C/ DANILO ANDRÉS VERDUGO MAGAÑA
Rol
O-2761-2023
Fecha
25 de abril de 2024
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente en los artículos: 1, 3, 11 N° 9, 14, 15, 18, 21, 30, 68, 69, 436 del Código Penal; artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: Código: XXXXXNJXJFF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl l.- Se condena a Danilo Andrés Verdugo Magaña, ya individualizado en esta causa, a la pena de ciento noventa y ocho días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° del Código Penal, consumado, perpetrado en esta jurisdicción el día 10 de octubre del año 2023. II.- Que la pena corporal impuesta se tiene por cumplida con el tiempo que ha permanecido el imputado privado de libertad por esta causa, esto es, desde el día 10 de octubre del 2023 a la fecha lo que hace un total de ciento noventa y ocho días. Regístrese. Dese cumplimiento del artículo 468 del Código Procesal Penal. Se tiene presente la renuncia a los plazos por parte de los intervinientes y en consecuencia, por ejecutoriada la presente sentencia. Se da orden de libertad al sentenciado, cúmplase por Gendarmería de Chile. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO, Juez Titular del 10° Juzgado de Garantía de Santiago. /amgs Código: XXXXXNJXJFF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-26T10:59:02-0400
Fallo
se declara: Código: XXXXXNJXJFF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl l.- Se condena a Danilo Andrés Verdugo Magaña, ya individualizado en esta causa, a la pena de ciento noventa y ocho días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° del Código Penal, consumado, perpetrado en esta jurisdicción el día 10 de octubre del año 2023. II.- Que la pena corporal impuesta se tiene por cumplida con el tiempo que ha permanecido el imputado privado de libertad por esta causa, esto es, desde el día 10 de octubre del 2023 a la fecha lo que hace un total de ciento noventa y ocho días. Regístrese. Dese cumplimiento del artículo 468 del Código Procesal Penal. Se tiene presente la renuncia a los plazos por parte de los intervinientes y en consecuencia, por ejecutoriada la presente sentencia. Se da orden de libertad al sentenciado, cúmplase por Gendarmería de Chile. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO, Juez Titular del 10° Juzgado de Garantía de Santiago. /amgs Código: XXXXXNJXJFF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-26T10:59:02-0400
Texto Completo (Preview)
RUC : 2301094473-2 RIT : 2761 - 2023 MAGISTRADO : GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO NOMBRE IMPUTADO : DANILO ANDRÉS VERDUGO MAGAÑA CEDULA DE IDENTIDAD : 0013494320-3 DOMICILIO : Calle Paseo Grohnert depto204 Nº 5811, comuna de Pedro Aguirre Cerda. FISCAL : Miguel Villavicencio C. DEFENSOR PÚBLICO : Camila Berrios M. TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : veinticinco de
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