CESAR ANDRES CIFUENTES PE?A C/ JOSÉ ANDRÉS LEQUIPI CATALÁN
Rol
O-5000-2023
Fecha
16 de abril de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 27 de julio de 2023, siendo aproximadamente las 18:30 horas, en las inmediaciones del Terminal Internacional de Arica ubicado en Calle Diego Portales N° 951 de esta ciudad, los imputados ya individualizados, en circunstancias que BENJAMÍN IGNACIO CORTÉS MOLINA premunido de un objeto que aparentaba ser un arma de fuego, abordaron a las víctimas de iniciales R.M.M. y C.A.B.M. quienes caminaban a esa hora por el lugar, procediendo a intimidarlas con dicho objeto, logrando vencer de ese modo su resistencia, registrando las vestimentas de ambas víctimas para sustraer con ánimo de apropiación, sin la voluntad de sus dueños, un gorro y un billete de cinco mil pesos que la víctima de iniciales R.M.M. llevaba consigo, luego de lo cual huyeron del lugar. No obstante, la comisión de este hecho fue presenciado a pocos metros por funcionarios de la Brigada Investigadora de Trata de Personas de Arica, de la Policía de Investigaciones de Código: YTYDXNELWXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Chile, los cuales también se encontraban en las inmediaciones del Terminal Internacional de Arica, procediendo a interceptar a los acusados, específicamente en el pasaje peatonal Charles Richet, entre calle Raúl del Canto y Pasaje 15 de la Población Juan Noé, hallando en poder del acusado BENJAMÍN IGNACIO CORTÉS MOLINA el dinero sustraído y el instrumento utilizado para cometer el delito que correspondía a una pistola marca Automatic Bruni, modelo 96, calibre 8 mm, con su respectivo cargador, sin munición, arma a fogueo, y encontrándose en poder del imputado JOSÉ ANDRÉS LEQUIPI CATALÁN el gorro color café, marca Gucci, el cual también había sido sustraído a la víctima de iniciales R.M.M.” Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de robo con intimidación, previsto y sancionado por el artículo 436 del Código Penal. Se atribuye a los acusados p
Fallo
se declara: I.- Que se condena a BENJAMÍN IGNACIO CORTÉS MOLINA, cédula de identidad N° 20.964.207-7, ya individualizado, a las penas de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, y al comiso de las especies incautadas, sin costas, como autor del delito consumado de robo con intimidación, previsto y sancionado por el artículo 436 del Código Penal, cometido en Arica el 27 de julio de 2023. Código: YTYDXNELWXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que se condena a JOSÉ ANDRÉS LEQUIPI CATALÁN, cédula de identidad N° 20.546.791-2, ya individualizado, a las penas de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, y al comiso de las especies incautadas, sin costas, como autor del delito consumado de robo con intimidación, previsto y sancionado por el artículo 436 del Código Penal, ocurrido en Arica el 27 de julio de 2023. III.- Que las penas corporales de los acápites I y II serán cumplidas efectivamente. Respecto de BENJAMÍN IGNACIO CORTÉS MOLINA se reconoce como abono el tiempo que permaneció privado de libertad en la causa entre el 28 de julio de 2023 y el 1
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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, dieciséis de abril de dos mil veinticuatro Magistrado HÉCTOR NICOLAS BARRAZA AGUILERA Fiscal FRANCISCO GANGA DINAMARCA Defensor CARLOS MIRANDA RODRÍGUEZ Tipo Audiencia Procedimiento abreviado Hora inicio 10:45 Hora término 11:13 Sala 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio 2300811660-1-992-240416-00-19 - PABR HBA ACG RIT 5000 23 Acta ACG RUC 230081
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