C/ RAFAEL EDUARDO NAVARRETE CÁCERES
Rol
O-3535-2023
Fecha
25 de abril de 2024
Materia
OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 10 de octubre de 2023 a las aproximadamente 21:45 horas, personal de carabineros que efectuaba fiscalizaciones vehiculares en Av. San Pablo frente al 8440, en la comuna de Pudahuel, fiscaliza al imputado Rafael Navarrete Cáceres quien conducía el automóvil marca Renault, PPU XP-5943 percatándose que se encontraba bajo la influencia de sustancias psicotrópicas, específicamente marihuana, dando positivo a la prueba narcotest aplicada. POR TANTO
Fundamentos
Considerando lo establecido en los artículos 196 de la ley 18.290, 3 y siguientes y 38 de la ley 18.216, 388 y siguientes del Código Procesal Penal y demás disposiciones pertinentes
Fallo
POR TANTO Considerando lo establecido en los artículos 196 de la ley 18.290, 3 y siguientes y 38 de la ley 18.216, 388 y siguientes del Código Procesal Penal y demás disposiciones pertinentes SE DECLARA: 1- Que se condena a don RAFAEL EDUARDO NAVARRETE CACERES a 41 días de prisión en su grado máximo, al pago de 1 UTM y la suspensión por 2 años de la licencia de conducir por su responsabilidad en el delito consumado de conducción bajo la influencia de sustancias contenido en el artículo 196 de la ley 18.290. 2- Que se condena a las penas accesorias del artículo 30 del Código Penal. 3- Que cumpliéndose con los requisitos legales, se sustituirá la pena privativa de libertad por la de REMISION CONDICIONAL, debiendo la imputada Código: YHTNXNLLDFG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl firmar mensualmente en el consulado de Chile en la ciudad de Toronto, Canadá, por el periodo de 2 años. Que se oficie al tenor del artículo 38 de la ley 18.216. 4- Que se reconoce un día de abono por el tiempo que el imputado paso privado de libertad a control de detención de fecha 11 de octubre del 2023. 5- Que se utiliza el día de abono para dar por cumplido 1/3 de UTM de la pena pecuniaria, quedando por cumplir con 2/3 de UTM que deberán ser pagados antes de que el imputado deja el país. 6- Que se conceden dos meses para el pago de la multa. 7- Que no se condena en costas a la condenada. Se deja constancia de que ambas partes h
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PROCEDIMIENTO Simplificado (resumen sentencia) FECHA: Santiago, veinticinco de abril de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: 1º Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: CLEMENTE WINN VERGARA RUC: 2301098185-9 RIT: 3535-2023 IMPUTADO: RAFAEL EDUARDO NAVARRETE CACERES C.I. 16.918.253-1 DELITO Conducción en bajo la influencia de sustancias ARTICULO Art. 196 de la ley 18.290 PARTICIPACIÓN AUTOR GRADO DE
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