Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ RAÚL GUILLERMO PAVEZ PINEIDA

Rol

O-466-2024

Fecha

23 de abril de 2024

Materia

PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO, PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 16 de enero el año 2024, siendo las 05 horas de la madrugada, el requerido Raúl Guillermo Pavés Pineda se desplazaba en el vehículo placa patente JGLV16, en el sector de Eusebio Lillo 190, la comuna de Padre de las Casas. En ese lugar, y producto que efectuaba frenada y aceleraciones del vehículo, salió personal policial, personal de carabineros que mantiene la comisaría en ese sector, a efectuar un control de identidad y una revisión superficial de las vestimentas y específicamente del vehículo. Se identificó ahí al requerido Raúl Guillermo Pavéz Pineda como el conductor del móvil, visualizando personal policial que en la puerta del conductor había dos armas blancas tipo cuchillo y un objeto tipo T de fabricación artesanal, el que es conocidamente usado para la comisión del delito de robo, señalando el requerido que eran de su propiedad, sin que en ninguno de los casos haya podido justificar el porte de dichas especies” Temuco, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro Código: XCPXXNXGBCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excele

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 297 en relación con el artículo 340, 389, 393 bis, 395, del Código Procesal Penal, artículo 1, 15 Nr. 1, 30, 49, 50, 70, 288 bis y 445 del Código Penal; artículos 10, 11 y 24 de la ley 18.216 y demás normas pertinentes, se resuelve I.- Que se CONDENA a RAÚL GUILLERMO PAVEZ PINEIDA, ya individualizado, a las siguientes penas: a).- La pena única de multa de UN TERCIO (1/3) de unidad tributaria mensual como autor del delito de Porte de arma blanca previsto y sancionado en artículo 288 bis del Código P

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RESUMEN RIT : 466 - 2024 RUC : 2400062763-8 MATERIA : Porte de arma blanca previsto y sancionado en artículo 288 bis del Código Penal y Porte de elemento destinado para cometer delito robo, previsto y sancionado en el articulo 445 del Código Penal IMPUTADO : RAÚL GUILLERMO PAVEZ PINEIDA CÉDULA DE IDENTIDAD : 0016342978-0 DOMICILIO : Calle LOS POETAS S/N CAMPAMENTO TRAÑIRRUCA, TEMUCO. ATENUANTES :

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