Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia.

MP C/ GERMÁN DANIEL HUEQUEMÁN CURÍN

Rol

O-37-2021

Fecha

2 de mayo de 2024

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El 03 de diciembre de 2019 alrededor de las 23:15 horas el imputado Germán Huequemán Curín concurrió hasta el domicilio de Puente Los Molinos N° 193 de la comuna de Valdivia a fin de desbloquear tres celulares, lo cuales corresponden a especies hurtadas, para llegar a ese lugar el imputado condujo el vehículo PPU JCCY-56 Marca Nissan modelo Qashqai a sabiendas de que el mismo matenía el número de chasis adulterado y utilizando a sabiendas las placas patentes falsificadas HWPV-22, las cuales pertenecen a otro vehículo. Una vez en el interior del domicilio de Puente Los Molinos N° 193 de Valdivia el técnico de celulares logró advertir que estos celulares eran especies hurtadas, debido a lo cual llamó a Carabineros quienes concurrieron al lugar y sorprendieron a Germán Huequemán Curín en posesión de los referidos teléfonos y del vehículo PPU JCCY-56 marca Nissan Modelo Qashqai color blanco año 2017, el cual poseía su chasis y patente adulterada y mantenía encargo vigente por robo con intimidación, delito denunciado por la víctima MU CHI TSAI, mediante parte N° 1603 de la 2ª Comisaría de San Miguel. (sic)”. El Ministerio Público sostuvo que los hechos descritos satisfacen el delito consumado de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis inciso 3° del Código Penal y un delito de receptación, consumado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis a inciso 1° del Código Penal. En ambos le cabe al imputado responsabilidad de autor, de conformidad con el artículo 15 N°1 del Código Penal. A juicio del Ministerio Público al acusado le ha correspondido participación en calidad de autor conforme a lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal. Afirma concurre no concurren circunstancias atenuantes de responsabilidad penal, sí concurre la agravante de reincidencia específica solo para el delito de receptación de especies. Fiscalía solicitó se imponga al acusado las siguientes penas: a. Por la receptación del artículo 456 b

Fundamentos

considerando: Primero: Individualización. Que el día viernes veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, integrada ininterrumpidamente por don Carlos Flores Valenzuela, quien la presidió, doña Cecilia Samur Cornejo y don Daniel Andrés Mercado Rilling, se realizó la audiencia de juicio oral en causa RIT 37-2021, RUC 1901308625-K, en relación con el acusado Germán Daniel Huequemán Curín, cédula de identidad número 16.806.628-7, nacido en Valdivia el veintitrés de mayo de mil novecientos ochenta y ocho, de treinta y cinco años, soltero, feriante, domiciliado en avenida Simpson número 298, comuna y ciudad de Valdivia, con cuarto medio rendido según sus dichos, quien estuvo presente durante todo el desarrollo de la audiencia. El juicio se efectuó para conocer de una acusación presentada por el Ministerio Público, sostenida por fiscal don Álvaro Pérez Astorga. La defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Público don Cristian Otárola Vera. Fiscal y defensor registran domicilio y forma de notificación registrado en el Tribunal. Segundo: Acusación del Ministerio Público. De acuerdo con el auto de apertura, la acusación del Ministerio Público refiere los siguientes hechos: “El 03 de diciembre de 2019 alrededor de las 23:15 horas el imputado Germán Huequemán Curín concurrió hasta el domicilio de Puente Los Molinos N° 193 de la comuna de Valdivia a fin de desbloquear tres celulares, lo cuales corresponden a especies hurtadas, para llegar a ese lugar el imputado condujo el vehículo PPU JCCY-56 Marca Nissan modelo Qashqai a sabiendas de que el mismo matenía el número de chasis adulterado y utilizando a sabiendas las placas patentes falsificadas HWPV-22, las cuales pertenecen a otro vehículo. Una vez en el interior del domicilio de Puente Los Molinos N° 193 de Valdivia el técnico de celulares logró advertir que estos celulares eran especies hurtadas, debido a lo cual llamó a Carabineros quienes concurrieron al lugar y sorprendieron a Germán Huequemán Curín en posesión de los referidos teléfonos y del vehículo PPU JCCY-56 marca Nissan Modelo Qashqai color blanco año 2017, el cual poseía su chasis y patente adulterada y mantenía encargo vigente por robo con intimidación, delito denunciado por la víctima MU CHI TSAI, mediante parte N° 1603 de la 2ª Comisaría de San Miguel. (sic)”. El Ministerio Público sostuvo que los hechos descritos satisfacen el delito consumado de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis inciso 3° del Código Penal y un delito de receptación, consumado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis a inciso 1° del Código Penal. En ambos le cabe al imputado responsabilidad de autor, de conformidad con el artículo 15 N°1 del Código Penal. A juicio del Ministerio Público al acusado le ha correspondido participación en calidad de autor conforme a lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal. Afirma concurre no co

Fallo

por tanto poseía un vehículo marca Nissan modelo Qashqai, respecto del cual el suboficial Soto advirtió extrañeza en su placa patente que le hizo suponer que era adulterada, siendo trasladado al retén de Niebla, advirtiendo que las placas patentes eran falsas, determinándose que el vehículo tenía encargo por robo. El segundo funcionario policial, suboficial Soto, ahondó sobre las diligencias, aludiendo a la revisión del vehículo, a la Código: XPGNXNMEKMH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 8 actitud del acusado quien al requerirse su individualización dio un nombre que no correspondía, advirtiendo diversos elementos anómalos en el automóvil, como sus airbag reventados, un material inusual para la placa patente, no siendo el original, la eliminación de una lámina con datos identificatorios del vehículo que originalmente va en la puerta del conductor, el ocultamiento del VIN del vehículo que se suele apreciar en el parabrisas, observando eliminación de datos en el cortafuegos donde debe ir el número de chasis. El vehículo fue revisado por personal de la Sección de Encargo y Búsqueda de Vehículos Robados, rescatándose los datos originales, evidenciando su adulteración, estableciéndose que el vehículo fue objeto de robo con intimidación de un ciudadano chino en 2018. Además, observó que el permiso de circulación estaba impago y que tenía doce deudas por multas impagas, resultando falsificado el documento presentado

Texto Completo (Preview)

1 Valdivia, jueves dos de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: Primero: Individualización. Que el día viernes veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, integrada ininterrumpidamente por don Carlos Flores Valenzuela, quien la presidió, doña Cecilia Samur Cornejo y don Daniel Andrés

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