MINISTERIO PÚBLICO C/ LUIS ENRIQUE REBOLLEDO LOYOLA
Rol
O-455-2023
Fecha
23 de abril de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 11 de abril de 2023, alrededor de las 10.30 horas, en el km 48 de la ruta 68, de la comuna de Curacaví, el imputado LUIS ENRIQUE REBOLLEDO LOYOLA, fue fiscalizado por funcionarios policiales, toda vez que conducía el vehículo marca Chevrolet, modelo spark, PPU FSPD-46, color plateado, de forma zigzagueante por la ruta, quien al ser solicitada la documentación del vehículo, funcionarios policiales constataron que el imputado se encontraba bajo los efectos del alcohol por su incoherencia al hablar, halito alcohólico y rostro congestionado e inestabilidad al caminar, por lo que al realizarle la prueba respiratoria intoxilyzer arrojo 3.18 gramos de alcohol por litro de sangre, para posteriormente en el hospital de Curacaví tomar la muestra de sangre para la prueba de alcoholemia, cuyo resultado fue 3.40 gramos de alcohol por litro en la sangre según el SML. Código: DPNNXNZMMFD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Curacaví, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14, 15, 25, 30, 67, 69, 70 y siguientes, todos del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 110 y 196 de la Ley de Tránsito Nº 18.290, se resuelve: I.- Que, se condena a LUIS ENRIQUE REBOLLEDO LOYOLA, cédula nacional de identidad N° 13.367.242-7, ya individualizado, en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110, ambos de la Ley N° 18.290, en grado de desarrollo consumado, cometido en esta jurisdicción el 11 de abril de 2023, a sufrir la pena de setenta y ocho días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, accesoria de cancelación de licencia de conducir y al pago de una multa a beneficio fiscal de UNA unidad tributaria mensu
Fallo
se resuelve: I.- Que, se condena a LUIS ENRIQUE REBOLLEDO LOYOLA, cédula nacional de identidad N° 13.367.242-7, ya individualizado, en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110, ambos de la Ley N° 18.290, en grado de desarrollo consumado, cometido en esta jurisdicción el 11 de abril de 2023, a sufrir la pena de setenta y ocho días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, accesoria de cancelación de licencia de conducir y al pago de una multa a beneficio fiscal de UNA unidad tributaria mensual. II.- Que, se tienen la pena corporal y pecuniaria por cumplidas, en atención al mayor tiempo que estuvo sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva en esta causa, registrando un total de 81 días de abono, según consta en certificación efectuada por el Jefe de Unidad de Causas de este Tribunal, III.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas por haber admitido responsabilidad en los hechos y haber sido representado por la Defensoría Penal Pública. Se deja expresa constancia que los intervinientes renunciaron expresamente a los plazos, por lo cual la sentencia quedó firme y ejecutoriada. Dése cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. R. U. C. 2300396369-1 R. I. T. 455 - 2023 Código: DPNNXNZMMFD
Texto Completo (Preview)
1 RUC : 2300396369-1 RIT : 455 - 2023 NOMBRE IMPUTADO : LUIS ENRIQUE REBOLLEDO LOYOLA CEDULA DE IDENTIDAD : 0013367242-7 FISCAL : DIEGO BARRA MIRANDA DEFENSOR : EDUARDO SAAVEDRA DIAZ TRIBUNAL : Juzgado de Garantía de Curacaví FECHA DE SENTENCIA : veintitrés de abril de dos mil veinticuatro TIPO DE RESOLUCIÓN : Sentencia de Procedimiento Simplificado ATENUANTE : Artículo 11 N° 9 del Código Penal, p
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