BANCO SANTANDER-CHILE./AZÓCAR
Rol
C-1788-2018
Fecha
11 de marzo de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 21 de Septiembre de 2018 comparece PAUL CHATEAU UNDURRAGA, abogado, en representaci n convencional del ó BANCO SANTANDER -CHILE, sociedad an nima del giro de su denominaci n, representada por su Gerenteó ó General don Claudio Melandri Hinojosa, factor de comercio, domiciliado para estos efectos en calle Agustina n 785, piso 7 , comuna de Santiago, quien deduce demanda° ° ejecutiva de cobro de pagar en contra de don é LUIS EDUARDO AZOCAR PINCHEIRA, ignora profesi n u oficio, domiciliado enó PASAJE EL ROSAL 146, SAN ANTONIO. Justific ndose se ala que el Pagar Ná ñ é ° 680033291818, que se acompa a,ñ fue suscrito por el demandado con fecha 12-08-2016, a la orden de Banco Santander - Chile, por la suma de $12.287.431, pr stamo que ste recibi en dinero efectivo,é é ó pagadero en 70 cuotas mensuales y sucesivas de $253.662, a contar del 05-10-2016 y hasta el 05-07-2022, y una ltima cuota deú $253677, con vencimiento el d aí 05/08/2022. Agrega que el demandado se encuentra en mora desde el 05-10-2017, fecha en la cual debi haber pagado la cuota n meroó ú 13 del pr stamo otorgado,é adeudando a su representada la suma de $10.005.480, m s los correspondientes interesesá convencionales y penales hasta la fecha de su pago efectivo, reajustes y costas. Indica que en el pagar se estipulo que "El banco podr hacer exigible el pago total de la sumaé á adeudada o del saldo a que sta se halle reducida,
Fundamentos
considerando la presente obligaci né ó como de plazo vencido, en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas en que se divide esta obligaci n, sea de capital y/o intereses, seanó consecutivas o no, sin perjuicio de los dem s derechos del acreedor". Afirma que elá suscriptor liber al Banco Santander - Chile de la obligaci n de protesto y que el pagaró ó é referido se encuentra exento del impuesto de Timbres y Estampillas, conforme con el art culo 24 N 17 del Decreto Ley N 3.475. La firma del suscriptor en los documentosí ° ° se encuentra autorizada ante Notario, por lo que el t tulo goza de m rito ejecutivo deí é C-1788-2018 Foja: 1 acuerdo a lo establecido en el art culo 434 N 4 del C digo de Procedimiento Civil. Laí ° ó deuda es l quida, actualmente exigible, y su acci n no se encuentra prescrita; por lo queí ó solicita que, en definitiva, se acoja la demanda y se ordene seguir adelante con la ejecuci n hasta obtener el entero pago de lo adeudado a su representado, m s intereses yó á costas. Con fecha 5 de Junio de 2019 se requiere de pago al demandado. Con fecha 11 de Junio de 2019 la parte demandada opone a la ejecuci n lasó excepciones contempladas en los numerales 1 y 4 del art culo 464 del C digo deí ó Procedimiento Civil, solicitando se declaren admisibles y se niegue lugar a la ejecuci n,ó con costas. Con fecha 23 de Julio de 2019 la ejecutante evac a el traslado correspondiente.ú Con fecha 25 de Julio de 2019
Fallo
se declaran admisibles y se reciben a prueba las excepciones opuestas. Con fecha 16 de Febrero de 2021 se cita a las partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Paul Chateau Undurraga, abogado, en representaci n convencional del ó BANCO SANTANDER -CHILE, quien deduce demanda ejecutiva en contra de don LUIS EDUARDO AZOCAR PINCHEIRA, para el cobro del Pagar Né ° 680033291818, suscrito por el demandado con fecha 12- 08-2016, a la orden de Banco Santander - Chile, por la suma de $12.287.431, cuyo pago se pact en cuotas, exigibles a contar deló 05-10-2016, argumentando que el demandado se encuentra en mora desde el 05-10-2017, adeudando a su representada la suma de $10.005.480, monto por lo que solicita se acoja la demanda, con intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: Que el demandado opuso a la ejecuci n la excepci n contempladaó ó en el N 1 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, º í ó "La incompetencia del tribunal ante quien se haya presentado la demanda". Funda la excepci n en que a la fecha de interposici n de la demanda su domicilio se ubica enó ó calle Central 204, comuna de Vi a del Mar, y no en el domicilio se alado en el libelo,ñ ñ por lo que este tribunal carecer a de competencia relativa, y solicita se acoja la excepci ní ó opuesta, con costas. Adem s, el ejecutado opone la excepci n prevista en el N 4 del art culo 464 delá ó ° í C digo de Procedimiento Civil en el modo de formular la demanda, en conformidad aó C-1788-2018 Foj
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C-1788-2018 Foja: 1 FOJA: 44 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de San Antonioº CAUSA ROL : C-1788-2018 CARATULADO : BANCO SANTANDER-CHILE./AZ CARÓ San Antonio, once de Marzo de dos mil veintiuno VISTO: Con fecha 21 de Septiembre de 2018 comparece PAUL CHATEAU UNDURRAGA, abogado, en representaci n convencional del ó BANCO SANTANDER -CHILE, sociedad an nima del giro
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