Juzgado de Garantía de Arauco.

C/ MIGUEL ANGEL RETAMAL LEAL

Rol

O-349-2023

Fecha

24 de abril de 2024

Materia

DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “En la comuna de Arauco, con fecha 10/01/2022, siendo las 10:00 horas aproximadamente, en domicilio de la víctima, ubicado en calle La Unión N° 233, sector caleta Tubul, el imputado MIGUEL ÁNGEL RETAMAL LEAL, llegó hasta el domicilio de la víctima antes indicado, incumpliendo de ésta forma la medida cautelar que recae a favor de la víctima ROMINA FERNANDA LÓPEZ SALAZAR, consistente en la que señala el artículo 9 letra b) de la ley 20.066, esto es prohibición de acercarse a la víctima, su domicilio, lugar de estudios o cualquier lugar donde ésta se encuentre, decretada en causa RUC N° 21-2-2610829-4, RIT F-171-2021 por el Juzgado de Letras y Familia de Arauco, estando vigente al momento de cometido el hecho y notificada al imputado con fecha 17/11/2021..” Los

Fundamentos

fundamentos de la sentencia quedan registrados en audio, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 41 del Código Procesal Penal. B.- Sentencia: Vistos:

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 25, 30, 49, 51, 67 del Código Penal; artículos 240 del Código de Procedimiento Civil; artículos 45, 47, 348, 388, 390, y 395 del Código Procesal Penal; y artículo 1, 4, y 38 de la Ley 18.216, SE RESUELVE: I.- Que, SE CONDENA a MIGUEL ÁNGEL RETAMAL LEAL, cédula de identidad N° 17.019.184-6, a la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MÍNIMO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su Código: XPZXNSHEJE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl responsabilidad como autor de un delito consumado de desacato, cometido el día 10 de enero del año 2022, en la comuna de Arauco. II.- Que, SE SUSTITUYE la pena privativa de libertad impuesta por la de REMISIÓN CONDICIONAL durante el lapso de 1 AÑO, imponiéndole las siguientes condiciones: a. Residencia en la comuna de Arauco, la que podrá ser cambiada, en casos especiales, según calificación de Gendarmería de Chile. b. Sujeción al control administrativo y a la asistencia de Gendarmería de Chile a través del Centro de Detención Preventiva de Arauco, en la forma que precisa el respectivo reglamento. Finalmente, para iniciar el cumplimiento de la pena sustitutiva impuesta, deberá presentarse dentro de los cinco días siguientes a que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada, en el Centro de Detención Preventiva an

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Preparación de Juicio Oral Fecha Arauco, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. Magistrado ALBERTO JARAQUEMADA CARRASCO Fiscal CARLA ORTEGA CABRERA Defensor SANDRA CAMPOS QUIROZ Hora inicio 11:50 horas Hora término 12:22 horas Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Arauco Acta Alfonso Barra San Martín RUC 2200034000-K RIT 349 - 2023 Víctima R.U.T Dire

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica