Juzgado de Garantía de Puente Alto

RAUL ALFONSO RODRIGUEZ MONTOYA C/ GERDA DENNISE ARANEDA PÉREZ

Rol

O-10981-2019

Fecha

29 de abril de 2024

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación fiscal.  La imputada acepta los hechos y los antecedentes en que se funda la acusación fiscal, y acepta someterse a las reglas del procedimiento abreviado.  Se dicta sentencia.  Intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales  Sentencia firme y ejecutoriada.  Alza cautelares.  Se apercibe a la sentenciada para que se presente en el CRS Santiago Sur Dos, ubicado en Balmaceda N° 046, comuna de Puente Alto, el día 06 de mayo del año 2024, en horas de la mañana, quedando advertida de las consecuencias de no hacerlo. Sentencia.: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 1900904738- 10981-2019 CAUSA.: R.U.C=1900904738-K R.U.I.=10981-2019 Fecha de deliberación 2024/04/29 Juez redactor ÁLVARO IVÁN ARRIAGADA FERNÁNDEZ RELACIONES.: ARANEDA PÉREZ GERDA DENNISE / RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS Resultado Condenado. CAUSA.: R.U.C=1900904738-K R.U.I.=10981-2019 - - Código: EKKCXNVSCLH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RELACIONES.: ARANEDA PÉREZ GERDA DENNISE / RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS Procedimiento Abreviado. Hechos establecidos en la sentencia: Que el día 22 de agosto del año 2019, alrededor de las 16:20 horas, la imputada GERDA DENNISE ARANEDA PÉREZ, se encontraba en la vía pública, específicamente en Calle La Lechería de la comuna de Puente Alto, frente a la numeración N° 3460, momentos en los cuales la imputada mantenía en su poder una motocicleta marca Hyosung, modelo GT 250, color rojo, año 2015, placa patente única BST61, la cual mantenía encargo vigente por el delito de robo N° 0285-02-2019, según consta el parte N°221 de la 13° Comisaria de La Granja de fecha 02 de Febrero del año 2019, conociendo la imputada y no pudiendo menos que conocer, el origen ilícito de la referida especie. Circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal: Concurre la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal. Sentencia definitiva: Sólo parte resolut

Fundamentos

considerando la privación de libertad que afecto a la sentenciada, producto de su detención en la presente, por un lapso igual o superior a 12 horas, el día 23 de agosto de 2019, lo que equivale a un tercio de UTM por día de privación de libertad, se darán por cumplida la pena pecuniaria impuesta, vía sustitución o compensación. IV.- Que una vez firme el presente fallo, déjense sin efecto las medidas cautelares que pesaren respecto de la sentenciada, oficiando al efecto. V.- En atención a que la encartada no ha sido condenada previamente por hechos que constituyan crimen o simple delito y de conformidad a lo preceptuado en el artículo 38 de la ley N° 18.216 se ordena la omisión en el certificado de antecedentes prontuariales de la anotación que da origen esta sentencia condenatoria. Que el cumplimiento satisfactorio de la pena sustitutiva tendrá mérito suficiente para la eliminación definitiva de tales antecedentes prontuariales, para todos los efectos legales y administrativos. Ofíciese en su oportunidad VI.- Conforme lo prevenido en el artículo 600, en relación al 591, ambos del Código Orgánico de Tribunales, en relación a los artículos 35 y 36 de la Ley N° 19.718, se exime a la sentenciada del pago de las costas de la causa, por haber sido representada por defensor penal público y poder presumirse pobreza a su respecto. Quedan en este acto notificados todos los intervinientes de la sentencia antes pronunciada. Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia. Dese cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y en su oportunidad archívese Dirigió la audiencia y resolvió don ÁLVARO IVÁN ARRIAGADA FERNÁNDEZ, Juez del Juzgado de Garantía de Puente Alto.  La presente acta sólo constituye un registro administrativo confeccionada por el funcionario de acta, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia.  Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia Código: EKKCXNVSCLH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: EKKCXNVSCLH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-02T13:57:23-0400

Fallo

fallo constan en el registro de audio, siendo la parte resolutiva del siguiente tenor: VISTOS: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 9, 11 n°9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 25, 30, 49, 50, 68, 70 y 456 bis A todos del Código Penal; artículos 36, 38, 47, 297, 406, 407 inciso 5°, 409, 410, 412, 413, 415 y demás pertinentes del Código Procesal Penal; y artículos 1, 3 ,4 y 5 de la Ley N°18.216 se resuelve: I.- Que, se condena a Gerda Dennise Araneda Pérez, cedula nacional de identidad N° 19.219.928-K, ya individualizada, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio; a las accesorias de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; y al pago de la pena pecuniaria de multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, en su calidad de autora del delito consumado de Receptación de Vehículo Motorizado, prescrito y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, hecho ocurrido con fecha 22 de agosto de 2019 en la comuna de Puente Alto. II.- Que, por reunirse respecto de la sentenciada los requisitos de los artículos, 1, 3, 4 y 5 de la Ley Nº18.216 y por los antecedentes expuestos en la audiencia, resultando la conveniencia de que la sentenciada sea favorecida con la pena sustitutiva de la remisión condicional, le será esta dispensada, quedando sujeta al control de Gendarmería de Chile, por el lapso de la pena privativa de libertad que le ha sido impuesta. Código: EKKCXNVSCLH Este documento tiene firma electrónica y su original pue

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Individualización de Audiencia de Acusación.. Fecha Puente Alto., veintinueve de abril de dos mil veinticuatro Magistrado ÁLVARO IVÁN ARRIAGADA FERNÁNDEZ Fiscal MARCIA BAEZ BARRAZA Defensor MARÍA JOSÉ MANSILLA JARA Hora inicio 11:30AM Hora termino 11:48AM Sala SALA 5 Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta JSV RUC 1900904738-K RIT 10981 - 2019 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA GERDA D

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