2º Juzgado Civil de San Miguel

FIGUEROA/

Rol

V-99-2020

Fecha

9 de marzo de 2021

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Comparece do a ñ Mar a del Carmen Figueroa Figueroaí , profesora, domiciliada en calle Araucaria n 186 de la comuna de EL Bosque, en gesti n voluntaria sobre reclamo de° ó negativa del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel.í Explica que fecha 14 de abril del 2010, ante el se or Notario suplente de la Notar a deñ í do a Esmeralda Luz Mu oz Iglesias, celebr un contrato de cesi n de derechos con do a Mar añ ñ ó ó ñ í Luz Figueroa Ahumada y con do a Delicia del Carmen Figueroa Ahumada; con fecha 16 deñ junio de 2011 ante Notario P blico Titular de la Vig sima Octava Notar a de Santiago, celebrú é í ó el mismo contrato con do a Irma del Rosario Figueroa Ahumada y don Carlos Hern n Figueroañ á Ahumada; con fecha 11 de octubre de 2011, ante la se ora Notario do a Esmeralda Luz Mu ozñ ñ ñ Iglesias, celebr el contrato con don Rafael Rub n Figueroa Ahumada y por ltimo, el 01 deó é ú diciembre de 2011 ante la se ora Notario do a Esmeralda Luz Mu oz Iglesias con asiento en elñ ñ ñ Bosque, celebr el contrato con do a Zoila Marina Figueroa Ahumada. Por medios de estosó ñ contratos, los cedentes le venden, ceden y transfieren a t tulo universal, en su calidad deí herederos abintestatos, de su hermano don Luis Arturo Figueroa Ahumada, fallecido el 8 de julio del a o 2008 - cuya posesi n efectiva aun no hab a sido solicitada- la totalidad de los derechosñ ó í hereditarios, que les correspond an como herederos a cualquier t tulo en la herencia de don í í Luis Arturo Figueroa Ahumada. As las cosas, la herencia dejada por don Luis Arturo Figueroaí Ahumada, solo comprende el inmueble ubicado en calle Araucaria n 186 de la comuna de El° Bosque, rol aval o n 2167-26.ú º Agrega que el precio de las cesiones, fue pagado y adem s, ella habita el inmuebleá indicado por m s de 35 a os.á ñ Dice que la posesi n efectiva de don Luis Arturo Figueroa Ahumada, fue solicitada yó obtenida por los cedentes e inscrita en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de San Migue

Fundamentos

Considerando: Primero: Que pedido informe, el reclamado se ala que se le requiri la inscripci n de lañ ó ó rectificaci n de posesi n efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de don ó ó Luis Arturo Figueroa Ahumada y cuya inscripci n especial de herencia corre a fojas 17367 n 13406,ó ° correspondiente al registro de propiedad del a o 2013. Del examen de dicho t tulo se desprendeñ í que Mar a Luz Figueroa Ahumada, Irma del Rosario Figueroa Ahumada, Carlos Hern ní á Figueroa Ahumada, Delicia del Carmen Figueroa Ahumada, Gladys Aurora Figueroa Ahumada, Jose Rene Figueroa Ahumada, Rafael Rub n Figueroa Ahumada y Zoila Marina Figueroaé Ahumada, son due os del lote A, del plano de subdivisi n archivado bajo el n 3.345, delñ ó ° inmueble ubicado en calle Araucaria n 198, comuna de La Cisterna, hoy comuna de El Bosque,° rol de aval o n 2167-26. La inscripci n se practic de conformidad con posesi n efectivaú ° ó ó ó contenida en Resoluci n Exenta n 20982 de fecha 08 de julio de 2013, emanada del Directoró ° Regional, Regi n Metropolitana del Servicio de Registro Civil e Identificaci n, oficina Eló ó Bosque. De acuerdo a lo se alado por la reclamante de autos, mediante una serie de escriturasñ p blicas de cesi n de derechos hereditarios, adquiri de Mar a Luz Figueroa Ahumada, Irma delú ó ó í Rosario Figueroa Ahumada, Carlos Hern n Figueroa Ahumada, Delicia del Carmen Figueroaá Ahumada, Gladys Aurora Figueroa Ahumada, Jos Rene Figueroa Ahumada, Rafael Rub né é Figueroa Ahumada y Zoila Marina Figueroa Ahumada, Los derechos hereditarios que les“ corresponden como herederos a cualquier t tulo en la herencia de don Luis Arturo Figueroaí Ahumada y hace presente que las cesiones mencionadas corresponden a ” cesiones a t tuloí universal, tal como se desprende de la lectura de la mismas. As , el tema relativo a las cesionesí de derecho a t tulo universal, ha sido ampliamente debatido a nivel doctrinario y jurisprudencial,í y mayoritariamente se ha sostenido que en este tipo de cesiones s lo se transfieren los derechosó que ten a el causante, vale decir, la cuota de derechos que le corresponden en la universalidadí jur dica, y que por lo tanto, no pueden radicarse anticipadamente en un bien determinado hastaí tanto no se efect e la partici n de bienes.ú ó Al respecto, Somarriva sostiene que el derecho de herencia es diferente al de dominio y por ende la herencia en s misma como universalidad no puede ser considerada como un“ í derecho inmueble, aunque en la masa hereditaria existan bienes ra ces, ya que el derecho seí tiene sobre la universalidad en s mismo y no sobre bienes determinados .í ” En este mismo sentido la Corte Suprema de Justicia, el 29 de octubre de 2013, en causa rol n 8920-2012, consider que la naturaleza jur dica del derecho real de herencia es distinta de° ó í los bienes muebles o inmuebles que lo integran, se alando que dado que el art culo 686 delñ “ í C digo Civil no menciona la necesidad de inscribir el derecho real de herencia, su tran

Fallo

Por estas consideraciones y visto adem s lo dispuesto por los art culos 14 y 18á í Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Ra ces; art culo 704 del C digo Civil; yí í ó art culos 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se resuelve que se í ó rechaza la solicitud, sin perjuicio de otros derechos. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Dictada por do a Katherine Grace Campbell Espinosa, Juez Suplente.ñ RIT« » Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, nueve de Marzo de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-03-09T13:44:47-0300

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : V-99-2020 CARATULADO : FIGUEROA/ San Miguel, nueve de Marzo de dos mil veintiuno Vistos: Comparece do a ñ Mar a del Carmen Figueroa Figueroaí , profesora, domiciliada en calle Araucaria n 186 de la comuna de EL Bosque, en gesti n voluntaria sobre reclamo de° ó negativa del Conservador de Bienes Ra c

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