MARDONES
Rol
V-266-2020
Fecha
5 de marzo de 2021
Materia
CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 4 de noviembre de 2020, comparece don Hernán Rafael Oscar Mardones Ríos, funcionario público, cédula nacional de identidad N° 7.078.972-8, domiciliado en calle Los Militares N° 5777, depto. 902, Las Condes, en representación convencional de doña Virginia Luisa Ester Ríos de la Puente, pensionada, cédula nacional de identidad N°3.386.802-2, con domicilio en avenida Echeñique N° 8935, La Reina, quien solicita se declare extraviado el depósito a plazo renovable indefinido endosable número de serie 012807639930, cuyo número de operación es 071004738821, por la suma de $617.158, emitido con fecha 12 de diciembre de 2011 por el Banco de Crédito e Inversiones, que se instruya no efectuar su pago, dejando sin efecto la copia extraviada, ordenando la emisión de dos nuevos vales vista o duplicados de dichos documentos, y con el mérito de una copia autorizada de la sentencia que dicte se le permita ejercer los derechos correspondientes, en virtud de los títulos de crédito otorgados. Indica el peticionario que su madre es dueña del depósito a plazo antes señalado, documento que fue emitido válidamente por el Banco de Crédito e Inversiones (BCI), oficina Plaza Atenas, según da cuenta el correspondiente detalle de captación emitido por la entidad. Sostiene que dicho depósito se encuentra extraviado, por lo que conforme a lo dispuesto en los artículos 88 y siguientes de la Ley N° 18.092 y en la Ley N° 18.552, solicita se acceda a la petición. Con fecha 15 de diciembre de 2020, bajo el folio 8, consta la publicación en el Diario Oficial, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley N° 18.092. RIT« » Foja: 1 Con fecha 15 de enero de 2021, bajo el folio 17, consta el haberse notificado en forma personal subsidiaria, de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, a don Luis Iván Enríquez Gallegos, en representación de Banco de Crédito e Inversiones. Con fecha 18 de febrero de 2021, bajo el folio 22, consta el certificado de la
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que habiendo comparecido don Hernán Rafael Oscar Mardones Ríos, en representación convencional de doña Virginia Luisa Ester Ríos de la Puente solicitando se declare el extravío del Depósito a Plazo Renovable Indefinido Endosable número de serie 012807639930, cuyo número de operación es 071004738821, por la suma de $617.158, emitido con fecha 12 de diciembre de 2011 por el Banco de Crédito e Inversiones (BCI), oficina Plaza Atenas. SEGUNDO: Que, con los documentos emitidos por el Banco librado, que se leen bajo los folios 1 y 26, se acredita que el documento tipo Depósito a Plazo Renovable Indefinido Endosable, N° de Serie 012807639930, operación N° 071004738821, tomado en la oficina Plaza Atenas del Banco de Créditos e Inversiones y capitalizado con fecha 2 de noviembre de 2020 por la cantidad de $617.096, se encuentra vigente y pendiente de cobro en dicha institución. TERCERO: Que consta bajo los folios 8 y 22, tanto la publicación que ordena el artículo 89 de la Ley N° 18.092, como el certificado de la sra. Secretaria Titular del Tribunal que señala que no se presentaron terceros interesados haciendo valer derechos sobre el documento extraviado dentro del plazo legal. CUARTO: Que según previene el artículo 88 de la Ley N° 18.092, “El portador de una letra extraviada podrá solicitar que se declare el extravío de ésta y que se le autorice para ejercer los derechos que le corresponden como portador del documento.” En el mismo sentido, su artículo 107 dispone: “En lo que no sean contrarias a su naturaleza y a las disposiciones del presente Título son aplicables al pagaré las normas relativas a la letra de cambio”. RIT« » Foja: 1 Asimismo, el artículo 1° de la Ley N° 18.552 señala: “El endoso previsto en el párrafo 2° del Título I de la ley N° 18.092, sobre letras de cambio y pagarés, será aplicable a cualesquiera otros títulos de crédito de dinero emitidos con la cláusula a la orden, en favor de, a disposición de u otras equivalentes, cualesquiera fuere la denominación con que se designare a dichos instrumentos. En los casos de extravío, pérdida o deterioro parcial de los títulos de crédito a que se refiere el inciso anterior, se procederá en la forma establecida en el párrafo 9° del Título I de la ley N° 18.092, sin perjuicio de las reglas especiales establecidas en otras leyes para los casos señalados. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 89 y siguientes de la Ley N° 18.092; y 170 y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara: 1° El extravío del Depósito a Plazo Renovable Indefinido Endosable, N° de serie 012807639930, operación N° 071004738821, tomado en la oficina Plaza Atenas del Banco de Créditos e Inversiones y capitalizado con fecha 2 de noviembre de 2020 por la cantidad de $617.096, con una tasa de interés inicial del 0,0100% mensual, en un plazo de 30 días, por un monto final al 5 de marzo de 2021 de $617.350. 2° Que una copia autorizada de la presente sentencia reemplaza al Depósito a Plazo declarado extraviado, para todos los efectos legales y a objeto de que la peticionaria, doña VIRGINIA LUISA ESTER RÍOS DE LA PUENTE, cédula nacional de identidad N° 3.386.802-2, pueda ejercer todos los derechos que le corresponden como portadora legítima, con el solo mérito de esa copia autorizada.- Regístrese y archívese. Rol V-266-2020 DICTADA POR DON MATIAS FRANULIC GOMEZ, JUEZ TITULAR DEL VIGESIMO NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cinco de Marzo de dos mil veintiuno RIT« » Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 29 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-266-2020 CARATULADO : MARDONES Santiago, cinco de Marzo de dos mil veintiuno VISTOS: Que con fecha 4 de noviembre de 2020, comparece don Hernán Rafael Oscar Mardones Ríos, funcionario público, cédula nacional de identidad N° 7.078.972-8, domiciliado en calle Los Militares N° 5777, dep
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