VICTOR GUILLERMO GONZALEZ HERRERRA C/ JOSE IGNACIO VALENZUELA VALDIVIA
Rol
O-67-2024
Fecha
17 de abril de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que doy por expresamente reproducidos en este acto, por haberlo indicado al inicio de la audiencia: “El día 11 de noviembre de 2023, siendo las 14.50 horas aproximadamente, en circunstancias que el imputado JOSE IGNACIO VALENZUELA VALDIVIA conducía el vehículo YC-2498, MODELO V16 MARCAN NISSAN, por la ruta J-60 y al llegar a la altura del kilometro 54.500 de la comuna de Hualañé, el imputado a raíz que conducía bajo los efectos del alcohol con 1.10 gramos de alcohol por litro de sangre, pierde el control del móvil yéndose hacia la ladera de la ruta provocando daños a la señalética vial existente en el lugar.” SEGUNDO: La Fiscal del requerimiento, estima concurrente la aminorante de la responsabilidad del artículo 11 N° 6 del Código Penal, y para el evento de admisión de responsabilidad, la fiscalía rebajo pretensión punitiva a la de 41 días de prisión en su grado máximo, a una muta de beneficio fiscal de 2 UTM, a las accesorias del artículo 30 del Código Penal, y la suspensión de la licencia de conducir, por el lapso de 2 años. Acogiendo de esta forma la atenuante del articulo 11 N° 9 del Código Penal, por así permitirle el artículo 395, del código Procesal Penal, por tratarse de la primera audiencia respecto del requerido. TERCERO: Que el imputado en forma libre y voluntaria, fue informado de la responsabilidad de los hechos contenidos en el requerimiento y en este sentido la defensa, por su parte, no controvierte la existencia del hecho punible ni la participación de su mandante y señala que en virtud de las atenuantes ya reconocidos por el Ministerio Público, estima que el cuantus de la pena principal, se encuentra ajustada a derecho, solicita respecto a la pena del cumplimiento de la pena privativa de libertad, de su representado, la pena sustantiva de remisión condicional de la pena por cumplir con los requisitos del artículo N° 1 N° 4 y siguientes, de la Ley 18.216, solicita que se le rebaje la pena punitiva de multa de 1 UTM mensual, ya que su represe
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Ministerio Púbico ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado, contra el imputado don JOSÉ IGNACIO VALENZUELA VALDIVIA RUT 0019006761-0, domiciliado en BARBARUBIA S/N comuna de Hualañé, ya individualizado, por el ilícito de conducción en estado de ebriedad, causando daños, previsto en los artículos 110, y sancionado en el artículo 196 de la Ley de tránsito, en relación al artículo 209 de la Ley N° 18.290, teniendo participación en calidad de autor en grado de desarrollo de consumado, con los hechos que doy por expresamente reproducidos en este acto, por haberlo indicado al inicio de la audiencia: “El día 11 de noviembre de 2023, siendo las 14.50 horas aproximadamente, en circunstancias que el imputado JOSE IGNACIO VALENZUELA VALDIVIA conducía el vehículo YC-2498, MODELO V16 MARCAN NISSAN, por la ruta J-60 y al llegar a la altura del kilometro 54.500 de la comuna de Hualañé, el imputado a raíz que conducía bajo los efectos del alcohol con 1.10 gramos de alcohol por litro de sangre, pierde el control del móvil yéndose hacia la ladera de la ruta provocando daños a la señalética vial existente en el lugar.” SEGUNDO: La Fiscal del requerimiento, estima concurrente la aminorante de la responsabilidad del artículo 11 N° 6 del Código Penal, y para el evento de admisión de responsabilidad, la fiscalía rebajo pretensión punitiva a la de 41 días de prisión en su grado máximo, a una muta de beneficio fiscal de 2 UTM, a las accesorias del artículo 30 del Código Penal, y la suspensión de la licencia de conducir, por el lapso de 2 años. Acogiendo de esta forma la atenuante del articulo 11 N° 9 del Código Penal, por así permitirle el artículo 395, del código Procesal Penal, por tratarse de la primera audiencia respecto del requerido. TERCERO: Que el imputado en forma libre y voluntaria, fue informado de la responsabilidad de los hechos contenidos en el requerimiento y en este sentido la defensa, por su parte, no controvierte la existencia del hecho punible ni la participación de su mandante y señala que en virtud de las atenuantes ya reconocidos por el Ministerio Público, estima que el cuantus de la pena principal, se encuentra ajustada a derecho, solicita respecto a la pena del cumplimiento de la pena privativa de libertad, de su representado, la pena sustantiva de remisión condicional de la pena por cumplir con los requisitos del artículo N° 1 N° 4 y siguientes, de la Ley 18.216, solicita que se le rebaje la pena punitiva de multa de 1 UTM mensual, ya que su representado no puede trabajar, atendido a un accidente en el cual fue víctima, y solicitando parcialidades para el pago de la misma, respecto a los 2 años suspensión de licencia de conducir, no plantea Código: XLXXNBLQPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cuestionamiento y solicita que se le exima del pago de las costas del procedimiento. CUARTO: Que por su parte la Fiscal no plantea cuestionam
Fallo
fallo ejecutoriado a contar de esta fecha. RUC : 2301232499-5 RIT : 67 - 2024 Dirigió la audiencia y resolvió - ROLANDO ANTONIO CORREA PESANTE, Juez Titular. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: XLXXNBLQPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XLXXNBLQPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-22T15:00:29-0400
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO/SENTENCIA Fecha Licantén, diecisiete de abril de dos mil veinticuatro Tribunal JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LICANTEN Magistrado ROLANDO ANTONIO CORREA PESANTE Imputado JOSÉ IGNACIO VALENZUELA VALDIVIA C.I. 0019006761-0 Fecha de Nacimiento 25-06-1996 Dirección BARBARUBIA S/N Hualañé DELITO CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES. Partici
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