Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt

GONZALEZ/CHRISTIANSEN SUR SPA

Rol

O-479-2020

Fecha

20 de mayo de 2022

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

ANTECEDENTES DE HECHO I.I En cuanto a la contratación y sus términos Señalan que suscribieron contrato de trabajo, todos de carácter indefinido y para funciones permanentes, con la demandada principal, CHRISTIANSEN SUR SpA., en las siguientes fechas y para cumplir las siguientes funciones: Respecto de Alber Eduardo González Casin, con fecha 23 de agosto de 2017, con funciones de CHOFER y MAESTRO en establecimiento denominado “Filmación de colectores de aguas servidas” ubicada en Región de Los Lagos. En cuanto a su jornada, esta consistía en la jornada ordinaria de 45 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas con colación de una hora entre las 13:00 y las 14:00 horas. En cuanto a su remuneración, ésta se componía de los siguientes haberes: i) sueldo base por el monto de $761.335.- y ii) gratificación legal por el monto de $126.865.- y iii) Bono de Asistencia Especial por el monto promedio de los últimos tres meses de $361.181.- Por tanto, se determina que su última remuneración mensual devengada ascendía a la suma de $1.249.381.- (un millón doscientos cuarenta y nueve mil trescientos ochenta y un pesos). Respecto de Arturo Guillermo Christiansen Villarroel, con fecha 15 de enero de 2016, con funciones de JEFE DE TERRENO en establecimiento denominado “Filmación de colectores de aguas servidas” ubicada en Región de Los Lagos. En cuanto a su jornada, esta consistía en la jornada ordinaria de 45 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas con colación de una hora entre las 13:00 y las 14:00 horas. En cuanto a su remuneración, ésta se componía de los siguientes haberes: i) sueldo base por el monto de $2.612.000.-, ii) gratificación legal por el monto de $126.865.- y iii) bono de colación por el monto de $136.000.- Por tanto, se determina que su última remuneración mensual devengada ascendía a la suma de $2.874.865.- (dos millones ochocientos setenta y cuatro mil ochocientos sesenta y cinco pesos). Respecto de Camil

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que comparecen en estos autos Rit O-479-2020, del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, ALBER EDUARDO GONZÁLEZ CASIN, chileno, cesante, domiciliado en pasaje José Vicencio s/n, sector La Vara, comuna de Puerto Montt, ARTURO GUILLERMO CHRISTIANSEN VILLARROEL, chileno, cesante, domiciliado en El Arrayán, Parcela 14, Lomas de Puerto Chico, comuna de Puerto Varas, CAMILO ESTEBAN ROUSSEL CÁRDENAS, chileno, cesante, domiciliado en Faro Punta Corona n°988, Altos de Tenglo, comuna de Puerto Montt; FELIPE MATÍAS GALLEGOS RAMÍREZ, chileno, cesante, domiciliado en Avenida Robinson Crusoe n° 6308, población Puerta Sur, comuna de Puerto Montt, GERARDO ANDRÉS CABRERA THIELE, chileno, cesante, domiciliado en San Pedro 1041, Villa Casas del Valle, comuna de Frutillar, MARÍA GHISLAINE CHRISTIANSEN VILLARROEL, chilena, cesante, domiciliada en Merino Benítez 34, casa 19-m, sector Pichipelluco, comuna de Puerto Montt; HOMERO JAVIER CARRILLO ALMONACID, chileno, cesante, domiciliado en sector La Vara, Senda Sur km. 3,2, comuna de Puerto Montt; LUIS ARTURO ROMERO ROMERO, chileno, cesante, domiciliado en pasaje 5 n°1470, Villa Los Poetas, comuna de Puerto Montt; MARCOS ANTONIO VICENCIO CAVERO, chileno, cesante, domiciliado en Villa Antihual, calle Rayén n°1277, comuna de Puerto Montt; MARIANELLA LUISA CÁRDENAS VERA, chilena, cesante, domiciliada Faro Punta Corona n°988, Altos de Tenglo, comuna de Puerto Montt; RENATE ANDREA BERKHOFF THIELE, chilena, cesante, domiciliada en Volcán Copahue F2, comuna de Puerto Varas; RICARDO JAVIER MILLALONCO MANSILLA, chileno, cesante, domiciliado en pasaje José Vicencio, Senda Sur km. 3 s/n, comuna de Puerto Montt; VÍCTOR ANDRÉS GONZÁLEZ ASENCIO, chileno, cesante, domiciliado en Serrano 84, Departamento 202, comuna de Puerto Montt; e interponen demanda por nulidad del despido, despido indirecto y cobro de prestaciones laborales, en procedimiento de aplicación general, en contra de la empresa, CHRISTIANSEN SUR SpA., persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por don IAN OLAF CHRISTIANSEN SÁNCHEZ, factor de comercio, o por quien corresponda de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos domiciliados en Inmaculada, sin número, bodega 4, comuna de Puerto Montt o calle Los Eucaliptus, Nº 1720, de la comuna de Villa Alemana o en calle Las Pataguas N° 551, comuna de Puerto Montt, como demandado principal, y en contra de la EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS DE LOS LAGOS ESSAL S.A, persona jurídica del giro de su denominación, RUT N° 97.579.800-5, representada legalmente por don JOSÉ RAÚL SÁEZ ALBORNOZ, Gerente General, o por quien corresponda legalmente en conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos domiciliados en calle Covadonga N° 52, de la ciudad de Puerto Montt, como demandado solidario y/o subsidiario, a fin de que se declaren sus despidos indirectos, la nulidad de los mismos en virtud de haber incurrido las demandadas en

Fallo

Por tanto, se determina que su última remuneración mensual devengada ascendía a la suma de $1.249.381.- (un millón doscientos cuarenta y nueve mil trescientos ochenta y un pesos). Respecto de Arturo Guillermo Christiansen Villarroel, con fecha 15 de enero de 2016, con funciones de JEFE DE TERRENO en establecimiento denominado “Filmación de colectores de aguas servidas” ubicada en Región de Los Lagos. En cuanto a su jornada, esta consistía en la jornada ordinaria de 45 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas con colación de una hora entre las 13:00 y las 14:00 horas. En cuanto a su remuneración, ésta se componía de los siguientes haberes: i) sueldo base por el monto de $2.612.000.-, ii) gratificación legal por el monto de $126.865.- y iii) bono de colación por el monto de $136.000.- Por tanto, se determina que su última remuneración mensual devengada ascendía a la suma de $2.874.865.- (dos millones ochocientos setenta y cuatro mil ochocientos sesenta y cinco pesos). Respecto de Camilo Esteban Roussel Cárdenas, con fecha 27 de septiembre de 2016, con funciones de OPERARIO en establecimiento denominado “Inspección con bomba de humo” ubicado en Panguipulli y La Unión en la Región de Los Ríos. En cuanto a su jornada, esta consistía en la jornada ordinaria de 45 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas con colación de una hora entre las 13:00 y las 14:00 horas. En cuanto a su remuneración, ésta se componía de los siguie

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veinte de mayo de dos mil veintidós. Vistos, Oídos y considerando: PRIMERO: Que comparecen en estos autos Rit O-479-2020, del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, ALBER EDUARDO GONZÁLEZ CASIN, chileno, cesante, domiciliado en pasaje José Vicencio s/n, sector La Vara, comuna de Puerto Montt, ARTURO GUILLERMO CHRISTIANSEN VILLARROEL, chileno, cesante, domiciliado en El Array

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