Juzgado de Garantía de Curico.

M.P. C/ FABIOLA ANDREA ARÁNGUIZ ALCÁNTARA

Rol

O-3111-2023

Fecha

15 de abril de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1. Que el Ministerio Público ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado contra del imputado FABIOLA ANDREA ARÁNGUIZ ALCÁNTARA por el delito de CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., fundado en los siguientes hechos: El día 3 de julio del año 2023, en horas de la noche aproximadamente a las 22:30 horas, en circunstancia que la requerida FABIOLA ANDREA ARANGUIZ ALCANTARA concurre al domicilio de la víctima Miguel Ángel Reyes Villarroel ubicado en Villa La Paz, calle Nueva N° 1045, comuna de Teno, dónde en estado de ebriedad procedió a amenazar seria y verosímilmente a la víctima señalándole que le iba a matar y que iba a reventar su vehículo que estaba estacionado afuera de dicho domicilio, para luego de las amenazas conducir su vehículo en el cual se desplazaba correspondiente a un vehículo marca Hyundai, modelo Terracan, color verde, año 2006. placa patente única ZJ-4345, siendo fiscalizada por Carabineros conduciendo el vehículo ya indicado aproximadamente a las 23:20 horas por calle principal esquina el planchón, comuna de Teno, manteniendo fuerte hálito alcohólico incoherencia de hablar y rostro congestionada, efectuándose el correspondiente examen de intoxileyzer, arrojando una dosificación de 2,60 gramos de alcohol por litro de sangre. Por tal motivo la requerida ARANGUIZ ALCANTARA fue detenida y traslado al Hospital de Teno, donde se le practicó el correspondiente examen de alcoholemia el que analizado por el Servicio Médico Legal de Talca arrojó una dosificación de 2,85 gramos por mil de alcohol en la sangre. 2. Que con el mérito de los antecedentes que obran en la carpeta investigativa y la admisión de responsabilidad del requerido son suficientes para estimar que se Código: MXEJXNRFNSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl encuentran acreditados los hechos contenidos en el requerimiento, los que se encuadran en el tipo penal del artículo 110 y 196 d

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo prescrito en el artículo 1, 11 N° 6 y 914 N° 1, 15 N° 1, 67 y 70 del Código Penal; artículo 110 y 196 de la Ley 18.290; artículo 4 de la Ley 18.216, y artículos 45, 47, 388 y 395 del Código Procesal Penal, se RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a FABIOLA ANDREA ARÁNGUIZ ALCÁNTARA, cédula de identidad 17.173.063-5, ya individualizada, como autora del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, descrito y sancionado en el artículo 110 y 196 de la Ley 18.290, de Tránsito, en grado de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional el día 03 de julio de 2023, a cumplir la pena de SESENTA DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, las accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, esto es SUSPENSIÓN PARA CARGOS U OFICIOS PÚBLICOS POR EL TIEMPO QUE DURE LA CONDENA, al pago de una MULTA DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a LA SUSPENSIÓN DE SU PERMISO, LICENCIA O AUTORIZACIÓN PARA CONDUCIR VEHÍCULOS MOTORIZADOS POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS A CONTAR DE ESTA FECHA. Se deja constancia que la imputada señala que su licencia de conducir se encontraría ya retenida, sin embargo no lo ha acreditado en audiencia. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye a la sentenciada FABIOLA ANDREA ARÁNGUIZ ALCÁNTARA el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del CENTRO DE REINSECICÓ

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó, quince de abril de dos mil veinticuatro Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado JORGE OMAR VALENZUELA NAVARRO Imputado FABIOLA ANDREA ARÁNGUIZ ALCÁNTARA Cédula de identidad 17.173.063-5 Fecha de nacimiento 28 de diciembre de 1989 Profesión u oficio No indica Dirección Calle Estero La Candelaria N°761, Población San Sebastián, Teno Del

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