Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ GABRIEL IGNACIO PAREDES MUÑOZ

Rol

O-8789-2023

Fecha

24 de abril de 2024

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. RIT - RUC - Pronunciada por don CRISTIAN ARTURO ALFONSO DURRUTY, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Nvb. Código: QDQZXNFXXEE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-24T21:13:05-0400

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 49, 70 y del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, SE CONDENA a GABRIEL IGNACIO PAREDES MUÑOZ, RUN N° - , ya individualizado, como autor del delito consumado de daños simples, en perjuicio de Local Living Club, cometido en Puerto Montt el día 12 de noviembre de 2023, al PAGO de multa de DOS TERCIOS de unidad tributaria mensual, la cual se le da por pagada con los dos días de detención que le han afectado en la presente causa, correspondiente a los días 12 de noviembre de 2023 y desde 23 al 24 de abril de 2024. II.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. RIT - RUC - Pronunciada por don CRISTIAN ARTURO ALFONSO DURRUTY, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Nvb. Código: QDQZXNFXXEE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-24T21:13:05-0400

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 49, 70 y del Código Penal; artículos

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