Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ MATÍAS ANDREE GUICHAPANI TOLEDO

Rol

O-4250-2023

Fecha

18 de abril de 2024

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 Nª 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 68 bis del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 3 de la Ley 20.000; artículo 15 y siguientes de la Ley 18.216, artículo 17 de la Ley 19.97 ; se declara: I.- Que, SE CONDENA a ALONSO BASTIÁN ÁLVAREZ GALLARDO, RUN N° 19.9 . - , ya individualizado, como autor del delito consumado de tráfico de drogas, cometido en Puerto Montt el día 29 de mayo de 2023, a la PENA de TRES AÑOS y UN DÍA de PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa de CINCO unidades tributarias mensuales. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 15 bis de la Ley N° 18.216, se sustituye al sentenciado, el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena sustitutiva de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile correspondiente al domicilio del condenado y debiendo además cumplir durante el periodo de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales de las letras b) y c) del artículo 17 de la mencionada ley y la condición espec

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Sentencia: Puerto Montt, dieciocho de abril de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 Nª 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 68 bis del Código Penal; artículos 45,

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