CERVANTES/INGENIERÍA MAQUINARIAS Y TRANSPORTES CONTRAVAL LIMITADA
Rol
M-4-2022
Fecha
18 de mayo de 2022
Materia
Costas, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
AUDIENCIA ÚNICA - PROCEDIMIENTO MONITORIO SENTENCIA FECHA María Elena, dieciocho de mayo de dos mil veintidós. RUC 22-4-0383604-8 RIT M-4-2022. MAGISTRADO (S) MIGUEL ÁNGEL MIRANDA FERRADA ENCARGADO DE ACTA Patricio Brito Álvarez HORA DE INICIO 10:06 Hrs. HORA TÉRMINO 11:59 Hrs. RESOLUCIÓN SENTENCIA INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PARTES: DEMANDANTE CRISTALDO JHONATAN CERVANTES ALVAREZ. RUT 26.579.216-2. ABOGADA Karin Reiter Mercado. RUN 21.104.261-3. DEMANDADA PRINCIPAL INGENIERÍA MAQUINARIAS Y TRANSPORTES CONTRAVAL LIMITADA RUT 76.464.446-8. ABOGADO No Hay. DEMANDADA SOLIDARIA 1 NEGRATIN CHILE SPA RUT 76.190.282-2. ABOGADO Sebastián Hidalgo Olave. 15.377.218-5 DEMANDADA SOLIDARIA 2 ENEL GREEN POWER CHILE LIMITADA. RUT 96.920.110-0. ABOGADO No hay. DEMANDADA SOLIDARIA 3 ENEL GREEN POWER CHILE S.A. (EX ENEL GREEN POWER DEL SUR SPA.) RUT 76.412.562-2 ABOGADO No hay. Incidencias Previas: No se producen. La presente audiencia corresponde a continuación de audiencia de juicio, cuya realización se verifica por videoconferencia de plataforma Zoom. Las demandadas Ingeniería Maquinarias y Transportes Contraval Limitada, Enel Green Power Chile Limitada y Enel Green Power Chile S.A. (EN Enel Green Power del Sur SpA) no asisten no obstante encontrarse válidamente notificadas. Se verificó su inasistencia al no estar presentes tanto en la Sala de Espera virtual como presencial del Tribunal. Escritos pendientes: I.- Al escrito “delega poder” de fecha 17/05/2022: Se tiene presente. II.- A los escritos “acompaña documentos” de fecha 17/05/2022: por acompañados, sin perjuicio de su incorporación en juicio conforme a Derecho. Continuación de Audiencia de Juicio: Se da inicio a la continuación de audiencia de juicio suspendida con fecha 04/04/2022. Recepción de Pruebas: Prueba de la demandante: I.- Documental: 1. Contrato de trabajo suscrito entre las partes de 02 de noviembre de 2021. 2. Certificado de cotizaciones de FONASA, de fecha
Fundamentos
fundamentos de su demanda, la prueba rendida y los apercibimientos que deben aplicarse, que se acoja la demanda de autos. Demandada solidaria Negratin Chile Spa: El apoderado de esta parte, relacionando su teoría de defensa con la prueba testimonial rendida, solicita que se acoja la excepción de falta de legitimación pasiva y se rechace la demanda de autos, con costas. Sentencia: El tribunal, conforme a lo dispuesto en el artículo 501 del Código del Trabajo, procede a dictar sentencia, cuya resolutiva es la siguiente: VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: I.- Que, existió una relación laboral entre el actor Cristaldo Jhonatan Cervantes Álvarez, RUN 26.579.216-2 y la demandada principal Ingeniería Maquinarias y Transportes Contraval Limitada, RUT 76.464.446-8, relación que concluyó por vencimiento de plazo convenido en el contrato. II.- Que, se acoge la demanda deducida por don Cristaldo Jhonatan Cervantes Álvarez, RUN 26.579.216-2 contra Ingeniería Maquinarias y Transportes Contraval Limitada, RUT 76.464.446-8, quedando esta última obligada a pagar al demandante: a) Remuneración por 28 días trabajados en noviembre de 2021, ascendente a la suma de $1.032.771.- b) Remuneración por 2 días trabajados durante diciembre de 2021, ascendente a la suma de $73.769.- c) Feriado proporcional por 1,25 días por la suma de $39.583.- III.- Que, se acoge la demanda de nulidad del despido deducida por don Cristaldo Jhonatan Cervantes Álvarez, RUN 26.579.216-2 contra Ingeniería Maquinarias y Transportes Contraval Limitada, RUT 76.464.446-8, y en consecuencia, se condena a la demandada a pagar al demandante: a) Remuneración y demás prestaciones laborales que se devenguen desde la fecha del despido hasta la convalidación del mismo, a razón de $1.032.771.- mensuales. IV.- Las sumas ordenadas pagar serán con los reajustes e intereses de los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. V.- Que, se condena en costas a la demandada principal Ingeniería Maquinarias y Transportes Contraval Limitada que se regulan en la suma de $ 500.000.- (quinientos mil pesos) por resultar totalmente vencida. VI.- Que, se rechaza la demanda deducida por don Cristaldo Jhonatan Cervantes Álvarez en contra de Negratín Chile SpA, sin costas, por carecer de legitimidad pasiva. VII.- Que, se rechaza la demanda deducida por don Cristaldo Jhonatan Cervantes Álvarez en contra de Enel Green Power Chile Limitada y Enel Green Power Chile S.A., sin costas. Anótese, regístrese, certifíquese su ejecutoriedad en su oportunidad. Todas las partes asistente quedan notificadas de todo lo obrado y resuelto en audiencia, y las partes no comparecientes igualmente quedan notificadas en razón del apercibimiento dispuesto para estos efectos atendida su rebeldía. Se pone término a la audiencia. RIT M-4-2022. RUC 22-4-0383604-8. Dirigió la audiencia y resolvió don MIGUEL ÁNGEL MIRANDA FERRADA, Juez Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de María Elena, quien suscribe con firma electrónica avanzada
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AUDIENCIA ÚNICA - PROCEDIMIENTO MONITORIO SENTENCIA FECHA María Elena, dieciocho de mayo de dos mil veintidós. RUC 22-4-0383604-8 RIT M-4-2022. MAGISTRADO (S) MIGUEL ÁNGEL MIRANDA FERRADA ENCARGADO DE ACTA Patricio Brito Álvarez HORA DE INICIO 10:06 Hrs. HORA TÉRMINO 11:59 Hrs. RESOLUCIÓN SENTENCIA INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PARTES: DEMANDANTE CRISTALDO JHONATAN CERVANTES ALVAR
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