MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, DGA/HUILMAI
Rol
C-153-2020
Fecha
16 de marzo de 2021
Materia
AGUAS, DERECHOS APROVECHAMIENTO, C. AGUAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1, rola ORD: 1386 de 27 de diciembre de 2019 que remite Expediente NR-1402-219, mediante el cual el Director Regional de Aguas de la Región de Los Rios remite los antecedentes completos de la solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas impetrada por Margarita Victoria Huilmai Huilmai. La peticionaria solicita regularizar un derecho de aprovechamiento de aguas por un caudal de 0,2 I/s (cero coma dos litros por segundo) de uso consuntivo ejercicio permanente y continuo sobre las aguas superficiales y corrientes de una vertiente sin nombre, ubicada en la comuna de La Union provincia de Valdivia, región de Los Rios. La solicitud publicada en extracto, dentro del plazo legal establecido en el artículo 131 del Código de Aguas, no fue objeto de oposición, según consta en el Certificado de fecha 23 de octubre de 2019, emitido por el Gobernador Provincial Del Ranco, región de Los Rios. Indica, que el Personal profesional de esta Dirección Regional que estudió y analizó los antecedentes concluye en Informe Técnico N°533 de fecha 27 de diciembre de 2019 que en el punto de captación señalado por la peticionaria en el expediente, existen indicios de uso del recurso, en la actualidad se extrae desde un pequeño acumulador rustico compuesto de plástico y madera el agua es conducida a través de una tubería de polietileno de 2 pulgadas gravitacionalmente hasta las instalaciones domiciliarias de la peticionaria evidenciando su utilización de forma ininterrumpida y libre de clandestinidad y violencia. De acuerdo a las versiones entregadas por la peticionaria y lo observado en terreno por el profesional de ese Servicio esta agua es utilizada desde a lo menos 80 años, actualmente se utiliza para satisfacer necesidades de uso domiciliario y riego de huertas, por lo tanto lo que se pudo constatar mediante la visita es que el caudal LJT Foja: 1 efectivamente que se está utilizando es de 0,2 I/s lo cual es igual a lo indicado en la solicitud. Fi
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, rola ORD: 1386 de 27 de diciembre de 2019 que envía ExpedienteNR-1402-219, mediante el cual el Director Regional de Aguas de la Región de Los Rios remite los antecedentes de la solicitud impetrada por Margarita Victoria Huilmai Huilmai de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas por un caudal de 0,2 I/s (cero coma dos litros por segundo) de uso consuntivo ejercicio permanente y continuo que se extraen gravitacionalmente, desde una vertiente sin nombre en la comuna de La Unión, provincia Del Ranco, región de Los Rios, en un punto situado en la coordenada U.T.M.(m) Norte: 5.549.525 y Este: 670.815 referida al Datum WGS 84. SEGUNDO: Que, a folio 10 comparece el abogado Rolando Andrés Reyes Campos, en representación de doña Margarita Victoria Huilmai Huilmai, quien señala que asumida la defensa de autos, y habiéndose percatado que el informe acompañado por la Dirección General de Aguas resulta favorable a los intereses de su representada, lo que no generara controversia en el presente juicio, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Código Civil y articulo 313 del Código del Código de Procedimiento Civil, se allana expresamente a la demanda en todas sus partes y solicita se dicte sentencia en el presente juicio. LJT Foja: 1 TERCERO: Que, en mérito de autos, los antecedentes que constan en el Expediente NR-1402-119, remitido por el ORD: 1386 de 27 de diciembre de 2019 del Director Regional de Aguas de la Región de Los Rios, y el allanamiento a la acción incoada, el tribunal accederá a la regularización solicitada. Con lo relacionado y considerando lo dispuesto en el artículo 177 del Código de Aguas, artículo 2º transitorio del mismo texto legal, artículos 409 y siguientes, 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara: I.- Que SE ACOGE la solicitud impetrada por doña Margarita Victoria Huilmai Huilmai de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas por un caudal de 0,2 I/s (cero coma dos litros por segundo) de uso consuntivo ejercicio permanente y continuo que se extraen gravitacionalmente, desde una vertiente sin nombre en la comuna de La Unión, provincia Del Ranco, región de Los Rios, en un punto situado en la coordenada U.T.M.(m) Norte: 5.549.525 y Este: 670.815 referida al Datum WGS 84. II.- Inscríbase en el Registro de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de esta comuna a nombre de doña Margarita Victoria Huilmai Huilmai cédula de identidad N° 11.542.110-7. III.- Remítase copia del presente fallo, una vez ejecutoriado, a la Dirección Regional de Aguas de la Región de Los Ríos, Valdivia, para efectos del catastro a que se refiere el artículo 122 del Código de Aguas. Regístrese, notifíquese, entréguese copia y archívese en su oportunidad. Resolvió doña LISSETTE MILADY SALAZAR SANDOVAL, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de La Unión. T Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Union, diecis is de Marzo de dos mil veintiunoé LJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Contine
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Foja: 1 FOJA: 31 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de la Uni nó CAUSA ROL : C-153-2020 CARATULADO : MINISTERIO DE OBRAS P BLICAS,Ú DGA/HUILMAI La Union, diecis is de Marzo de dos mil veintiunoé VISTOS: Que, a folio 1, rola ORD: 1386 de 27 de diciembre de 2019 que remite Expediente NR-1402-219, mediante el cual el Director Regional de Aguas de la Región de Los
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