CLAUDIO ALEJANDRO BURGOS MUÑOZ C/ LUIS ALBERTO DÍAZ POBLETE
Rol
O-6105-2021
Fecha
26 de abril de 2024
Materia
MARCH SIT SUC SIN PREST AUX VÍCTIMA. ART 195 INC 2° Y 3°
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): “Que, el día 24 de diciembre del año 2020, a eso de las 14:37 horas, en calle San Martín intersección con Arturo Prat, comuna de Pudahuel, el acusado LUIS ALBERTO DIAZ POBLETE, condujo el vehículo Placa Patente Única XY- 7861, al poniente por la calle San Martín, donde hace un giro a la izquierda sin señalizar, y sin respetar la preferencia de paso de la motocicleta Placa Patente Única BFW-020 que venía desde el oriente por calle San Martín, resultando en una colisión, producto de la cual el conductor de la motocicleta, Claudio Alejandro Burgos Muñoz, cae al suelo y queda tendido en la calzada. Inmediatamente, el acusado ya individualizado, huyó del lugar sin detener la marcha, prestar la ayuda posible ni dar cuenta del accidente a la autoridad. A consecuencia de la colisión, la victima resultó con lesiones de carácter leves consistentes en laceración sin herida abierta en zona abdominal”. Resolución: Primero: Que, se condena a LUIS ALBERTO DÍAZ POBLETE, antes individualizado, como autor del delito de marcharse del sitio del suceso, sin auxiliar a la víctima ni dar aviso a la autoridad, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, previsto y sancionado en el artículo 195, inciso segundo de la ley 18.290, hecho ocurrido en Santiago el 24 de diciembre de 2020. Segundo: Que, concurriendo los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, la pena corporal dispuesta en la sentencia se le sustituye por la Remisión Condicional de la pena, permaneciendo sujeto el sentenciado a la observación y diagnóstico de Gendarmería de Chile durante el periodo de observación de un año, pena que cumplirá en el Centro de Reinserción Social de San Antonio, en atención al domicilio aportado en esta audiencia. El incumplimiento de la pena sustitutiva dará lugar a su revocación y el cumplimiento efectivo de la pena corporal dispuesta en la sentencia. Que, se condena, además, al pago de una multa de 1/3 de Unidad
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Primer Juzgado de Garantía Santiago Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: veintiséis de abril de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: 1° Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: CLAUDIA CRISTINA BURGOS SANHUEZA RUC: 2100015168-5 RIT: 6105 – 2021 IMPUTADO: LUIS ALBERTO DÍAZ POBLETE CI: 0018072941-0 Hechos (corresponden a los que tuvo por establecid
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