FRANCISCO RODRIGO JAVIER CHIA SPADACCINI C/ DIEGO ANDRÉS VEGA ZAMBRA
Rol
O-168-2024
Fecha
30 de abril de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: HECHO 1: “El día 10 de noviembre de 2023, alrededor de las 22:45 horas, el requerido don DIEGO ANDRES VEGA ZAMBRA, portaba arma blanca en la vía pública y sin la justificación debida, por Calle Jose Miguel Carrera con intersección Calle Caupolicán. El requerido, que se encontraba en una plaza ubicada en la intersección de dichas calles, al ver la presencia de los aprehensores, deja caer un objeto metálico, el que, al llegar al lugar, se determinó que se trataba de arma blanca tipo cuchillo, sin marca, de 14 cm de hoja útil y afilada, con 12 cm de empuñadura. Al no dar respuesta satisfactoria del porte, se procedió a su detención.” HECHO 2: “El día 17 de noviembre de 2023, alrededor de las 01:40 horas, el requerido don DIEGO ANDRES VEGA ZAMBRA, portaba arma blanca en la vía pública y sin la justificación debida, por Calle Juan Antonio Ríos en las cercanías de la intersección con Pasaje Basilio Urrutia, se procedió a la fiscalización por los aprehensores, el cual caminaba en dirección al poniente y al detenerse para su control, este señalo en forma espontánea al personal policial que mantenía un cuchillo en el cinto del pantalón constado izquierdo, levantando su polerón para exhibirlo. El arma blanca, se trataba de uno del tipo cuchillo carnicero, marca arcos, de 20 cm de hoja útil y afilada y 15 cm de empuñadura material plástico color amarillo. Cabe hacer presente, que el requerido manifiesta espontánea y líbreme, que lo mantenía para su defensa personal, Código: GYXCXNXRQDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en razón que días antes fue agredido por unas personas de nacionalidad venezolana. En razón de lo indicado, se procedió a su detención.” Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran los delitos de Porte de arma cortante o punzante, sancionado en el artículo (288 bis). Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los
Fallo
se declara: I. Que se condena a Diego Andrés Vega Zambra, cédula de identidad N° 19.870.058-4, ya individualizado, a las penas de multa de dos tercios de unidad tributaria mensual, más el comiso del arma blanca incautada, sin costas, como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante, castigado por el artículo 288 bis del Código Penal, sorprendido en Arica el 29 de agosto de 2023. La multa se tiene por pagadas por los días que estuvo privado de libertad por ocasión de la presente causa, esto por ocasión del control de detención de fecha 17 de febrero de 2024, conforme lo establece el artículo 49 del Código Penal. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente que los intervinientes renuncian a los plazos para deducir recursos contra la sentencia, por lo que se entiende ejecutoriada. RUC 2301242647-K RIT 168 - 2024 Dirigió la audiencia y dictó sentencia don ANA PAULA SEPULVEDA BURGOS, Jueza (s) del Juzgado de Garantía de Arica. Código: GYXCXNXRQDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-03T07:44:14-0400
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, treinta de abril de dos mil veinticuatro Magistrado ANA PAULA SEPULVEDA BURGOS Fiscal CLAUDIA ALEJANDRA TOLEDO RAMOS Defensor MARÍA FRANCISCA ZARRICUETA ROBLES Tipo de Audiencia Juicio oral simplificado Hora inicio 13:25 Hora termino 13:32 Sala 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2300943286-3-992-240430-01-08 - JOSI ABS VPP RIT 42 24 y 168 24 Ac
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