ndose la ejecuci n; yá ó II.- Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch vese.í í í RIT« » Foja: 1 DICTADA POR DO A ROCIO PEREZ GAMBOA, JUEZÑ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecis is de Marzo de dos mil veintiunoé Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-03-16T17:40:06-0300
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-24124-2018 CARATULADO : CAJA DE COMP. DE ASIG. FAMILIAR LOS ANDES/FLORES Santiago, diecis is de Marzo de dos mil veintiunoé Vistos: A trav s de presentaci n ingresada por Oficina Judicial Virtual, coné ó fecha 6 de agosto de 2018, rectificada con fecha 24 de agosto del mismo a o, com
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