Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ FRANCISCA TAIS GÓMEZ BARRÍA

Rol

O-7164-2023

Fecha

26 de abril de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal con esta fecha, atendida la renuncia a los plazos y recursos legales por parte de los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese. RIT 7164 - 2023 RUC 2300995014-1 Pronunciada por don FRANCISCO ANDRES ALMONACID FAUNDEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: LAN. Código: NVEWXNJNHLF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: NVEWXNJNHLF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-26T15:54:35-0400

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 21, 30, 67 y siguientes, 446 N° 3 del Código Penal; artículos 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 10, 11 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, SE CONDENA a CARLOS ALEXIS ALBORNOZ FERNÁNDEZ, RUN N° 19.328.588-0, ya individualizado, como autor del delito frustrado de hurto simple en perjuicio de don Erwin Nicolás Maldonado Maldonado, cometido en Puerto Montt el día 12 de septiembre de 2023, a la PENA de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual, la cual se le da por cumplida con el día de detención que le ha afectado en la presente causa, correspondiente al día 13 de septiembre de 2023. II.- Que, se aplica la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, por el término de la pena impuesta, debiendo cumplir un total de CINCUENTA HORAS con CUARENTA MINUTOS, con un máximo de 8 horas diarias. Consiste en la realización de actividades no remuneradas a favor de la colectividad o en beneficio de personas en situación de precariedad, coordinadas por un delegado de Gendarmería de Chile. El trabajo en beneficio de la comunidad será facilitado por Gendarmería de Chile, pudiendo establecer los convenios que estime pertinentes para tal fin con org

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, veintiséis de abril de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 21, 30, 67 y siguientes, 446 N° 3 del Código Penal; artículos 3

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