MP C/ GIOVANNI MAXIMILIANO BRAVO DÍAZ
Rol
O-5234-2022
Fecha
19 de abril de 2024
Materia
DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuestos en los artículos 1, , 11 número y 9, 14,1 , 0 del Código Penal, artículo 240 del código Procedimiento civil, y la ley 200 , artículo y siguientes del Código procesal Penal se declara: 1. que se condena, GIOVANNI MAXIMILIANO BRAVO DÍAZ, ya individualizado, como autor de un delito de DESACATO en grado de consumado perpetrado en Talca el día 2 de julio de 2022, a sufrir la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIDO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a las accesorias de suspensión de cargos u oficio público durante el tiempo de la condena. 2. que no se le condenen costas. . que se le sustituye la pena privativa de libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL, y debiendo quedar sujeto al control del centro de reinserción social de Rancagua por el término de 1 año. Y deberá cumplir la demás exigencia prevista en el artículo de la ley 1 .21 . 4. que si incumplen lo anterior deberá cumplir la pena privativa de libertad en forma efectiva se le contará desde que se presente o sea habido sirviéndole de abono los días 2 de julio de 2022, y 4 de enero de 2024 y 1 y 19 de abril de 2024, que ha estado privado de libertad por esta causa. . Que conforman a lo previsto en el artículo 1 4 del Código orgánico de tribunales, teniendo presente que esta causa pudo haberse juzgado conjuntamente con la causa 99 -2021 de este tribunal, la pena sustitutiva que se le impuso deberá cumplirla conjuntamente con la que cumple la causa 99 - 2021 y desde el día en que dio inicio a dicho cumplimiento. Código: SXGNXNHXLRD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese y en su oportunidad dese cumplimiento a lo previsto en el artículo 4 del Código procesal penal. RENUNCIAN A LOS PLAZOS Y TERMINOS LEGALES Se tiene presente la renuncia ejecutoria de esta sentencia se ordena cumplir con lo previsto en el artículo 4 del Código procesal penal. El condenado queda apercibido par que dentro de décimo día se presente en el centro de reinser
Fundamentos
fundamentos señalados y visto además lo dispuestos en los artículos 1, , 11 número y 9, 14,1 , 0 del Código Penal, artículo 240 del código Procedimiento civil, y la ley 200 , artículo y siguientes del Código procesal Penal
Fallo
se declara: 1. que se condena, GIOVANNI MAXIMILIANO BRAVO DÍAZ, ya individualizado, como autor de un delito de DESACATO en grado de consumado perpetrado en Talca el día 2 de julio de 2022, a sufrir la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIDO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a las accesorias de suspensión de cargos u oficio público durante el tiempo de la condena. 2. que no se le condenen costas. . que se le sustituye la pena privativa de libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL, y debiendo quedar sujeto al control del centro de reinserción social de Rancagua por el término de 1 año. Y deberá cumplir la demás exigencia prevista en el artículo de la ley 1 .21 . 4. que si incumplen lo anterior deberá cumplir la pena privativa de libertad en forma efectiva se le contará desde que se presente o sea habido sirviéndole de abono los días 2 de julio de 2022, y 4 de enero de 2024 y 1 y 19 de abril de 2024, que ha estado privado de libertad por esta causa. . Que conforman a lo previsto en el artículo 1 4 del Código orgánico de tribunales, teniendo presente que esta causa pudo haberse juzgado conjuntamente con la causa 99 -2021 de este tribunal, la pena sustitutiva que se le impuso deberá cumplirla conjuntamente con la que cumple la causa 99 - 2021 y desde el día en que dio inicio a dicho cumplimiento. Código: SXGNXNHXLRD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese y en su oportunidad dese cumplimiento a lo previsto en el artículo 4
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de control de la detención. Fecha Talca, diecinueve de abril de dos mil veinticuatro Magistrado HUMBERTO ANDRES PAIVA PASSERO Fiscal PEDRO SALGADO GONZÁLEZ por PAOLA ANDREA GONZÁLEZ DÍAZ Defensor KARINA ROMERO GARCIA por MARCELA ALEJANDRA CAMERON MAUREIRA Hora inicio 12:02PM Hora termino 12:14PM Sala CUARTA SALA Tribunal Juzgado de Garantía de Talca. Acta ARO Audio
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