Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán

MERINO CON CLUB RESTAURANTE FABRIZIO ALONSO SAAVEDRA DE LA FUENTE E.I.R.L.

Rol

M-120-2022

Fecha

20 de mayo de 2022

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Primero: Que comparece JONATHAN CRISTÓBAL MERINO SOTO, trabajador, cédula de identidad nacional Nº 19.796.103-1, domiciliado en CAMINO A LAS MARIPOSAS KM 5, CHILLÁN, comuna Chillán, región de Ñuble, quien encontrándose dentro del plazo legal, viene en interponer demanda en procedimiento monitorio por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales en contra de ex empleador CLUB RESTAURANT FABRIZIO ALONSO SAAVEDRA DE LA FUENTE E.I.R.L., del giro de su denominación, representada legalmente de acuerdo al artículo 4° del Código del Trabajo por don FABRIZIO ALONSO SAAVEDRA DE LA FUENTE, desconoce profesión u oficio, o por quien al momento de la práctica de notificación haga las veces de tal conforme a dicha disposición, ambos con domicilio en AV. ARGENTINA Nº 137, COMUNA DE CHILLÁN, REGIÓN ÑUBLE, en virtud de los argumentos de hecho y

Fundamentos

fundamentos de derecho que a continuación expone: I. RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS 1. Que, con fecha 1 de octubre de 2021 comenzó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para CLUB RESTAURANT FABRIZIO ALONSO SAAVEDRA DE LA FUENTE E.I.R.L., el cual se encuentra ubicado en Avenida Argentina N° 137, comuna de Chillán. 2. Que, fue contratado para desempeñar la labor de JEFE DE BAR, escriturándose contrato de trabajo INDEFINIDO. Señala que primitivamente realizaría la labor de barteneder, sin embargo, con el transcurrir de los días su empleador le solicitó que realizara la carta del bar y que se hiciera cargo del mismo, mejorándole la remuneración y cambiando sus funciones. 3. Que, para efectos del cálculo de las indemnizaciones que procedan su última remuneración mensual asciende a la suma de $450.000, conforme lo dispone la cláusula cuarta de mi contrato de trabajo. 4. Que, durante toda la relación laboral tuve una conducta acorde con la ética necesaria que demandaba su labor, cumpliendo además con todas y cada una de las obligaciones que le imponía la existencia de la relación laboral y las órdenes que le impartía su ex empleador. 5. Que, con fecha 09 de febrero de 2022, llamó por teléfono a su ex empleador, consultando porque le estaba pagando sus cotizaciones por un monto inferior a la remuneración que habían estipulado de forma verbal. En ese acto él, en forma inmediata, le dice que se encuentra despedido y que no vuelva más a trabajar en el local. 6. Que, con fecha 10 de febrero de 2022, dejó reclamo ante la Inspección del Trabajo, toda vez que consideró injustificado el despido del que fue objeto. 7. Que, nunca se le realizó el envío de carta de aviso de término de contrato, por lo que desconoce la causal del término de la relación laboral. 8. Que, con fecha 01 de marzo de 2022, se llevó a cabo la conciliación ante la Inspección del Trabajo, la que no tuvo resultado satisfactorio para su persona, puesto que su ex empleador NO COMPARECIÓ A PESAR DE HABER SIDO NOTIFICADO POR FUNCIONARIO. 9. Que, a la fecha, su ex empleador, le adeuda las indemnizaciones correspondientes a su desvinculación, esto es, indemnización sustitutiva del aviso previo, feriado proporcional y cotizaciones de seguridad social de AFP PLAN VITAL, FONASA Y AFC. 10. Que, en consecuencia y, atendidos los antecedentes mencionados, se ha hecho necesario iniciar la presente acción judicial para lograr el cobro de las prestaciones debidas. PRESTACIONES LABORALES ADEUDADAS • $450.000.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo, conforme lo dispone el artículo 162 inciso cuarto del Código del Trabajo. • $91.800.- por concepto de feriado proporcional (6,12 días) • $ 135.000.- por concepto de remuneraciones adeudadas de los 9 días del mes de febrero de 2022. • Remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del despido esto es, el 09 de febrero de 2022 y hasta su convalidación, en base a una remuneración me

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 7, 162, 168, 425 y siguientes, 446 y siguientes, 450, 453, 454, 456 y 459, 496 a 502 del Código del Trabajo; 1698 del Código Civil; SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE, con costas, la DEMANDA POR DESPIDO INJUSTIFICADO, NULIDAD DE DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES, en consecuencia, la demandada CLUB RESTAURANT FABRIZIO ALONSO SAAVEDRA DE LA FUENTE E.I.R.L., representada por FABRIZIO ALONSO SAAVEDRA DE LA FUENTE, mantiene la obligación de pagar al actor, las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen en el periodo comprendido entre la fecha del despido, esto es, el 09 de febrero de 2022, hasta su convalidación, según lo dispuesto en los incisos quinto y séptimo del artículo 162 del Código del Trabajo, considerando como monto de remuneración la suma de $450.000.- Debiendo la demandada pagar además al actor las siguientes prestaciones: 1.-La suma de $450.000.- por concepto de Indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.- La suma $91.800.- correspondiente a feriado proporcional. 3.- La suma de $135.000.- por concepto de remuneraciones adeudadas de los 9 días del mes de febrero de 2022. II.- Que la demandada deberá pagar al actor las cotizaciones previsionales y de salud que se adeuden del periodo trabajado. III.- Ofíciese a las instituciones de seguridad social respectivas AFP PLAN VITAL, FONASA Y AFC y al Ministerio Público para los fines que estime pertinentes, una vez que esta sentencia se encuentre ejecutoriad

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán PROCEDIMIENTO: Monitorio MATERIAS: Despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales DEMANDANTE: JONATHAN CRISTÓBAL MERINO SOTO DEMANDADO: CLUB RESTAURANTE FABRIZIO ALONSO SAAVEDRA DE LA FUENTE E.I.R.L RIT: M-120-2022 RUC: 22- 4-0394827-K ________________________________________/ Chillán, veinte de mayo de dos mil veintidós. VIST

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica