Juzgado de Garantía de Temuco.

BRUNO ROLF HAUENSTEIN ARAYA C/ MARISOL DEL CARMEN MORENO DELGADO

Rol

O-2045-2018

Fecha

12 de abril de 2024

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y oídos: Primero: Que Cristian Crisosto Rifo, Fiscal Adjunto de Temuco, en esta causa RUC 1601234404-3 RIT 2045-2018 presentó acusación en contra de Marisol Del Carmen Moreno Delgado, Rut 11.920.030-K, nacida el día 30 de abril de 1970, se ignora profesión u oficio, domiciliada en calle Carlos Condell N° 341-B, Población Meza. Padre Las Casas, representada por la abogada Loreto Rodríguez Serrano, de la Defensoría Penal Pública. La acusación se fundamentó en los siguientes hechos: Hecho 1: “A principios del mes de diciembre de 2017 don Bruno Rolf Hauestein Araya sufrió la sustracción de diversos cheques de la cuenta corriente N° 017- OQ283-G4 del Banco de Chile. Es del caso que en Temuco el día 11 de diciembre de 2017 la imputada Marisol Del Carmen Moreno Delgado concurrió a una sucursal de Servipag de Temuco con dos de los cheques que habían sustraído a la mencionada víctima, a saber: el serie .2014EC N° 9009032 girado por $235,000.- y el serie 2014EC N° 9009033 por $180.000.- y la acusada, estando en conocimiento no solo de que eran sustraídos sino que además estaban completados con información falsa y una firma de giro falsificada, los cobro -en dinero efectivo, perjudicando a la víctima en un total de $415.000”. Hecho 2: “En fecha no determinada pero previo al 24 de noviembre de 2016, en la ciudad de Villarrica, desconocidos sustrajeron a Aldo Flavio Martini Bodevin los cheques de su cuenta corriente N° 86500589 del Banco BCI, serie B16, números 2487341, 2487343, 2487345 y 2487349. Es del caso que el día 24 de noviembre de 2016 la acusada Marisol del Carmen Moreno Delgado presentó a cobro en una sucursal del Banco BCI en la ciudad de Temuco el cheque número 2487345. Para este efecto fingió la firma del titular suponiendo de esta forma su intervención en el giro del documento, obteniendo el pago del cheque por la suma de $790.000 perjudicando así a la víctima en dicha suma”. Según la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de uso mali

Fallo

SE DECLARA: 1.- Que se acoge la acusación del Ministerio Público solo en cuanto se condena a Marisol del Carmen Moreno Delgado, ya individualizada, a cumplir la pena quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autora del delito consumado de uso malicioso de instrumento privado mercantil en carácter de reiterado, perpetrado el día 24 de noviembre de 2016 y en el mes de diciembre de 2017, en esta ciudad, sin costas, por haber aceptado un procedimiento abreviado. 2.- Que la pena privativa de libertad se sustituye por remisión condicional con un lapso de observación y control de igual al de la pena ante el Centro de Reinserción Social de Temuco, al cual deberá presentarse el día 2 de mayo de 2024, que será para efectos del artículo 27 de la ley N° 18.216 el día de inicio de la pena. Si el día indicado la condenada no se presentare a cumplir la pena sustitutiva, el Juzgado de Garantía de Temuco, con el sólo mérito del informe de Gendarmería despachará inmediatamente una orden de detención en su contra, de conformidad al artículo 24 de la citada ley. Ténganse por notificados los intervinientes presentes en esta audiencia y a todo aquel que haya debido asistir a la misma. Déjense sin efecto las medidas cautelares impuestas a la sentenciada, ofíciese. Código: EFCCXNBXYTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Cúmplas

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Temuco, doce de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y oídos: Primero: Que Cristian Crisosto Rifo, Fiscal Adjunto de Temuco, en esta causa RUC 1601234404-3 RIT 2045-2018 presentó acusación en contra de Marisol Del Carmen Moreno Delgado, Rut 11.920.030-K, nacida el día 30 de abril de 1970, se ignora profesión u oficio, domiciliada en calle Carlos Condell N° 341-B, Población Meza. Padre Las Casas,

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