EVELYN DALILA CABRERA ACHIGURE C/ BRYAN PABLO IGNACIO CREMER MEDINA
Rol
O-577-2022
Fecha
29 de abril de 2024
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196, RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: En la comuna de Curanilahue, el día 17.08.2021, alrededor de las 12:30 horas, en calle Segunda Compañía frente al N° 147 de esta comuna, el imputado BRYAN PABLO CREMER MEDINA, fue sorprendido por personal policial conduciendo el automóvil, color rojo, marca Kia, modelo Sportage, patente LHYB-67, a sabiendas con certificado de revisión técnica, Certificado seguro obligatorio, Certificado de Inscripción y certificado de emisión de gases falsificado o adulterado, procediendo dicho personal a su debida detención. Asimismo, dicho automóvil es de propiedad de la víctima EVELYN DALILA CABRERA ACHIGURE, la cual había sido sustraída desde la comuna de Cerrillo, Santiago, lo anterior lo hizo conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen del ilícito, siendo detenido por personal policial. Ministerio Público aporta antecedentes de la investigación. SI X NO Código: VQXLXNRPPVG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Imputado reconoce como efectivos los antecedentes de la investigación. SI X NO Alegatos defensa. SI X NO Traslado Ministerio Público. SI X NO Imputado ha renunciado a un juicio oral y se ha procedido conforme al procedimiento abreviado. SI X NO SENTENCIA: Curanilahue, veintinueve de abril de dos mil veinticuatro. VISTO, OIDO Y TENIENDO PRESENTE (Sentencia íntegra en audio) PARTE RESOLUTIVA: Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1º, 11 Nº 9, 15 N°1, 30, 430 del Código Penal, 456 bis a) del mismo cuerpo legal, 297, 342, 346, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1°, 4° Ley 18.216, artículos 192 de la Ley 18.290, SE RESUELVE: I.- Que se condena, a don BRYAN PABLO IGNACIO CREMER MEDINA, cédula de identidad N°0018369351-4, ya individualizado, como AUTOR del delito CONSUMADO de CONDUCCION CON DOCUMENTACIÓN FALSIFICADA A SABIENDAS, previsto y sancionado en el artículo 192 N° 2 de la Ley 18.290, por los hechos ocurridos en esta comuna el día 17 agost
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1º, 11 Nº 9, 15 N°1, 30, 430 del Código Penal, 456 bis a) del mismo cuerpo legal, 297, 342, 346, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1°, 4° Ley 18.216, artículos 192 de la Ley 18.290, SE RESUELVE: I.- Que se condena, a don BRYAN PABLO IGNACIO CREMER MEDINA, cédula de identidad N°0018369351-4, ya individualizado, como AUTOR del delito CONSUMADO de CONDUCCION CON DOCUMENTACIÓN FALSIFICADA A SABIENDAS, previsto y sancionado en el artículo 192 N° 2 de la Ley 18.290, por los hechos ocurridos en esta comuna el día 17 agosto 2021, a las penas de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, multa de un tercio de unidad tributaria mensual y la inhabilidad para obtener licencia conducir por el termino de DOS años. II.- Que se condena además a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. III.- Que se condena a don BRYAN PABLO IGNACIO CREMER MEDINA, cédula de identidad N°0018369351-4, ya individualizado, como AUTOR del delito CONSUMADO de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, previsto y sancionado en el artículo 456 bis a) del Código Penal, por los hechos ocurridos en esta comuna el día 17 agosto 2021, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, multa ascendente de dos unidad tributarias mensuales y suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. IV.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artí
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INDIVIDUALIZACIÓN DE AUDIENCIA PREPARACION JUICIO ORAL (VIDEO CONFERENCIA) Fecha Curanilahue, veintinueve de abril de dos mil veinticuatro Magistrado ANJA CONSTANCE WENDT HELLE Fiscal JOSÉ ANDRÉS ORTIZ JIMÉNEZ Defensor SILVIA AGUILERA DÍAZ Hora inicio 12:46 Hora termino 13:20 Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Curanilahue. Acta-Coordinador KPR RUC 2100750176-2 RIT 577 - 2022 Deli
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