Juzgado de Garantía de la Serena.

MP C/ RICARDO ANDRÉS PEREIRA MORT

Rol

O-5730-2022

Fecha

23 de abril de 2024

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

vistos los antecedentes y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía, el Ministerio Público, formuló requerimiento verbal en procedimiento simplificado, en contra de RICARDO ANDRÉS PEREIRA MORT, cédula de identidad N° . . - , nacido el de enero de 83, chileno, soltero, domiciliado en calle Cinco N° , Población Argentina, comuna de Quilpué.- SEGUNDO: Que con esta fecha se celebró audiencia de procedimiento simplificado con la asistencia de todos los intervinientes, y se dio lectura al requerimiento, el que versa sobre los siguientes hechos: “El día de octubre de , a las : horas aproximadamente, en la intersección de la Ruta Norte y Avenida Huanhualí, La Serena, los imputados RICARDO ANDRÉS PEREIRA MORT y JONATHAN PATRICIO MANRÍQUEZ ESTAY, fueron sorprendidos por personal de la Brigada de Investigación Criminal de La Serena, poseyendo las siguientes especies: dos escaleras plegables de aluminio y una escalera, tipo tijera, de aluminio y un parlante, de propiedad de la víctima Alexis Jesús Jopia Aravena; y un mesón refrigerador, marca OPICC, de dos puertas de color gris metálico, y dos puertas de madera, de propiedad de la víctima Karla Andrea López Ocaranza; sabiendo los imputados o no pudiendo menos que saber el origen ilícito de dichas especies, ya que apostaron sobre el refrigerador y sobre las escaleras, mantas a fin de ocultarlas y evitar su recuperación.”. Estos hechos fueron calificados por el Ministerio Público como constitutivos del delito consumado de receptación, previsto y sancionado en el artículo bis A del Código Penal, en el que el imputado ha tenido participación directa en calidad de autor, solicitando la aplicación de una pena de quinientos cuarenta días de presidio menor en su grado mínimo, multa de diez unidades tributarias mensuales, además de la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, con Código: SQDLXNBEXDD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : - . R I T N º : - . D E L I T O : R e c e p t a c i ó n d e e s p e c i e s ( C ó d i g o P e n a l , a r t . 4 5 6 b i s A ) S E N T E N C I A D O : R I C A R D O A N D R É S P E R E I R A M O R T . - R I T - P á g i n a costas, indicando que no concurren a su respecto circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. TERCERO: Que en la misma audiencia antes indicada, el representante del órgano persecutor, con el objeto que el imputado admita responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, le reconocería la circunstancia atenuante del artículo N° del Código Penal, y solicita en definitiva para ese evento, se le imponga la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo y multa de un tercio de una unidad tributaria mensual, sin costas. CUARTO: Que informado de sus derechos y advertido de las consecuencias legales de su decisión, según consta en la audiencia respectiva, el imputado ha reconocido su respons

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos , 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos , , 7, N° , Nº , Nº , , 3 , , 7 , 3 , N° 3, , bis A del Código Penal, y artículos y de la Ley N° 8. , SE DECLARA: I.- Que se condena a RICARDO ANDRÉS PEREIRA MORT, cédula de identidad Nº . . - , antes individualizado, a una pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, a la suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena y al pago de una multa equivalente a una unidad tributaria mensual, como autor de un delito consumado de receptación de especies, previsto y sancionado en el artículo bis A del Código Penal, cometido el de octubre de , en esta comuna. II.- Que la multa se tendrá por cumplida en atención al tiempo que el sentenciado permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es, a los días de octubre de , y 3 de diciembre de . III.- Que se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional, por el período de un año, quedando sujeto al control administrativo y Código: SQDLXNBEXDD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : - . R I T N º : - . D E L I T O : R e c e p t a c i ó n d e e s p e c i e s ( C ó d i g o P e n a l , a r t . 4 5 6 b i s A ) S E N T E N C I A D O : R I C A R D O A N D R É S P E R E I R A M O R T . - R I T - P á g i n a asistenci

Texto Completo (Preview)

P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : - . R I T N º : - . D E L I T O : R e c e p t a c i ó n d e e s p e c i e s ( C ó d i g o P e n a l , a r t . 4 5 6 b i s A ) S E N T E N C I A D O : R I C A R D O A N D R É S P E R E I R A M O R T . - R I T - P á g i n a La Serena, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro.- Oídos los intervinientes, vistos los antecedentes y

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