8º Juzgado Civil de Santiago

SOUTHBRIDGE COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES S.A./B&M AGENCIA MARITIMA S.A.

Rol

C-13111-2020

Fecha

12 de marzo de 2021

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que atendido a que todas las partes de este juicio están de acuerdo en que la persona que se nombre como árbitro de derecho sea el abogado don Ricardo Abuauad, es que de conformidad a ello y a lo dispuesto en artículos 222, 223, 225, 227, 232 y 234 del Código Orgánico de Tribunales; 414 y 628 del Código de Procedimiento Civil, 1437 y 1545 del Código Civil, demás normas pertinentes, y fundamentalmente al acuerdo de las partes en cuanto han designado a la persona que ejercerá las funciones de árbitro, SE DECLARA: Téngase por aprobada la designación de Juez Árbitro, quien se desempeñará como árbitro de Derecho en la persona de don Ricardo Abuauad, abogado, domiciliado en calle Compañía 1085, piso 13, oficina 1302, comuna de Santiago, correo electrónico: abuabuad.ricardo@gmail.com, teléfono +569 98857659. Póngase en conocimiento al señor árbitro, para que previa notificación, y aceptación o rechazo del cargo, y en la afirmativa, proceda a jurar desempeñarlo con prontitud, fidelidad y en el menor tiempo posible. Anótese, regístrese y notifíquese. Rol: C-13.111-2020 DICTADA POR DOÑA SYLVIA PAPA BELETTI, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, doce de Marzo de dos mil veintiuno.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl mailto:abuabuad.ricardo@gmail.com 2021-03-12T13:57:36-0300

Fallo

SE DECLARA: Téngase por aprobada la designación de Juez Árbitro, quien se desempeñará como árbitro de Derecho en la persona de don Ricardo Abuauad, abogado, domiciliado en calle Compañía 1085, piso 13, oficina 1302, comuna de Santiago, correo electrónico: abuabuad.ricardo@gmail.com, teléfono +569 98857659. Póngase en conocimiento al señor árbitro, para que previa notificación, y aceptación o rechazo del cargo, y en la afirmativa, proceda a jurar desempeñarlo con prontitud, fidelidad y en el menor tiempo posible. Anótese, regístrese y notifíquese. Rol: C-13.111-2020 DICTADA POR DOÑA SYLVIA PAPA BELETTI, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, doce de Marzo de dos mil veintiuno.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl mailto:abuabuad.ricardo@gmail.com 2021-03-12T13:57:36-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 8 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13111-2020 CARATULADO : SOUTHBRIDGE COMPA A DE SEGUROSÑÍ GENERALES S.A./B&M AGENCIA MARITIMA S.A. Santiago, doce de Marzo de dos mil veintiuno.- VISTOS: Que atendido a que todas las partes de este juicio están de acuerdo en que la persona que se nombre como árbitro de derecho sea el abogado don Ricardo Abuauad, e

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