5º Juzgado Civil de Santiago

ITAUCORPBANCA/GESTION EMPRESARIAL JEREMÍAS EMMANUEL SÁEZ SÁNCHEZ EIRL

Rol

C-13426-2020

Fecha

15 de marzo de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 28 de agosto de 2020, comparece don Francisco Javier Sep lveda Figueroaú , abogado, domiciliado en calle Agustinas 1022, oficina 1010, Santiago, en nombre y representaci n convencional de Itau-ó Corpbanca, sociedad an nima bancaria, representada por su gerente generaló don Gabriel Amado de Moura, administrador, los dos ltimos con domicilioú en esta ciudad, calle Rosario Norte N 660, Piso 11, Comuna Las Condesº , quien interponen demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra deé Gesti n Empresarial Jerem as Emmanuel S ez S nchez E.I.R.L.ó í á á , del giro de su denominaci n, representada por don Jerem as S ez S nchez en suó í á á calidad de deudora principal y en contra de Jerem as Emmanuel S ezí á S nchez, empresario, como aval, fiador y codeudor solidario, ambos coná domicilio en calle Providencia 2251, P C 15, Comuna de Providencia; Millahue 568, Comuna de Maip ; Lota 7939, Comuna de La Granja, porú los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone. El 27 de noviembre de 2020, folio 15, la parte demandada opone a la ejecuci n la excepci n del n mero 4 del art culo 464 del C digo deó ó ú í ó Procedimiento Civil, solicitando se deniegue la ejecuci n, seg n losó ú fundamentos que se ala.ñ El 12 de febrero de 2021, a folio 25, el ejecutante evac a el traslado aú la excepci n opuesta, solicitando su rechazo con costas, conforme a losó argumentos que expone. El 22 de febrero de 2021, a folio 26, se tuvo por evacuado el traslado del ejecutante, se declar admisible la excepci n opuesta y se prescindi deó ó ó recibir la causa a prueba. El 5 de marzo de 2021, a folio 28, se cit a las partes para o ró í sentencia. CONSIDERANDO: JJB RIT« » Foja: 1 PRIMERO: Que, el 28 de agosto de 2020, comparece don Francisco Javier Sep lveda Figueroaú , en representaci n de Itau-Corpbancaó , quien interpone demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de Gesti né ó Empresarial Jerem as Emmanuel S ez S nchez E.I.R.L.í á á , en su calidad de deudora principal y en contra de Jerem as Emmanuel S ez S nchez, comoí á á aval, fiador y codeudor solidario, a objeto de que, acogi ndola, se ordeneé despachar mandamiento de ejecuci n y embargo en contra de ellos, por laó suma de $949.814.-, m s inter s m ximo convencional que la ley permitaá é á estipular, y disponer seguir adelante hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representado, con costas. Explica que su representado es due a del pagar N 213917021,ñ é ° suscrito el 11 de diciembre de 2018, por la sociedad Gesti n Empresarial“ ó Jerem as Errazuriz S ez S nchez E.I.R.L. , mediante el cual se oblig aí á á ” ó pagar a Itau Corpbanca, la suma de $949.814.- el 18 de mayo de 2020. Se ala que en caso de mora o simple retardo en el pago del capitalñ adeudado, se devengar a un inter s penal igual al inter s m ximoí é é á convencional que sea permitido estipular para este tipo de operaciones de cr dito de dinero en moneda nacional no reajustable, inter s penal queé é correr a desde la mora o simple retardo hasta la fecha del pago efectivo deí lo adeudado. Agrega que don Jerem as Emmanuel S ez S nchez, se constituy ení á á ó aval, fiador y codeudor solidario del suscriptor, en favor de Ita Corpbanca.ú Refiere que llegada la fecha de vencimiento de la obligaci n el 18 deó mayo de 2020 esta no fue cancelada, por lo que adeuda en capital la suma de $949.814.- m s los intereses moratorios pactados.á Hace presente dicho pagar fue autorizado ante Notario P blico poré ú lo que tiene m rito ejecutivo en contra de los demandados.é SEGUNDO: Que, el ejecutado opuso a la ejecuci n la ó excepci n deló art culo 464 N 4 del C digo de Procedimiento Civil, cual es, La ineptitudí º ó “ de libelo por falta de alg n requisito legal en el modo de formular laú demanda, en conformidad a lo dispuesto en el art culo 254; .í ” Expone que la demanda incumple con el numeral 3 del art culo 254° í del C digo de Procedimiento Civil, que indica que

Fallo

se resuelve: I.- Que, se rechaza la excepci n opuesta del n mero 4 del art culoó ú í 464 del C digo de Procedimiento Civil. ó II.- Que, se ordena seguir adelante la ejecuci n hasta hacer entero yó cumplido pago de su acreencia a la ejecutante. III.- Que, se condena en costas a la parte ejecutada. Reg strese y notif quese.í í Pronunciada por Mar a Soledad Jorquera Binner, Juez Titular í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, quince de Marzo de dos mil veintiuno. JJB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-03-15T16:35:49-0300

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13426-2020 CARATULADO : ITAUCORPBANCA/GESTION EMPRESARIAL JEREM AS EMMANUEL S EZ S NCHEZ EIRLÍ Á Á Santiago, quince de Marzo de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 28 de agosto de 2020, comparece don Francisco Javier Sep lveda Figueroaú , abogado, domiciliado en calle Agustinas 1022, oficina 1010, S

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