LEFIÑANCO/VARAS
Rol
M-4-2022
Fecha
24 de mayo de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · NO HAY HECHOS CONTROVERTIDOS X · SENTENCIA ART. 453 No 4 inc 2do. X · RECEPCION DE PRUEBAS X · EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DE PRUEBAS X · OFRECE PRUEBA DEMANDANTE X · DOCUMENTAL X · TESTIMONIAL X · ABSOLUCION POSICIONES X · EXHIBICION DE DOCUMENTOS X · OTROS MEDIOS DE PRUEBA X · OFRECE PRUEBA DEMANDADO X · ABSOLUCION POSICIONES X · DOCUMENTAL X · TESTIMONIAL X · OTRS MEDIOS DE PRUEBA (VIDEOS) X · DILIGENCIAS DECRETADAS X · ORDENA INFORME INSPECCION DEL TRABAJO Art. 489 inc. 6to X · CITACION A AUDIENCIA DE JUICIO X · OMITE CITACION A AUDIENCIA DE JUICIO X · DESISTIMIENTO X · APERCIBIMIENTO X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA DEMANDANTE X · SENTENCIA X · OTROS X · SUSPENSION ART. 426 INC. 3RO X El tribunal: Deja constancia que las demandadas no obstante encontrarse válidamente notificadas, no concurren a la presente audiencia, teniéndolas por rebeldes y razón también por la cual, este Tribunal tiene por frustrado el llamado a conciliación. HECHOS A PROBAR 1° Efectividad de existir unidad económica entre los demandados. 2° Causal de término de la relación laboral y en su caso, cumplimiento de las formalidades legales por parte del empleador. 3° Remuneración pactada para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo. 4° Si la demandada o demandadas pagaron las remuneraciones del trabajador. En la negativa, sumas y periodos adeudados. 5° Si la demandada o demandadas pagaron el feriado proporcional correspondiente. En la negativa, sumas y periodos adeudados. 6° Si al término de la relación laboral estaban pagadas íntegramente las cotizaciones de seguridad social de la demandante. PRUEBA DEMANDANTE: 1.- DOCUMENTAL: 1.- Acta de comparecencias ante la Inspección del Trabajo de fecha 18 de enero del 2022. 2.- Reclamo de fecha 6 de enero del 2022. 3.- Contrato de trabajo de fecha 2 de noviembre del 202
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 73, 146, 168, 172, 173, 177, 453, 454, 473, 474, 496 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que, se acoge la demanda interpuesta por don MOISÉS OMAR LEFIÑANCO COLIMÁN, en contra de su empleador INMOBILIARIA MI PARAISO SPA, ambos ya individualizados, y en consecuencia se declara injustificado el despido de que fue objeto el demandante, con fecha 31 de diciembre de 2021 y en consecuencia se ordena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1° A la indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, por la suma de $650.000 (seiscientos cincuenta mil pesos). 2° La suma de $500.000 (quinientos mil pesos), por la remuneración correspondiente al mes de diciembre de 2021. 3° La suma de $90.999 (noventa mil novecientos noventa y nueve pesos) por concepto de feriado proporcional. II.- Se ordena oficiar a las instituciones de seguridad social respectivas, para efectos de que ejerzan las acciones a que se refiere el artículo 461 del Código del Trabajo, en contra de la demandada. III.- Que las sumas que esta sentencia ordena pagar, se deben reajustar, generando los intereses y reajustes que correspondan. IV°. Que, se rechaza la demanda, en cuanto a la declaración de co-empleador respecto a doña Jasna Waleska Varas Ramírez. V.- Que se condena en costas a la parte demandada, atendida su incomparecencia y por haber sido vencida completamente. La parte demandante queda notificada
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO MONITORIO CON SENTENCIA FECHA 24/05/2022 RUC 22-4-0387128-5 RIT M-4-2022 MAGISTRADO RODRIGO ALARCÓN SOTO ADMINISTRATIVO DE ACTAS KATHERINE ROST URRUTIA HORA DE INICIO 10.11 HORA DE TERMINO 10.52 Nº REGISTRO DE AUDIO ------------------------ PARTE DEMANDANTE MOISÉS OMAR LEFIÑANCO COLIMÁN, RUN 20.302.780-K (NO COMPARECE) ABOGADO MARGAR
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