MP C/ JAER PALACIOS PEREA
Rol
O-3126-2024
Fecha
26 de abril de 2024
Materia
OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por el Fiscal don Raúl Espinoza Pinto, domiciliado en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 2400475946-6, RIT 3126-2024, ha requerido en procedimiento simplificado a Jaer Palacios Perea, RUN 24.023.533-1, 32 años, trabaja en barbería, domiciliado en Camino a Chochol La Serena, sin número, Temuco, representado por abogada Defensora penal doña Carla Constanzo Santander, domiciliada en Antonio Varas 989 oficina 1604 Temuco. 2° Que con el mérito probatorio de los antecedentes que fundamentan la acción Fiscal, en especial, Parte policial, declaraciones de víctima y testigos, antecedentes a los que se suma la admisión de responsabilidad en los hechos por parte del imputado, el tribunal tiene por establecido que a las 19:40 horas, aproximadamente, del 25 de abril de 2024, la víctima Jain Oriet Padron Molina se encontraba en calle Bulnes 443 de Temuco, hasta donde llegó el requerido y le dijo que la agrediría. Que tales hechos, según la calificación del Ministerio Público a la que se está el tribunal, atendida la naturaleza del procedimiento, configuran la falta consumada coacción en la persona de Jain Oriet Padron Molina, prevista y sancionada en el artículo 494 N° 16 del Código Penal, en la que corresponde a Sandor Patricio Jara Cuevas participación en calidad de autor. 3° Que se considera favorece al requerido la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal, por haber facilitado la resolución de la causa con su admisión de responsabilidad, renunciando a un juicio oral, y en la regulación de la multa se considera el caudal y facultades del imputado para proceder como se indica. Por lo considerado, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 11, 15, 30, 50, 69, 70 y 494 N° 16 del Código Penal, y artículos 388 y 395 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena al requerido Sandor Patricio Jara Cuevas, RUN 11.916.333-1, a una pena de multa de UN TERCIO de
Fallo
se declara: I.- Que se condena al requerido Sandor Patricio Jara Cuevas, RUN 11.916.333-1, a una pena de multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual en calidad de autor de falta consumada Código: JDXWXNXQHKF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl coacción en la persona de Jain Oriet Padron Molina, cometida en Melipeuco el día 25 de abril de 2024. II.- Que no se condena en costas al sentenciado por haber admitido responsabilidad, lo que permitió dictar sentencia de inmediato, evitando la realización de un juicio oral, con el consiguiente ahorro de recursos para el Estado. III.- Que la pena de multa impuesta al sentenciado se tiene por cumplida con el tiempo de detención sufrido entre el 25 y 26 de abril de 2024. Quedan notificados personalmente los intervinientes y, en especial, el sentenciado. Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RUC 2400475946-6, RIT 3126-2024 Dictado por don Luis Alberto Olivares Apablaza, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Temuco. Código: JDXWXNXQHKF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-26T14:42:20-0400
Texto Completo (Preview)
Temuco, veintiséis de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por el Fiscal don Raúl Espinoza Pinto, domiciliado en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 2400475946-6, RIT 3126-2024, ha requerido en procedimiento simplificado a Jaer Palacios Perea, RUN 24.023.533-1, 32 años, trabaja en barbería, domiciliado en Camino
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