Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

RIQUELME/PARÍS ADMINISTRADORA LIMITADA

Rol

O-115-2022

Fecha

23 de mayo de 2022

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y consideraciones de derecho que expone. SEGUNDO: Expone que el día 03 de diciembre de 2014, su representada, ingresó a trabajar a la multitienda PARIS. Sus labores eran las de cajera. La remuneración para efectos del art 172 del Código del Trabajo ascendía a la suma de $933.056 Las funciones que realizaba su representada, consistía en recibir los pagos de los clientes al momento de efectuar sus compras, mantener su espacio de trabajo en orden y efectuar las cuadraturas de caja respectivas. Durante todo el tiempo que su representada prestó servicios, jamás tuvo amonestación alguna, ya que siempre se ha caracterizado por ser una persona trabajadora y de valores. Con fecha 28 de enero de 2022, se cursa despido a su representada, basada en la causal contenida en el art 160 N°7 del Código del Trabajo, esto es, incumplimiento grave de las obligaciones que emanan del contrato de trabajo. Los

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que en la presente causa Rit O-115-2022 comparece don Luis Alejandro Garrido Esparza, Abogado, cédula de identidad número 17.585.487-8, domiciliado en calle Antonio Varas número 687, piso 11, oficina 1.104, comuna y ciudad de Temuco, en representación convencional de doña KATHERINE DEL PILAR RIQUELME BARRA, cédula de identidad número 16.316.062-5, chilena, soltera, trabajadora, e interpone acción de despido injustificado y cobro de prestaciones e indemnizaciones, contra el ex empleador de su representada, PARIS ADMINISTRADORA LIMITADA, empresa del giro de su denominación, rol único tributario número 96.973.670-5, representada legalmente por don ÁLVARO MIGUEL FIGARI VERSIN, desconoce profesión u oficio, cédula de identidad número 10.002.784-4, o por quien la represente en conformidad a lo dispuesto en el artículo 4o del Código del Trabajo, ambos domiciliados en AVENIDA ALEMANIA No 671, SUC PARIS, TEMUCO., con el objeto que se acoja la presente demanda, en atención a los antecedentes de hecho y consideraciones de derecho que expone. SEGUNDO: Expone que el día 03 de diciembre de 2014, su representada, ingresó a trabajar a la multitienda PARIS. Sus labores eran las de cajera. La remuneración para efectos del art 172 del Código del Trabajo ascendía a la suma de $933.056 Las funciones que realizaba su representada, consistía en recibir los pagos de los clientes al momento de efectuar sus compras, mantener su espacio de trabajo en orden y efectuar las cuadraturas de caja respectivas. Durante todo el tiempo que su representada prestó servicios, jamás tuvo amonestación alguna, ya que siempre se ha caracterizado por ser una persona trabajadora y de valores. Con fecha 28 de enero de 2022, se cursa despido a su representada, basada en la causal contenida en el art 160 N°7 del Código del Trabajo, esto es, incumplimiento grave de las obligaciones que emanan del contrato de trabajo. Los fundamentos que esgrime la demandada son los siguientes: “Los hechos que fundamentan y justifican la causal de terminación inmediata de su contrato de trabajo, dicen relación con una situación ocurrida en el mes de diciembre de 2021, en la tienda donde Ud. cumple sus funciones de cajera en la tienda Paris Temuco Portal, después de haber terminado una investigación con fecha 26 de enero de 2022, donde se demuestra que Ud. ha faltado gravemente a su condición de cajera y a las responsabilidades que nuestra empresa le confió, los cuales pasamos a detallar. El día lunes 06 de Diciembre del 2022, siendo las 17:31 horas aproximadamente, estando una cliente en la sala de ventas de la tienda Paris portal Temuco. Sra. Ana Díaz, realizando una transacción en sector donde Ud. Trabaja, al abrir su bolso se le cae al piso unos billetes en una especie de bulto o envueltos por una cantidad de $100.000.-, este dinero fue encontrado por otra cliente en ese sector de la tienda, la cual procede a entregar a Ud., dinero que debió ser informado como sobrante de caja o

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE RECHAZA la demanda interpuesta por don Luis Alejandro Garrido Esparza, Abogado, en representación de doña KATHERINE DEL PILAR RIQUELME BARRA, cédula de identidad número 16.316.062-5, en contra el ex empleador de su representada, PARIS ADMINISTRADORA LIMITADA, empresa del giro de su denominación, rol único tributario número 96.973.670-5, representada legalmente por don ÁLVARO MIGUEL FIGARI VERSIN, y en consecuencia se declara que el despido de 28 de enero de 2022 por la causal de incumplimiento grave de las obligaciones se encuentra ajustada a derecho. II.-Cada parte soportará sus costas. RIT O-115-2022 RUC 22- 4-0384486-5 Pronunciada por doña MARTA PAOLA ALVAREZ BASAEZ, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. En Temuco a veintitrés de mayo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

Temuco, veintitrés de mayo de dos mil veintidós VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que en la presente causa Rit O-115-2022 comparece don Luis Alejandro Garrido Esparza, Abogado, cédula de identidad número 17.585.487-8, domiciliado en calle Antonio Varas número 687, piso 11, oficina 1.104, comuna y ciudad de Temuco, en representación convencional de doña KATHERINE DEL PILAR RIQUELME BARRA, cédul

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