1º Juzgado de Letras y Garantía de Peumo.

MP C/ BENJAMÍN EDUARDO SEPÚLVEDA NEIRA

Rol

O-1198-2023

Fecha

24 de abril de 2024

Materia

ATENTADOS Y AMENAZAS CONTRA LA AUTORIDAD. ART. 261N? 1Y., DAÑO FALTA (495 NR 21 CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los en artículos 1, 5, 7, 11 N° 9, 14, 15 N°1, 18, 21, 30, 68, 69, 70, 261, 262, 495 N° 21 y demás pertinentes del Código Penal; 47, 297, 340, 341, 342, 388, 389, 393, 395 Código Procesal Penal. SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a BENJAMÍN EDUARDO SEPÚLVEDA NEIRA, cédula de identidad N° 0015110781-8, ya individualizado, a la pena multa de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad en calidad de autor, y en grado de desarrollo de consumado de la falta de atentado contra la autoridad, prevista y sancionada en el artículo 261 y 262 del Código Penal, cometida con fecha 29 de octubre del año 2023, en la comuna de Peumo.- II.- Que SE CONDENA a BENJAMÍN EDUARDO SEPÚLVEDA NEIRA, cédula de identidad N° 0015110781-8, ya individualizado, a la pena multa de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad en calidad de autor y en grado de desarrollo de consumado de la falta de daños, prevista y sancionada en el artículo 495 N° 21, cometida con fecha 29 de octubre del año 2023, en la comuna de Peumo.- III.- Que para respecto a la pena pecuniaria se otorga al condenado un plazo de 60 días para su pago a contar desde que quede ejecutoriada la presente sentencia.- IV.- Que no se condena en costas, al sentenciado, por haberse sometido a las reglas del procedimiento simplificado y haber sido representado, por la Defensoría Penal Pública. Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que las partes renuncian a los plazos y recursos legales, quedando la presente sentencia para todos los efectos firme o EJECUTORIADA.- Remítase copia simple del acta por correo electrónico al fiscal y defensor. RUC N°: 2301169088-2.- RIT N°: 1198 - 2023.-

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a BENJAMÍN EDUARDO SEPÚLVEDA NEIRA, cédula de identidad N° 0015110781-8, ya individualizado, a la pena multa de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad en calidad de autor, y en grado de desarrollo de consumado de la falta de atentado contra la autoridad, prevista y sancionada en el artículo 261 y 262 del Código Penal, cometida con fecha 29 de octubre del año 2023, en la comuna de Peumo.- II.- Que SE CONDENA a BENJAMÍN EDUARDO SEPÚLVEDA NEIRA, cédula de identidad N° 0015110781-8, ya individualizado, a la pena multa de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad en calidad de autor y en grado de desarrollo de consumado de la falta de daños, prevista y sancionada en el artículo 495 N° 21, cometida con fecha 29 de octubre del año 2023, en la comuna de Peumo.- III.- Que para respecto a la pena pecuniaria se otorga al condenado un plazo de 60 días para su pago a contar desde que quede ejecutoriada la presente sentencia.- IV.- Que no se condena en costas, al sentenciado, por haberse sometido a las reglas del procedimiento simplificado y haber sido representado, por la Defensoría Penal Pública. Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que las partes renuncian a los plazos y recursos legales, quedando la presente sentencia para todos los efectos firme o EJECUTORIADA.- Remítase copia simple del acta por co

Texto Completo (Preview)

AUDIENCIA: P. SIMPLIFICADO. Fecha En Peumo veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro Magistrado CRISTOBAL ANDRES GELDUN MANSILLA Fiscal Alonso Leiva Rojas Defensor Adolfo Blanc Morales Teléfono Fijo Oficina 722561194 Imputado Benjamín Eduardo Sepúlveda Neira C.I. N° 0015110781-8 (pte) Domicilio Avenida La Cruz camino al cementario sin número fono: Peumo. Teléfono: 93374079 Testigos Benjamín F

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