C/ YERAL ALEJANDRO PUEBLA REYES
Rol
O-5730-2023
Fecha
16 de abril de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos admitidos: Hecho: El día 13 de diciembre del año 2023, aproximadamente a las 08:10 horas, la víctima de iniciales J.J.O.G., conducía su vehículo marca Suzuki, modelo celerio, placa patente única CSGY-89 por avenida Libertad Bernardo O’Higgins con avenida Las Rejas, comuna de Estación Central, Región Metropolitana; escenario, en el cual al llega a avenida Las Rejas debió detenerse frente a la luz roja del semáforo que enfrentó, escenario en el cual fue abordado por los imputados Yeral Alejandro Puebla Reyes y FRANCISCA NICOL ALEGRÍA CAMPOS, quienes se encontraban previamente concertados, subiendo al vehículo el imputado Puebla Reyes por el lado del copiloto exhibiéndole un cuchillo de 16 centímetros de hoja a la vez que le manifestaba “pásame el auto concha de tu madre, ¡bájate!”, mientras la acusada FRANCISCA NICOL ALEGRÍA CAMPOS se quedaba a un costado del vehículo viéndose obligado el conductor a entregar el vehículo huyendo ambos sujetos a bordo del mismo el cual fue conducido por el imputado Pueda Reyes. Además, los imputados le sustrajeron a la víctima su teléfono celular marca Huawei, modelo P20. Esta situación fue observada por personal policial de Carabineros quienes iniciaron una persecución en su contra, trayecto en el cual los imputados chocaron con una barra de contención y un montículo de tierra, ocasionando daños del orden de los $600.000 mil pesos Calificación jurídica: Robo con intimidación, en grado de ejecución consumado y en calidad de autora. Santiago, dieciséis de abril del año dos mil veinticuatro. Conforme entonces a lo razonado y lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°6, 11 N°9, 15, 29, 50, 69, 432, 436, 439 y 449, todos ellos del Código Penal; artículos 47, 297, 340 y siguientes, y 406 y siguientes, todos ellos del Código Procesal Penal; artículos 15 y siguientes de la Ley 18.216; SE DECLARA: I.- Que se condena a FRANCISCA NICOL ALEGRÍA CAMPOS, aquí presente, como autora cooperadora de un delito de robo con intimidación, hecho comet
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a FRANCISCA NICOL ALEGRÍA CAMPOS, aquí presente, como autora cooperadora de un delito de robo con intimidación, hecho cometido en horas de la mañana del día 13 de diciembre del año 2023 en territorio jurisdiccional de este Tribunal, a las siguientes penas: a) A la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO. Código: XSCTXNLBVKF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl b) A las penas accesorias consistentes en la inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que a propósito de la pena privativa de libertad impuesta y conforme a lo ya razonado, éste Tribunal sustituye la pena de presidio por la de Libertad Vigilada Intensiva, sometiendo a la sentenciada a un régimen de tratamiento y observación para ante el Centro de Reinserción Social correspondiente a su domicilio, esto es, el Centro de Reinserción Social Santiago donde deberá presentarse para efectos de iniciar esta pena sustitutiva dentro de quinto (5to) día de ejecutoriado el fallo, o bien cuando el Tribunal así se lo indique y donde deberá someterse a las directrices y observaciones que le entregue el delegado o delegada respectiva y las que se contengan en el Plan de Intervención que deberá ser preparado y al que deberá dar estricto cumplimiento durante este periodo de libertad vigilada. Si l
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SENTENCIA PRONUNCIADA EN AUDIENCIA. Procedimiento: Abreviado. Sentenciada: FRANCISCA NICOL ALEGRÍA CAMPOS, cédula de identidad Nº 14.449.852-6.- domiciliada en pasaje Huillinco N° 6096, comuna de Estación Central, Región Metropolitana. Hechos admitidos: Hecho: El día 13 de diciembre del año 2023, aproximadamente a las 08:10 horas, la víctima de iniciales J.J.O.G., conducía su vehículo marca Suz
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