NAVARRO/I. MUNICIPALIDAD PUERTO MONTT - DISAM
Rol
M-215-2021
Fecha
23 de mayo de 2022
Materia
Horas extras
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos acreditados: QUINTO: Que con el mérito de la prueba rendida se acreditó lo siguiente: 1.- Que el demandante presta servicios para el Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM), en virtud de un contrato de trabajo que se encuentra vigente, desempeñando la función de conductor de buses municipales. Este hecho afirmado en la demanda no ha sido controvertido por la demandada en la contestación. La documental acompañada por ambas partes y la testifical rendida por el demandante también acredita que esas son las funciones que de desempeña el actor. 2.- Que el Jefe de la Unidad de Transportes del Departamento de Administración Municipal y jefe directo del demandante es don Dante Sigoña Vidal. Este hecho se establece con la documental incorporada por el demandante y con la confesional de don Egidio Cáceres en la diligencia de absolución de posiciones en representación de la Municipalidad demandada. 3.- Que a raíz del brote del virus denominado coronavirus-2, la Municipalidad de Puerto Montt autorizó a funcionarios municipales, entre ellos al demandante de autos, para el traslado de personal desde el Hospital Base de Puerto Montt hasta sus domicilios, pagando estos servicios como horas extraordinarias. Este hecho se establece con el Decreto N° 4516 de fecha 21 de abril de 2020 suscrito por don Gervoy Paredes Rojas, Alcalde de la Municipalidad e Puerto Montt y complementos. En este mismo sentido declaran los dos testigos presentados por el actor. 4.- Que el servicio de traslado de personal desde el Hospital Base de Puerto Montt hasta sus domicilios, se efectuaba en jornada de la tarde después de las 19.00 horas y se extendía generalmente hasta las 22.00 horas de cada día, siendo su número variable. Este es un hecho afirmado en la demanda que no ha sido negado expresamente por la demandada en su contestación, lo que, además, aparece corroborado por el relato de los dos testigos presentados por la parte demandante al juicio, quienes aseveran que
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que en estos autos Rit M-215-2021, don Luis Navarro Millanquen, conductor de buses municipales, domiciliado para estos efectos en Concepción 120, oficina n° 601, Puerto Montt, interpone demanda por cobro de sobresueldo o pago de horas extraordinarias en contra de su empleador Ilustre Municipalidad de Puerto Montt (D.A.E.M), sociedad del giro de su denominación, Rut 69.220.100-0, representada legalmente por don Gervoy Paredes Rojas, Rut 10.065.018-5, ignora profesión u oficio, o por quien corresponda de acuerdo al artículo 4 del Código del Trabajo, ambos con domicilio en San Felipe 80, Puerto Montt; en mérito de las siguientes consideraciones de hecho y de derecho que pasa a exponer. Señala que presta servicios a la Municipalidad de Puerto Montt, vinculado con un contrato de trabajo, sus labores consisten en la conducción de vehículos municipales, especialmente para el DAEM de Puerto Montt, su jefe directo es don Dante Sigoña Vidal. Indica que cumple por contrato de trabajo con un horario de Lunes a Viernes de 8.30 a 17.30 horas. Refiere que a raíz de la pandemia el municipio le pidió servir horas extraordinarias para el traslado de personal y profesionales de salud desde el Hospital Base de Puerto Montt hasta sus domicilios. Estos servicios de horas extraordinarias se prestaban después de las 19 horas, y se extendían generalmente hasta las 22 horas de cada día, siendo su número variable, y atendida la gravedad de la crisis sanitaria se prolongaron en el tiempo hasta el mes de septiembre de 2021. Afirma que, atendida la gran cantidad de horas extraordinarias trabajadas, problemas presupuestarios y reglamentarios, el municipio no le pagó la totalidad de las horas extraordinarias trabajadas desde noviembre de 2020 hasta el mes septiembre de 2021. En un recuadro señala las horas extraordinarias pendientes de pago, y, además, el valor de cada hora, factores que determinan la suma total adeudada. LUIS NAVARRO MILLANQUEN MES/AÑO HRS. EXTRAS REALIZADAS HRS. EXTRAS REMUNERADAS HRS. EXTRAS PENDIENTE PAGO OBSERVACIONES FEBRERO 5 5 NO CANCELADO MARZO 2021 10 10 SALDO NO CANCELADO ABRIL 2021 42 42 NO CANCELADO MAYO 2021 45 45 NO CANCELADO JUNIO 2021 51 51 NO CANCELADO JULIO 2021 51 51 NO CANCELADO AGOSTO 2021 47 47 NO CANCELADO TOTAL HORAS EXTRAS PENDIENTES 251 En resumen, sostiene que no se le han pagado 251 horas extraordinarias, con un valor de $6.400, cada hora extraordinaria, lo que arroja la suma adeudada de $ 1.606.400. Argumenta que estas remuneraciones adeudadas han sido reconocidas por su jefe Dante Sigoña Vidal, en los memorándums, y en la carta que he ha hecho llegar al municipio el 18 de octubre de 2021, y en el recorte de prensa. Pide, se acoja la demanda y se condene a la Municipalidad de Puerto Montt, al pago de las horas adeudadas, por la suma de $1.606.400, de acuerdo al cuadro indicado en el cuerpo de su escrito, todo con intereses, reajustes y costas. SE
Fallo
por tanto desde el Alcalde ofreció el trasporte escolar para hacer el traslado del personal del Hospital. Se le dijo que como era un trabajo extraordinario se le iba a pagar horas extras y se hizo un decreto en que ellos como conductores iban a hacer los recorridos. Están las bitácoras de los recorridos que realizaban, también estaba el registro de la portería, mas el reloj control cuando se podía firmar. También estaban los registros en el Hospital. Sabe que al demandante se le adeuda desde abril en adelante un aproximado de 250 horas. En el contraexamen señala que hubo un abono a mediados de octubre. Fueron a la Contraloría a hacer las consultas, quienes le dijeron que hagan una carta al Alcalde, lo hicieron pero no tuvieron respuesta. Dante Sigoña estaba haciendo las gestiones para el pago de las horas. CUARTO: Que la parte demandada incorporó la siguiente prueba documental: 1. Ordinario N° 57 de fecha 08 de julio de 2020, de jefe de DAEM de Puerto Montt a jefes de Unidades y departamentos DAEM. 2. Asistencia de don Luis Navarro, vía marcación electrónica a través de sistema empresa Geovictoria de los meses de marzo a agosto del año 2021. 3. Ordinario N° 12 de 26 de mayo de 2021, de Jefe de Administración y Finanzas DAEM a jefes de Unidad y/o departamentos. 4. Liquidaciones de remuneración de don Luis Navarro de los meses de marzo a agosto de 2021. 5. Comprobante de pago horas extras Banco de Estado. Hechos acreditados: QUINTO: Que con el mérito de la prueba rendida
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Puerto Montt, veintitrés de mayo de dos mil veintidós. Vistos, Oídos y considerando: PRIMERO: Que en estos autos Rit M-215-2021, don Luis Navarro Millanquen, conductor de buses municipales, domiciliado para estos efectos en Concepción 120, oficina n° 601, Puerto Montt, interpone demanda por cobro de sobresueldo o pago de horas extraordinarias en contra de su empleador Ilustre Municipalidad de Pue
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