BRUNA/BRUNA
Rol
C-4536-2020
Fecha
9 de marzo de 2021
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, con fecha 5 de marzo de 2020, folio 1, compareció doña Inés Irene Bruna Hidalgo, dueña de casa, domiciliada en Sendero Los Manzanos Poniente Nº4298, comuna de Puente Alto, don David Manuel Bruna Hidalgo, empleado, domiciliado en Santa Marta Nº9866, villa Los Abedules, comuna de La Florida, y don Eduardo Julio Bruna Hidalgo, empleado, domiciliado en Trinidad Oriente Nº654, comuna de La Florida, quienes interpusieron demanda de designación de Juez Árbitro Partidor, en contra don Daniel Alberto Bruna Hidalgo, cuya profesión u oficio ignora, domiciliado en Río Claro Nº4248, comuna de Puente Alto, y solicitaron se citase a las partes a audiencia de designación de Juez Partidor. Señalaron ser dueños en común con el demandado del inmueble Río Claro Nº4248, comuna de Puente Alto, quedado al fallecimiento de su madre doña Inés Aida Hidalgo Núñez. Que, Por resolución de fecha 4 de enero de 2021, folio 10, se citó a las partes a audiencia de designación de árbitro para el día 5 de febrero de 2021 a las 10:30; siendo el demandado notificado de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, el día 28 de enero de 2021, tal como consta en atestado receptorial de folio 15. Que, con fecha 5 de febrero de 2021, folio 19, a las 10:30 horas, se dio inicio al comparendo de estilo, mediante la plataforma zoom, con la presencia de la Juez doña Claudia Parga Ríos, verificándose la comparecencia del apoderado de la parte actora, y la asistencia del demandado de autos; las partes no arribaron a acuerdo respecto de la persona a ser nombrada como Juez Arbitro Partidor, y solicitaron sea designado por Tribunal, resolviendo este último citar a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1º Que, en autos se ha demandado la designación de árbitro en juicio sumario de designación de Juez Árbitro Partidor, para que este proceda con la partición del bien inmueble Río Claro Nº4248, comuna de Puente Alto, quedado al fallecimiento de la madre de las partes. 2º Que, la parte actora acompañó la siguiente prueba: 1) certificado de defunción de doña Inés Aida Hidalgo Núñez; y 2) copia simple de la inscripción real de herencia de don David Manuel Bruna Hidalgo y otros. Que, la parte demandada no produjo prueba alguna en estos autos. 3º Que, de conformidad a los instrumentos allegados al procedimiento, en particular el singularizado con el número 2), consta que las parte son dueñas en común del inmueble ubicado en Río Claro Nº4248, comuna de Puente Alto, quedado a la muerte de la madre de las partes doña Inés Aida Hidalgo Núñez. 4º Que, en el comparendo de estilo celebrado con fecha 5 de febrero de 2021, las partes no arribaron a acuerdo respecto de la persona a ser designada como Juez Árbitro, por lo que de conformidad al artículo 414 del Código de Procedimiento Civil, la designación debe hacerse por el Tribunal, atendiendo los artículos 225 del Código Orgánico de Tribunales, y 1323 y siguientes del Código Civil. 5º Que, atendido lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, no habiendo mediado oposición, no se condenará en costas a la parte demandada. Y visto lo dispuesto en los artículos 984 y siguientes, 1317 y siguientes del Código Civil, 222 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, 414, 415, 416, 417 y 646 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara: I.- Se se designa Juez Árbitro Partidor a don Arnaldo Patricio Rocha Guerrero, domiciliado en Calle José Manuel Irarrázabal N°0276, oficina 310, Puente Alto, a quien se le deberá notificar, y aceptar el cargo en la forma prevista por la Ley. El árbitro designado presenta los siguientes datos de contacto: Correo electrónico: arnaldo.rocha.guerrero@gmail.com; Teléfono: 990942971. II.- Que cada parte soportará sus propias costas. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 53 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 49 del mismo código, no habiendo la parte actora señalado un domicilio completo, toda vez que no se indicó la comuna de este, téngasele por notificada de la presente sentencia desde la fecha de su inclusión en el estado diario. mailto:arnaldo.rocha.guerrero@gmail.com Rol C-4536-2020 (GCV) Pronunciada por don Rodrigo Téllez Lúgaro, Juez Tramitador. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Puente Alto, quince de Marzo de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http:/
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Puente Altoº CAUSA ROL : C-4536-2020 CARATULADO : BRUNA/BRUNA Puente Alto, quince de Marzo de dos mil veintiuno VISTO: Que, con fecha 5 de marzo de 2020, folio 1, compareció doña Inés Irene Bruna Hidalgo, dueña de casa, domiciliada en Sendero Los Manzanos Poniente Nº4298, comuna de Puente Alto, don David Manuel Bruna Hidalgo, empleado, d
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