MP C/ JAVIER IGNACIO FLORES NÚÑEZ
Rol
O-165-2024
Fecha
18 de abril de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 04/02/2024, alrededor de las 16:20 hrs., el imputado Javier Ignacio Flores Núñez, junto a otro sujeto no identificado, previamente concertados y con el ánimo de robar, concurrieron hasta el domicilio en construcción ubicado en calle Atenas nro. 396 de la Comuna de Constitución, de propiedad de la víctima Isaac Nolasco Riveros Barría, y una vez en el lugar el imputado junto con el segundo sujeto ingresaron al domicilio mediante escalamiento, saltando el cierre perimetral, una reja de malla y madera de 1.50 mts., para luego apropiarse con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, de diversas especies de construcción porcelanatos, cerámicas, fierros, cables, galleteros, taladros, entre otros que se encontraban en el lugar, siendo sorprendidos por la victima buscando especies al interior de la propiedad por la víctima, dándose ambos imputados a la fuga por la misma vía de ingreso, dando alcance la víctima al imputado Flores Núñez, a quien retuvo en las cercanías del lugar, siendo posteriormente detenido por funcionarios de Carabineros” Constitución, dieciocho de abril de dos mil veinticuatro Visto y teniendo presente Conforme lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11, 12, 14, 15, 18, 21, 26, 30, 67, 442 y demás pertinentes del Código Penal; 45, 47, 388, 395 y demás pertinentes del Código Procesal Penal; Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a JAVIER IGNACIO FLORES NÚÑEZ, cédula de identidad Código: VXRWXNEXJPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl N°20.349.469-6 ya individualizado, a sufrir la pena de SETENTA Y TRES DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, como autor del delito consumado de robo en lugar no habitado, por los hechos ocurridos en Constitución el día 04 de febrero de 2024. II.- Reuniéndose en la especie la solicitud de la defensa, estando en prisión preventiva y abonándose di
Fundamentos
considerando que es patrocinado por la Defensoría Pública y que ahorro al estado una audiencia de juicio, se le exime del pago de las costas de la causa. IV.- Ejecutoriada que sea esta resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y ARCHIVESE en su oportunidad. RUC N°2400141711-4 RIT N°165-2024 Dictada por doña MARIELA ALEJANDRA ROJAS DIAZ, Juez Subrogante del Juzgado de Garantía de Constitución. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal.-” TRIBUNAL: IV.- Habiendo renunciado a plazos y términos legales los intervinientes, declárase FIRME Y EJECUTORIADA para todos los efectos legales la presente sentencia. V.- DÉJESE SIN EFECTO la medida cautelar de prisión preventiva que afecta al sentenciado, DESE ORDEN DE LIBERTAD INMEDIATA al condenado. Comuníquese lo anterior a Gendarmería de Chile.- Regístrese y dese copia.- Lo actuado en audiencia quedó registrado en: 2400141711-4-963-240418-00-01- Simplificado 2400141711-4-963-240418-00-01- Simplificado -1 2400141711-4-963-240418-00-02- Sentencia Dirigió la audiencia y resolvió doña MARIELA ALEJANDRA ROJAS DIAZ, Juez Subrogante del Juzgado de Garantía de Constitución.- Código: VXRWXNEXJPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-22T14:43:11-0400
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a JAVIER IGNACIO FLORES NÚÑEZ, cédula de identidad Código: VXRWXNEXJPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl N°20.349.469-6 ya individualizado, a sufrir la pena de SETENTA Y TRES DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, como autor del delito consumado de robo en lugar no habitado, por los hechos ocurridos en Constitución el día 04 de febrero de 2024. II.- Reuniéndose en la especie la solicitud de la defensa, estando en prisión preventiva y abonándose dichos días de prisión preventiva a la pena, SE TIENE POR CUMPLIDA LA PENA.- III.- Habiendo admitido responsabilidad en los hechos el imputado y considerando que es patrocinado por la Defensoría Pública y que ahorro al estado una audiencia de juicio, se le exime del pago de las costas de la causa. IV.- Ejecutoriada que sea esta resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y ARCHIVESE en su oportunidad. RUC N°2400141711-4 RIT N°165-2024 Dictada por doña MARIELA ALEJANDRA ROJAS DIAZ, Juez Subrogante del Juzgado de Garantía de Constitución. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal.-” TRIBUNAL: IV.- Habiendo renunc
Texto Completo (Preview)
AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Constitución, dieciocho de abril de dos mil veinticuatro Magistrado MARIELA ALEJANDRA ROJAS DIAZ Fiscal Carmen Gloria Manríquez Defensor César Chandía Rodríguez Imputado Javier Ignacio Flores Núñez Hora inicio 12:29PM Hora término 12:45PM Sala SEGUNDA SALA Tribunal Juzgado de Garantía de Constitución. Acta Jacqueline González Álvarez RUC 2400141711-4 R
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica