MP C/ JOSÉ YORDANO VEAS BERENGUELA
Rol
O-438-2023
Fecha
11 de abril de 2024
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Los Vilos, a once de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 25, 29, 30, 31, 49, 50, 62 al 75 del Código Penal; artículos 11, 45, 47, 295, 297, 340, 348, 406, 407, 412 y 413 del Código Procesal Penal; y normas pertinentes de la Ley 18.216 y 20.000, SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a JOSÉ YORDANO VEAS BERENGUELA, ya individualizado, a la pena de tres (3) años y un (1) día de presidio menor en grado máximo, accesorias legales del artículo 29 del Código Penal, dos (2) Unidades Tributarias Mensuales y el comiso de la droga y teléfono incautado, por su participación en calidad de autor de un delito consumado de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 3, en relación al artículo 1, ambos de la Ley 20.000, cometido el 29 de abril de 2023 en la comuna de Los Vilos. II. Que SE CONDENA a CRISTIAN BYRON FARFÁN CORTÉS, ya individualizado, a la pena de tres (3) años y un (1) día de presidio menor en grado máximo, accesorias legales del artículo 29 del Código Penal, dos (2) Unidades Tributarias Mensuales y el comiso de la droga y teléfono incautado, por su participación en calidad de cómplice de un delito consumado de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 3, en relación al artículo 1, ambos de la Ley 20.000, cometido el 29 de abril de 2023 en la comuna de Los Vilos. III.- Que, reuniéndose en el caso del sentenciado JOSÉ YORDANO VEAS BERENGUELA los requisitos del artículo 15bis
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Los Vilos, a once de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: Por estas consideraciones, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 25, 29, 30, 31, 49, 50, 62 al 75 del Código Penal; artículos 11, 45, 47, 295, 297, 340, 348, 406, 407, 412 y 413 del Código Procesal Penal; y normas pertinentes de la Ley 18.216 y 20.000, SE R
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