20º Juzgado Civil de Santiago

HINOJOSA/

Rol

V-55-2020

Fecha

10 de marzo de 2021

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 9 de marzo de 2020, comparece doña CAMILA HINOJOSA BASTÍAS, comerciante, domiciliada en San Luis 1761, casa 10, Independencia, y viene en deducir reclamo en contra del Sr. Conservador de Bienes Raíces de Santiago, don Luis Maldonado Croquevielle, abogado, domiciliado en calle Morandé N° 440, Santiago, por la negativa a inscribir la Resolución Exenta N° E- 45624 de fecha 29 de noviembre de 2019, de la Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana que da cuenta de la regularización de posesión material del inmueble ubicado en calle San Luis N° 1761, casa 10, de la comuna de Independencia, a su nombre, y en función de lo indicado, ordene al Conservador de Bienes Raíces de Santiago que inscriba el bien raíz precedentemente singularizado. Indica, que con fecha 17 de diciembre de 2019, el Conservador de Bienes Raíces de Santiago rechazo inscribir la resolución citada, del Secretario Regional Ministerial de la Región Metropolitana del Ministerio de Bienes Nacionales, que regulariza posesión de inmueble indicado a su nombre, presentada al citado Conservador por Seremi de Bienes Nacionales como parte del programa de Regularización de Títulos de Dominio, siendo ella la beneficiaria. Señala, que tras la correspondiente tramitación ante el Seremi Metropolitano de Bienes Nacionales, en virtud de lo dispuesto en el DL N° 2695 de 1979, y en el Reglamento contenido en el DS N° 541 de 1996 y sus modificaciones, ambos del Ministerio de Bienes Nacionales y conforme las facultades conferidas en la Resolución N° 1917 del 5 de noviembre de 1996 de la Subsecretaría de Bienes Nacionales; DS N° 57 del 23 de marzo de 2018 del Ministerio de Bienes Nacionales, y la Resolución N° 7 de 26 de marzo deऀ 2019 de la Contraloría General de la República se le reconoció la titularidad y posesión material de la propiedad ubicada en calle San Luis N°1761, casa 10 de la comuna de Independencia y se ordenó la inscripción de dicho lote a su favor. Expli

Fundamentos

considerando que no tiene título inscrito respecto del inmueble regularizado, ordenando la regularización de la posesión material del inmueble, teniendo en cuenta los informes técnicos y jurídicos emitidos por dicha entidad, procediendo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 y siguientes del DL N° 2695 y su Reglamento. Indica, la función del Conservador de Bienes Raíces, y cita las disposiciones pertinentes.' Refiere, que el Conservador no puede asumir la fiscalización de los actos de la autoridad en uso de las atribuciones que la ley le otorga y negarse a inscribir por no cumplirse un plazo que, por lo demás, no señala ni identifica en el citado DL 2695, y que los terceros que puedan ver perjudicados sus derechos podrán recurrir a tribunales en conformidad a la ley. Señala, que por las razones expuestas, y no existiendo duda sobre la validez de la Resolución del Seremi Metropolitano del Ministerio de Bienes Nacionales, tampoco sobre la identidad del beneficiario de la citada resolución o sobre el inmueble a inscribir, es que corresponde se cumpla con lo resuelto por dicha entidad a fin de inscribirse la posesión regular del inmueble ubicado en calle San Luis N° 1761, casa 10, comuna de Independencia, a su nombre, ya que se ha cumplido con toda la tramitación legal. En mérito de lo que expone y disposiciones legales que cita, pide tener por interpuesto reclamo por la negativa a inscribir la Resolución Exenta N° E-45624 de fecha 29 de noviembre de 2019 de la Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana que da cuenta de la regularización de posesión material del inmueble que se individualiza en el cuerpo de esta presentación, y en función de lo indicado, previo informe, acceda a lo solicitado ordenando al Conservador de Bienes Raíces de Santiago que inscriba el Bien Raíz ubicado en calle San Luis N° 1761, casa 10, de la Comuna de Independencia, Santiago, Región Metropolitana, a su nombre. En folio 1, acompañó la documental consistente en caratula N° 15751795 de fecha 29 de noviembre de 2019, emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, solicitado por el Seremi de Bienes Nacionales, en cuyas observaciones se consigna que “hay inscripciones del año 2019, por lo tanto no cumple el plazo del D.L 2695; plano correspondiente a la propiedad de calle San Luis N°1761 casa 10, emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales, División del Catastro Nacional de los Bienes del Estado; y Resolución Exenta N° E-45624, de fecha 29 de noviembre de 2019, emitida por el Ministerio de Bienes Nacionales, en cuya parte resolutiva se consigna: 1.- INSCRÍBASE el inmueble individualizado precedentemente a nombre de doña CAMILA AGNES HINOJOSA BASTÍAS, Cédula de Identidad N° 18.861.919-3, Soltera, domiciliado en Calle San Luis N° 1761, Casa 10, comuna de Independencia, provincia Santiago, Reglón Metropolitana De Santiago, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; 2.- Inscríbase, en el Regis

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces; artículo 728 del Código Civil, y artículo 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Que se rechaza la reclamación formulada en lo principal de la presentación de fecha 9 de marzo de 2020. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. DESE COPIA A LAS PARTES SIN COSTO ALGUNO PARA ELLAS DICTADA POR DOÑA GABRIELA SILVA HERRERA, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diez de marzo de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-03-10T09:11:13-0300

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NOMENCLATURAऀऀ: 1. [40]Sentencia JUZGADO ऀऀऀ: 20º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROLऀऀ: V-55-2020 CARATULADOऀऀ: HINOJOSA/ Santiago, diez de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS: Con fecha 9 de marzo de 2020, comparece doña CAMILA HINOJOSA BASTÍAS, comerciante, domiciliada en San Luis 1761, casa 10, Independencia, y viene en deducir reclamo en contra del Sr. Conservador de Bienes Raíces de Santiago

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